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CNAE 49.32Trámites de alta

Alta CNAE 49.32: Transporte no regular de pasajeros por carretera

Dado que el transporte no regular de pasajeros implica cumplir con múltiples trámites administrativos (autorización de transportes, alta censal, obligaciones fiscales y de seguridad social), te recomendamos encarecidamente que contrates una gestoría especializada en transportes. Una gestoría te ayudará a tramitar correctamente tu alta ante la AEAT, a mantener tu documentación fiscal y contable en regla, y a resolver cualquier cuestión relacionada con cambios en tu actividad. El coste de una gestoría es una inversión que te permitirá evitar sanciones costosas y dedicar tu tiempo a gestionar eficientemente tu negocio de transportes.

Pasos para darse de alta

1

Obtén el Número de Identificación Fiscal (NIF)

Si aún no tienes NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o en una oficina de Correos. Necesitarás tu pasaporte, DNI o documento de identidad válido. Este trámite es gratuito y es el primer requisito indispensable para poder darte de alta como transportista de pasajeros.

2

Solicita la autorización administrativa de transporte

Antes de darte de alta en Hacienda, debes obtener la autorización de la Dirección General de Transportes de tu comunidad autónoma o, en su caso, de la administración competente. Esta autorización es obligatoria para el transporte no regular de pasajeros y acredita que cumples los requisitos técnicos, financieros y profesionales exigidos por la normativa de transportes.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Una vez tengas la autorización de transportes, debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada, si reúnes los requisitos) ante la AEAT. En este formulario indicarás el código CNAE 49.32 y el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente al transporte de pasajeros. Puedes presentarlo de forma presencial, electrónica o a través de una gestoría.

4

Registra tus vehículos y solicita el permiso de circulación

Debes registrar todos los vehículos que utilizarás para el transporte de pasajeros en la Dirección General de Tráfico (DGT) con los permisos de circulación correspondientes. Cada vehículo debe estar asegurado con una póliza de responsabilidad civil obligatoria y debe cumplir con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos por la normativa de transportes.

5

Cumple con las obligaciones fiscales y de seguridad social

Una vez dado de alta, debes afiliarte a la Seguridad Social como trabajador autónomo (si es tu caso) o registrar a tus empleados en el sistema de la Seguridad Social. Además, debes presentar las declaraciones fiscales periódicas (IVA, IRPF) y mantener la documentación de tus operaciones de transporte según la normativa contable y fiscal vigente.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 49.32

DNI o pasaporte válido Documento de identidad oficial expedido por las autoridades españolas o extranjeras competentes. Debes presentar el original para verificar tu identidad ante la AEAT.
Autorización administrativa de transporte Solicítala en la Dirección General de Transportes de tu comunidad autónoma o en la administración competente. Esta autorización es imprescindible para ejercer el transporte no regular de pasajeros y debe adjuntarse con tu declaración censal.
Certificado de empadronamiento Obtén este documento en el ayuntamiento de tu municipio de residencia. Acredita tu domicilio en España y es necesario para la inscripción en el censo de la AEAT.
Documentación de los vehículos Reúne el permiso de circulación, documentación técnica de inspección (ITV en vigor) y póliza de seguro de responsabilidad civil de cada vehículo que utilizarás en el transporte de pasajeros.
Declaración de actividad económica Prepara información sobre la estructura de tu negocio, número estimado de viajes anuales, rutas principales y presupuesto de ingresos. Esta información será necesaria para completar correctamente el modelo 036 o 037.
Acreditación de capacidad profesional Dependiendo de la normativa autonómica, puede ser necesario acreditar formación específica en transporte de pasajeros. Consulta con la administración competente de tu comunidad autónoma los requisitos exactos.

Plazos importantes

Debes presentar tu declaración censal (modelo 036 o 037) en un plazo de 10 días naturales desde el inicio de tu actividad ante la AEAT. La autorización administrativa de transportes debe obtenerse con carácter previo al inicio de la actividad, por lo que es recomendable iniciar este trámite con al menos 2-3 meses de anticipación. Una vez dado de alta, debes presentar tus declaraciones de IVA trimestralmente (modelos 300 o 320 según corresponda) y tu declaración anual de IRPF o Impuesto sobre Sociedades antes del 30 de junio del año siguiente. El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) debe pagarse anualmente, aunque está exento si tu cifra de negocios no supera 1.000.000 euros.

Formularios online

Errores comunes

  • Presentar el modelo 036 o 037 sin haber obtenido previamente la autorización administrativa de transportes. Esta autorización es obligatoria y debe constar en tu documentación de alta. La AEAT puede rechazar tu solicitud si no acreditas tener esta autorización en regla.
  • Indicar un código CNAE incorrecto o confundir el transporte regular con el no regular. El código 49.32 es específico para transporte no regular; si realizas transporte regular, debes usar otros códigos CNAE como 49.31. Una clasificación errónea puede acarrear sanciones y obligaciones fiscales incorrectas.
  • Omitir la afiliación a la Seguridad Social como autónomo o no registrar correctamente a los empleados. Como transportista de pasajeros, debes estar dado de alta en el régimen de autónomos o tener a tus empleados registrados en el sistema de la Seguridad Social antes de iniciar la actividad.
  • No actualizar la información del censo cuando cambies de domicilio, agregues nuevos vehículos o modifiques sustancialmente tu actividad. La AEAT exige que mantengas actualizada tu información censal mediante presentaciones de modelos 036 o 037 modificados cuando corresponda.
  • Confundir los plazos de presentación de declaraciones fiscales periódicas. El IVA se presenta trimestralmente, mientras que el IRPF se declara anualmente. Incumplir estos plazos genera sanciones por presentación tardía.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el transporte regular y el no regular de pasajeros?
El transporte regular de pasajeros sigue itinerarios fijos, horarios establecidos y paradas predeterminadas (como las líneas de autobús urbano). El transporte no regular, que es tu caso con el CNAE 49.32, comprende servicios puntuales sin itinerario fijo, como viajes chárter, traslados de grupos, excursiones o servicios de transporte contratados específicamente. La diferencia es importante porque cada tipo requiere autorizaciones administrativas distintas y tiene diferentes obligaciones normativas.
¿Necesito una autorización especial antes de darme de alta en la AEAT?
Sí, es absolutamente obligatorio obtener la autorización administrativa de transporte antes de presentar tu declaración censal en la AEAT. Esta autorización la expide la Dirección General de Transportes de tu comunidad autónoma o la administración competente, y acredita que cumples los requisitos técnicos, financieros y profesionales. Sin esta autorización, la AEAT puede rechazar tu solicitud de alta.
¿Qué debo hacer si tengo varios vehículos para el transporte de pasajeros?
Todos tus vehículos deben estar registrados en la Dirección General de Tráfico con permisos de circulación válidos, contar con inspección técnica (ITV) en vigor y estar asegurados con póliza de responsabilidad civil. En tu declaración censal ante la AEAT, debes indicar el número total de vehículos que utilizarás. Si posteriormente adquieres nuevos vehículos, debes comunicarlo a la AEAT mediante una modificación censal (modelo 036 o 037 modificado).
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar todas las personas físicas y jurídicas. El modelo 037 es una versión simplificada exclusiva para personas físicas que cumplen ciertos requisitos (como no ser empleador de personal, no realizar importaciones/exportaciones, y estar dentro de determinados límites de ingresos). Consulta con la AEAT cuál es el que mejor se adapta a tu situación; si tienes empleados, probablemente debas usar el modelo 036.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta?
Una vez dado de alta como transportista de pasajeros con CNAE 49.32, debes: (1) presentar declaraciones trimestrales de IVA (modelos 300 o 320 según corresponda); (2) presentar tu declaración anual de IRPF (modelo 100) o de Impuesto sobre Sociedades si eres persona jurídica; (3) pagar el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) anualmente, aunque está exento si tu cifra de negocios no supera 1.000.000 euros; (4) mantener registros contables y documentación de tus operaciones de transporte según la normativa contable vigente; y (5) estar afiliado a la Seguridad Social como autónomo o tener a tus empleados correctamente registrados.

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