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CNAE 47.62Trámites de alta

Alta CNAE 47.62: Comercio al por menor de periódicos y otras publicaciones periódicas y artículos de papelería

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en altas fiscales y trámites de comercio minorista. Un gestor experto se encargará de cumplimentar correctamente todos los formularios, coordinar los trámites con la AEAT, el Ayuntamiento y la Seguridad Social, y asegurarse de que no cometes errores que puedan retrasarte o sancionarte. El coste de una gestoría es mínimo comparado con el tiempo que ahorrarás y los problemas que evitarás. Además, tu gestor podrá asesorarte sobre obligaciones contables, fiscales y laborales específicas de tu actividad de comercio minorista.

Pasos para darse de alta

1

Solicitar el número de identidad fiscal (NIF) o CIF

Si eres persona física, necesitarás obtener tu NIF en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio. Si vas a constituir una sociedad mercantil, debes solicitar el CIF antes de proceder con la declaración censal. Este es el primer paso fundamental para poder darte de alta en el registro fiscal de la AEAT.

2

Obtener el certificado digital o Cl@ve

Para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y presentar los formularios de alta de forma telemática, necesitas autenticarte. Puedes usar el certificado digital expedido por la FNMT o bien registrarte en el sistema Cl@ve, que es más accesible y rápido. Ambas opciones te permitirán cumplimentar y enviar los formularios de forma segura.

3

Cumplimentar y presentar el modelo 036 o 037

Debes presentar la declaración censal de inicio de actividad. Si eres persona física y cumples ciertos requisitos (no tener trabajadores, no superar determinados ingresos), puedes usar el modelo 037 simplificado. En caso contrario, utilizarás el modelo 036. En este formulario indicarás el CNAE 47.62 y el epígrafe IAE correspondiente (647 o 648 según tu actividad específica).

4

Registrarse en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Al presentar el modelo 036/037, te darás de alta automáticamente en el IAE. Si tu cifra de negocios prevista es inferior a 1.000.000 euros anuales y eres autónomo, estarás exento del pago de la cuota. Debes conservar el justificante de presentación que te proporcionará la AEAT como prueba de tu alta.

5

Solicitar la licencia de actividad municipal

Una vez tengas el NIF/CIF y hayas presentado el modelo 036/037, debes solicitar la licencia de actividad en el Ayuntamiento de tu municipio. Este trámite es obligatorio y debe realizarse antes de iniciar la actividad. Presenta la documentación requerida (proyecto de actividad, planos del local, justificante de titularidad del inmueble, etc.) en el departamento de Urbanismo o Actividades Económicas.

6

Darse de alta en el régimen de autónomo o en el sistema de Seguridad Social

Si eres persona física, debes afiliarte y darte de alta como autónomo en la Seguridad Social. Si constituyes una sociedad mercantil, los socios deberán darse de alta como asalariados o autónomos según corresponda. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y es independiente del registro fiscal.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 47.62

Documento de Identidad Nacional (DNI) o Pasaporte Original o copia autenticada. Lo necesitarás para cualquier trámite presencial en la AEAT o en la Delegación de Hacienda. Debe estar en vigor y ser válido.
Comprobante de domicilio Factura de servicios (agua, luz, gas, teléfono) o certificado de empadronamiento. Debe tener una antigüedad no superior a tres meses y debe acreditar el domicilio donde ejercerás la actividad o tu domicilio fiscal.
Contrato de arrendamiento o certificado de propiedad del local Documento que acredite que tienes derecho a usar el local donde desarrollarás la actividad de comercio minorista. Si es alquilado, presenta el contrato; si es propio, presenta la escritura de propiedad o certificado del Registro de la Propiedad.
Proyecto o descripción de la actividad Documento que describes qué tipo de periódicos, revistas y artículos de papelería vas a vender, dónde, a quién y cómo. Esto es especialmente importante para la solicitud de la licencia de actividad municipal.
Certificado digital o credenciales de Cl@ve Obtenido en la FNMT-RCM (para certificado digital) o en la plataforma Cl@ve (https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html). Es imprescindible para presentar telemáticamente los formularios en la Sede Electrónica de la AEAT.
Planos o croquis del local Necesarios para la solicitud de la licencia de actividad municipal. Deben mostrar la distribución del espacio, accesos, servicios higiénicos y medidas de seguridad. Puedes obtenerlos de un técnico o arquitecto.
Declaración de inicio de actividad (modelo 036 o 037) Formulario que cumplimentarás y presentarás telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Lo encontrarás en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml

Plazos importantes

El modelo 036/037 debe presentarse en el plazo de treinta días hábiles a partir del día en que se inicie la actividad. Si no lo haces dentro de este plazo, la AEAT puede sancionarte. La licencia de actividad municipal debe solicitarse antes de comenzar a operar, y los plazos varían según el municipio (generalmente entre 15 y 30 días). Tu alta como autónomo en la Seguridad Social debe realizarse en el plazo de treinta días naturales anteriores o posteriores al inicio de la actividad. Recuerda que desde el momento en que comiences la actividad, tienes la obligación de mantener la contabilidad, emitir facturas y presentar las declaraciones fiscales periódicas (IVA trimestral si superas el umbral de 400.000 euros anuales, declaración anual de la renta, etc.).

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el CNAE 47.62 con otras clases de comercio minorista. Asegúrate de que tu actividad principal es realmente la venta al por menor de periódicos, revistas y artículos de papelería. Si vendes otros productos como libros especializados o material informático, el CNAE podría ser diferente.
  • Olvidar indicar el epígrafe IAE correcto (647 o 648) en el modelo 036/037. Aunque indiques el CNAE correctamente, si no especificas el epígrafe correspondiente, puede haber problemas en tu registro fiscal y en el cálculo de la cuota del IAE.
  • Presentar el formulario fuera del plazo de treinta días. Si excedes este plazo, la AEAT puede imponerte una sanción. Presenta el modelo 036/037 lo antes posible después de iniciar la actividad.
  • No solicitar la licencia de actividad municipal antes de abrir el comercio. Este es un requisito legal independiente del registro fiscal. Sin esta licencia, estás operando ilegalmente y puedes recibir sanciones municipales.
  • No darse de alta como autónomo en la Seguridad Social. Este trámite es obligatorio y debe realizarse en paralelo al registro fiscal. La falta de afiliación puede acarrearte problemas legales y financieros graves.
  • Usar un certificado digital caducado o credenciales de Cl@ve incorrectas para presentar telemáticamente. Verifica que tu certificado sea válido y que tengas acceso a tu cuenta de Cl@ve antes de intentar presentar los formularios.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general aplicable a cualquier persona física o jurídica que inicie una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada reservada exclusivamente para personas físicas (autónomos) que no tengan trabajadores, no sean agentes de aduanas, no sean notarios o registradores, y cumplan otros requisitos específicos. Si cumples los requisitos, el modelo 037 es más rápido y simple. Si tienes dudas, consulta con la AEAT o un gestor.
¿Tengo que pagar cuota de IAE si abro una tienda de periódicos y papelería?
Si eres autónomo (persona física) y tu cifra de negocios anual prevista es inferior a 1.000.000 euros, estás exento del pago de la cuota del IAE. Solo debes cumplimentar y presentar el modelo 036/037 para registrarte. Si constituyes una sociedad mercantil o si tu cifra de negocios supera los 1.000.000 euros, sí deberás pagar la cuota correspondiente al epígrafe 647 o 648.
¿Necesito licencia de actividad municipal además del registro fiscal?
Sí, absolutamente. La licencia de actividad municipal es un requisito legal independiente del registro fiscal en la AEAT. Debes solicitar esta licencia en el Ayuntamiento de tu municipio antes de abrir la tienda. Sin ella, estás operando ilegalmente y puedes recibir sanciones. Algunos municipios la denominan 'licencia de actividad', 'licencia comercial' o 'licencia de uso del local'.
¿Qué plazo tengo para presentar el modelo 036/037 después de iniciar la actividad?
Tienes un plazo de treinta días hábiles a partir del día en que inicies la actividad. Si no lo presentas dentro de este plazo, la AEAT puede imponerte una sanción administrativa. Por eso es recomendable presentarlo lo antes posible, idealmente antes o el mismo día en que abras la tienda.
¿Cuáles son mis obligaciones fiscales una vez dado de alta como comerciante minorista de periódicos y papelería?
Una vez registrado, debes mantener una contabilidad adecuada, emitir facturas a tus clientes, presentar declaraciones periódicas de IVA (si superas los 400.000 euros anuales de cifra de negocios, el IVA es trimestral; si no, puedes acogerte a regímenes especiales), y presentar una declaración anual de la renta (modelo 100 si eres autónomo, o impuesto de sociedades si eres empresa). Además, debes cumplir con las obligaciones laborales y de Seguridad Social si tienes empleados.

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