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CNAE 46.86Trámites de alta

Alta CNAE 46.86: Comercio al por mayor de otros productos semielaborados

Considera contratar los servicios de una gestoría especializada en altas fiscales y trámites de comercio al por mayor. Una gestoría te ayudará a cumplimentar correctamente el modelo 036/037, a elegir el régimen de IVA más favorable para tu negocio, y a gestionar tus obligaciones fiscales periódicas (declaraciones de IVA, IRPF, etc.). Aunque supone un coste inicial, una gestoría profesional te evitará errores costosos, sanciones de la AEAT y te permitirá enfocarte en el desarrollo de tu actividad comercial. Puedes encontrar gestorías especializadas en comercio al por mayor en tu provincia a través de colegios profesionales de gestores.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad y documentación básica

Antes de iniciar cualquier trámite, debes tener tu DNI o NIE en vigor. Si eres persona jurídica (sociedad mercantil), necesitarás el CIF provisional que te otorgará la Administración. Reúne también tu documentación personal (pasaporte, certificado de empadronamiento) y, si es aplicable, los estatutos sociales de tu empresa. Este paso es fundamental para que la AEAT pueda identificarte correctamente en el sistema.

2

Solicita el alta censal mediante el modelo 036 o 037

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y presenta el modelo 036 (declaración censal general) si eres persona jurídica o persona física con actividad compleja, o el modelo 037 (declaración censal simplificada) si eres autónomo que cumples los requisitos de simplificación. En este formulario deberás indicar el código CNAE 46.86 y el epígrafe IAE correspondiente al comercio al por mayor. Puedes presentarlo de forma telemática con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

3

Solicita el CIF definitivo si eres persona jurídica

Una vez presentado el modelo 036, la AEAT te asignará automáticamente un CIF definitivo que sustituirá al provisional. Si eres autónomo (persona física), tu NIF será tu identificador fiscal. Guarda el justificante de presentación que recibirás, ya que constituye la prueba de tu alta en el censo de actividades económicas y será necesario para posteriores gestiones con administraciones públicas.

4

Realiza el alta en el Régimen de la Seguridad Social

Como comerciante al por mayor, debes darte de alta como autónomo en la Seguridad Social si eres persona física, o afiliarte a través de tu empresa si eres persona jurídica. Dirígete a la Tesorería de la Seguridad Social o realiza el trámite telemáticamente. Este paso es obligatorio para poder ejercer legalmente tu actividad y acceder a prestaciones sociales. El alta en Seguridad Social debe realizarse antes o simultáneamente con el alta fiscal.

5

Comunica tu actividad a Hacienda y solicita el régimen de IVA

En el modelo 036 ya debes indicar si vas a ser sujeto pasivo del IVA. Como comerciante al por mayor, generalmente estarás obligado a presentar declaraciones periódicas de IVA (modelo 303 trimestral). Asimismo, debes elegir si deseas acogerte al régimen de IVA normal o, si cumples requisitos, al régimen simplificado. Comunica también tus datos bancarios para que la AEAT pueda hacer devoluciones de IVA si procede.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.86

DNI o NIE en vigor Si eres persona física, obtén tu DNI en la Dirección General de la Policía Nacional (comisarías locales). Si eres extranjero, solicita el NIE en la misma institución. Debes tener el documento original y en vigor para identificarte ante la AEAT.
CIF provisional (si eres persona jurídica) Solicita el CIF provisional en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este documento es necesario para abrir una cuenta bancaria y realizar trámites previos al alta definitiva. La AEAT te lo asignará automáticamente si presentas el modelo 036.
Estatutos sociales o acta de constitución (si eres persona jurídica)
Certificado de empadronamiento Solicita el certificado de empadronamiento en el Ayuntamiento de tu municipio o a través de la plataforma online del Ayuntamiento. Este documento acredita tu domicilio fiscal y es necesario para que la AEAT verifique que tu dirección es correcta. Puede obtenerse de forma inmediata en la mayoría de ayuntamientos.
Certificado digital, DNI electrónico o acceso a Cl@ve Para presentar los formularios de forma telemática, necesitas un medio de identificación electrónico. Obtén el certificado digital en una Autoridad de Certificación reconocida, solicita el DNI electrónico en la Dirección General de la Policía Nacional, o regístrate en Cl@ve en la plataforma www.clave.gob.es. Cualquiera de estos tres medios te permitirá acceder a la Sede Electrónica de la AEAT.
Documentación de la actividad comercial Reúne documentos que acrediten tu actividad de comercio al por mayor: facturas de compra de mercancía, contratos con proveedores, catálogos de productos, contrato de alquiler del local comercial o almacén, y cualquier otro documento que demuestre que vas a ejercer la actividad de comercio al por mayor de productos semielaborados. Estos documentos servirán como justificación ante la AEAT si es necesario.

Plazos importantes

El plazo para darse de alta es de treinta días naturales desde el inicio de la actividad económica. Si comienzas tu actividad sin haberte dado de alta previamente, debes hacerlo antes de emitir la primera factura. Las declaraciones de IVA (modelo 303) se presentan trimestralmente dentro de los veinte días posteriores al cierre del trimestre: enero-marzo (hasta el 20 de abril), abril-junio (hasta el 20 de julio), julio-septiembre (hasta el 20 de octubre) y octubre-diciembre (hasta el 20 de enero del año siguiente). La declaración anual del IRPF (modelo 100 si eres autónomo, o modelo 200 si eres persona jurídica) se presenta entre el 1 de mayo y el 30 de junio del año siguiente. Es fundamental cumplir estos plazos para evitar sanciones y recargos.

Formularios online

Errores comunes

  • Indicar un código CNAE incorrecto o genérico en lugar del 46.86. Muchos comerciantes al por mayor confunden este código con otros de comercio al por mayor (46.11, 46.12, etc.). Verifica que el código 46.86 se ajusta exactamente a tu actividad de comercio de productos semielaborados como plásticos, caucho, fibras textiles, artículos de embalaje, piedras preciosas o pasta papelera.
  • Olvidar de incluir el epígrafe IAE correspondiente en el modelo 036/037. Aunque el CNAE es la clasificación estadística, el IAE es la clasificación fiscal que determina la cuota a pagar. Para el código CNAE 46.86, el epígrafe IAE típicamente es el 475 o similar, dependiendo del tipo específico de producto que comercialices. Consulta con la AEAT cuál es el epígrafe exacto para tu actividad.
  • Presentar la solicitud de alta después de haber comenzado la actividad sin estar registrado. Esto puede acarrear sanciones por ejercicio sin alta. La ley exige que te des de alta antes de emitir la primera factura o dentro de treinta días desde el inicio de la actividad. Si ya has comenzado, presenta el alta de inmediato.
  • No darse de alta simultáneamente en la Seguridad Social. Muchos comerciantes olvidan este paso y solo se registran fiscalmente. El alta en Seguridad Social es obligatoria y debe realizarse en paralelo al alta fiscal para que tu situación sea completamente legal.
  • Confundir el modelo 036 con el 037. El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplan ciertos requisitos de simplificación (sin actividad mercantil compleja, sin empleados, ingresos limitados). Si eres persona jurídica o tienes una actividad compleja, debes usar obligatoriamente el modelo 036.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 46.86 y otros códigos de comercio al por mayor?
El CNAE 46.86 es específico para el comercio al por mayor de productos semielaborados como materias plásticas, caucho, fibras textiles, artículos de embalaje, piedras preciosas en bruto, minerales no metálicos y pasta papelera. Otros códigos como 46.11 (comercio al por mayor de productos de la agricultura), 46.12 (comercio al por mayor de flores y plantas) o 46.31 (comercio al por mayor de frutas y verduras) corresponden a sectores diferentes. Debes elegir el código que mejor se ajuste a tu actividad principal, ya que esto determinará tus obligaciones fiscales y la cuota del IAE.
¿Tengo que pagar cuota de IAE si me doy de alta con el CNAE 46.86?
La cuota del IAE para comerciantes al por mayor está exenta si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 de euros. Si tu facturación supera este umbral, estarás obligado a pagar la cuota correspondiente al epígrafe IAE (normalmente el 475 o similar para comercio al por mayor). Aunque estés exento de cuota, debes presentar la declaración censal (modelo 036) para comunicar que ejerces la actividad. La exención se aplica automáticamente si tu facturación está por debajo del límite.
¿Cuándo debo presentar las declaraciones de IVA si soy comerciante al por mayor?
Como comerciante al por mayor, estás obligado a presentar declaraciones periódicas de IVA (modelo 303) con carácter general. Estas se presentan trimestralmente: enero-marzo (hasta el 20 de abril), abril-junio (hasta el 20 de julio), julio-septiembre (hasta el 20 de octubre) y octubre-diciembre (hasta el 20 de enero). Sin embargo, si tu volumen de operaciones es muy bajo, podrías solicitar el régimen simplificado de IVA, que permite presentar declaraciones anuales en lugar de trimestrales. Consulta con la AEAT si cumples los requisitos para acogerte a este régimen.
¿Puedo presentar el modelo 037 siendo comerciante al por mayor o debo usar obligatoriamente el modelo 036?
Debes usar obligatoriamente el modelo 036 si eres comerciante al por mayor, ya que esta actividad se considera mercantil y no cumple los requisitos de simplificación del modelo 037. El modelo 037 solo está disponible para personas físicas con actividades profesionales o artísticas muy específicas, sin empleados y con ingresos limitados. Como comerciante, incluso si eres autónomo en solitario, debes usar el modelo 036 para comunicar tu alta a la AEAT.
¿Necesito licencia municipal para ejercer como comerciante al por mayor del CNAE 46.86?
Sí, además del alta fiscal ante la AEAT, necesitas obtener la licencia de actividad económica (antes llamada licencia municipal de actividad) en el Ayuntamiento donde vaya a estar ubicado tu negocio. Este trámite es independiente del alta fiscal y debe realizarse en paralelo. Presenta una solicitud en el Ayuntamiento con documentación sobre tu local comercial o almacén, el tipo de productos que vas a comercializar, y la actividad que vas a desarrollar. El Ayuntamiento verificará que tu actividad es compatible con la zonificación del municipio y emitirá la licencia. Sin esta licencia, no puedes ejercer legalmente tu actividad, aunque estés dado de alta fiscalmente.

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