Considera contratar los servicios de una gestoría especializada en altas fiscales y trámites de comercio al por mayor. Una gestoría te ayudará a cumplimentar correctamente el modelo 036/037, a elegir el régimen de IVA más favorable para tu negocio, y a gestionar tus obligaciones fiscales periódicas (declaraciones de IVA, IRPF, etc.). Aunque supone un coste inicial, una gestoría profesional te evitará errores costosos, sanciones de la AEAT y te permitirá enfocarte en el desarrollo de tu actividad comercial. Puedes encontrar gestorías especializadas en comercio al por mayor en tu provincia a través de colegios profesionales de gestores.
Pasos para darse de alta
Obtén tu número de identidad y documentación básica
Antes de iniciar cualquier trámite, debes tener tu DNI o NIE en vigor. Si eres persona jurídica (sociedad mercantil), necesitarás el CIF provisional que te otorgará la Administración. Reúne también tu documentación personal (pasaporte, certificado de empadronamiento) y, si es aplicable, los estatutos sociales de tu empresa. Este paso es fundamental para que la AEAT pueda identificarte correctamente en el sistema.
Solicita el alta censal mediante el modelo 036 o 037
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y presenta el modelo 036 (declaración censal general) si eres persona jurídica o persona física con actividad compleja, o el modelo 037 (declaración censal simplificada) si eres autónomo que cumples los requisitos de simplificación. En este formulario deberás indicar el código CNAE 46.86 y el epígrafe IAE correspondiente al comercio al por mayor. Puedes presentarlo de forma telemática con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
Solicita el CIF definitivo si eres persona jurídica
Una vez presentado el modelo 036, la AEAT te asignará automáticamente un CIF definitivo que sustituirá al provisional. Si eres autónomo (persona física), tu NIF será tu identificador fiscal. Guarda el justificante de presentación que recibirás, ya que constituye la prueba de tu alta en el censo de actividades económicas y será necesario para posteriores gestiones con administraciones públicas.
Realiza el alta en el Régimen de la Seguridad Social
Como comerciante al por mayor, debes darte de alta como autónomo en la Seguridad Social si eres persona física, o afiliarte a través de tu empresa si eres persona jurídica. Dirígete a la Tesorería de la Seguridad Social o realiza el trámite telemáticamente. Este paso es obligatorio para poder ejercer legalmente tu actividad y acceder a prestaciones sociales. El alta en Seguridad Social debe realizarse antes o simultáneamente con el alta fiscal.
Comunica tu actividad a Hacienda y solicita el régimen de IVA
En el modelo 036 ya debes indicar si vas a ser sujeto pasivo del IVA. Como comerciante al por mayor, generalmente estarás obligado a presentar declaraciones periódicas de IVA (modelo 303 trimestral). Asimismo, debes elegir si deseas acogerte al régimen de IVA normal o, si cumples requisitos, al régimen simplificado. Comunica también tus datos bancarios para que la AEAT pueda hacer devoluciones de IVA si procede.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.86
Plazos importantes
El plazo para darse de alta es de treinta días naturales desde el inicio de la actividad económica. Si comienzas tu actividad sin haberte dado de alta previamente, debes hacerlo antes de emitir la primera factura. Las declaraciones de IVA (modelo 303) se presentan trimestralmente dentro de los veinte días posteriores al cierre del trimestre: enero-marzo (hasta el 20 de abril), abril-junio (hasta el 20 de julio), julio-septiembre (hasta el 20 de octubre) y octubre-diciembre (hasta el 20 de enero del año siguiente). La declaración anual del IRPF (modelo 100 si eres autónomo, o modelo 200 si eres persona jurídica) se presenta entre el 1 de mayo y el 30 de junio del año siguiente. Es fundamental cumplir estos plazos para evitar sanciones y recargos.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Indicar un código CNAE incorrecto o genérico en lugar del 46.86. Muchos comerciantes al por mayor confunden este código con otros de comercio al por mayor (46.11, 46.12, etc.). Verifica que el código 46.86 se ajusta exactamente a tu actividad de comercio de productos semielaborados como plásticos, caucho, fibras textiles, artículos de embalaje, piedras preciosas o pasta papelera.
- ✗Olvidar de incluir el epígrafe IAE correspondiente en el modelo 036/037. Aunque el CNAE es la clasificación estadística, el IAE es la clasificación fiscal que determina la cuota a pagar. Para el código CNAE 46.86, el epígrafe IAE típicamente es el 475 o similar, dependiendo del tipo específico de producto que comercialices. Consulta con la AEAT cuál es el epígrafe exacto para tu actividad.
- ✗Presentar la solicitud de alta después de haber comenzado la actividad sin estar registrado. Esto puede acarrear sanciones por ejercicio sin alta. La ley exige que te des de alta antes de emitir la primera factura o dentro de treinta días desde el inicio de la actividad. Si ya has comenzado, presenta el alta de inmediato.
- ✗No darse de alta simultáneamente en la Seguridad Social. Muchos comerciantes olvidan este paso y solo se registran fiscalmente. El alta en Seguridad Social es obligatoria y debe realizarse en paralelo al alta fiscal para que tu situación sea completamente legal.
- ✗Confundir el modelo 036 con el 037. El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplan ciertos requisitos de simplificación (sin actividad mercantil compleja, sin empleados, ingresos limitados). Si eres persona jurídica o tienes una actividad compleja, debes usar obligatoriamente el modelo 036.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 46.86 y otros códigos de comercio al por mayor?▼
¿Tengo que pagar cuota de IAE si me doy de alta con el CNAE 46.86?▼
¿Cuándo debo presentar las declaraciones de IVA si soy comerciante al por mayor?▼
¿Puedo presentar el modelo 037 siendo comerciante al por mayor o debo usar obligatoriamente el modelo 036?▼
¿Necesito licencia municipal para ejercer como comerciante al por mayor del CNAE 46.86?▼
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