Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en altas fiscales y trámites de comercio minorista. Un gestor experto se encargará de cumplimentar correctamente todos los formularios, coordinar los trámites con la AEAT, el Ayuntamiento y la Seguridad Social, y asegurarse de que no cometes errores que puedan retrasarte o sancionarte. El coste de una gestoría es mínimo comparado con el tiempo que ahorrarás y los problemas que evitarás. Además, tu gestor podrá asesorarte sobre obligaciones contables, fiscales y laborales específicas de tu actividad de comercio minorista.
Pasos para darse de alta
Solicitar el número de identidad fiscal (NIF) o CIF
Si eres persona física, necesitarás obtener tu NIF en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio. Si vas a constituir una sociedad mercantil, debes solicitar el CIF antes de proceder con la declaración censal. Este es el primer paso fundamental para poder darte de alta en el registro fiscal de la AEAT.
Obtener el certificado digital o Cl@ve
Para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y presentar los formularios de alta de forma telemática, necesitas autenticarte. Puedes usar el certificado digital expedido por la FNMT o bien registrarte en el sistema Cl@ve, que es más accesible y rápido. Ambas opciones te permitirán cumplimentar y enviar los formularios de forma segura.
Cumplimentar y presentar el modelo 036 o 037
Debes presentar la declaración censal de inicio de actividad. Si eres persona física y cumples ciertos requisitos (no tener trabajadores, no superar determinados ingresos), puedes usar el modelo 037 simplificado. En caso contrario, utilizarás el modelo 036. En este formulario indicarás el CNAE 47.62 y el epígrafe IAE correspondiente (647 o 648 según tu actividad específica).
Registrarse en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Al presentar el modelo 036/037, te darás de alta automáticamente en el IAE. Si tu cifra de negocios prevista es inferior a 1.000.000 euros anuales y eres autónomo, estarás exento del pago de la cuota. Debes conservar el justificante de presentación que te proporcionará la AEAT como prueba de tu alta.
Solicitar la licencia de actividad municipal
Una vez tengas el NIF/CIF y hayas presentado el modelo 036/037, debes solicitar la licencia de actividad en el Ayuntamiento de tu municipio. Este trámite es obligatorio y debe realizarse antes de iniciar la actividad. Presenta la documentación requerida (proyecto de actividad, planos del local, justificante de titularidad del inmueble, etc.) en el departamento de Urbanismo o Actividades Económicas.
Darse de alta en el régimen de autónomo o en el sistema de Seguridad Social
Si eres persona física, debes afiliarte y darte de alta como autónomo en la Seguridad Social. Si constituyes una sociedad mercantil, los socios deberán darse de alta como asalariados o autónomos según corresponda. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y es independiente del registro fiscal.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 47.62
Plazos importantes
El modelo 036/037 debe presentarse en el plazo de treinta días hábiles a partir del día en que se inicie la actividad. Si no lo haces dentro de este plazo, la AEAT puede sancionarte. La licencia de actividad municipal debe solicitarse antes de comenzar a operar, y los plazos varían según el municipio (generalmente entre 15 y 30 días). Tu alta como autónomo en la Seguridad Social debe realizarse en el plazo de treinta días naturales anteriores o posteriores al inicio de la actividad. Recuerda que desde el momento en que comiences la actividad, tienes la obligación de mantener la contabilidad, emitir facturas y presentar las declaraciones fiscales periódicas (IVA trimestral si superas el umbral de 400.000 euros anuales, declaración anual de la renta, etc.).
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el CNAE 47.62 con otras clases de comercio minorista. Asegúrate de que tu actividad principal es realmente la venta al por menor de periódicos, revistas y artículos de papelería. Si vendes otros productos como libros especializados o material informático, el CNAE podría ser diferente.
- ✗Olvidar indicar el epígrafe IAE correcto (647 o 648) en el modelo 036/037. Aunque indiques el CNAE correctamente, si no especificas el epígrafe correspondiente, puede haber problemas en tu registro fiscal y en el cálculo de la cuota del IAE.
- ✗Presentar el formulario fuera del plazo de treinta días. Si excedes este plazo, la AEAT puede imponerte una sanción. Presenta el modelo 036/037 lo antes posible después de iniciar la actividad.
- ✗No solicitar la licencia de actividad municipal antes de abrir el comercio. Este es un requisito legal independiente del registro fiscal. Sin esta licencia, estás operando ilegalmente y puedes recibir sanciones municipales.
- ✗No darse de alta como autónomo en la Seguridad Social. Este trámite es obligatorio y debe realizarse en paralelo al registro fiscal. La falta de afiliación puede acarrearte problemas legales y financieros graves.
- ✗Usar un certificado digital caducado o credenciales de Cl@ve incorrectas para presentar telemáticamente. Verifica que tu certificado sea válido y que tengas acceso a tu cuenta de Cl@ve antes de intentar presentar los formularios.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?▼
¿Tengo que pagar cuota de IAE si abro una tienda de periódicos y papelería?▼
¿Necesito licencia de actividad municipal además del registro fiscal?▼
¿Qué plazo tengo para presentar el modelo 036/037 después de iniciar la actividad?▼
¿Cuáles son mis obligaciones fiscales una vez dado de alta como comerciante minorista de periódicos y papelería?▼
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