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CNAE 56.12Trámites de alta

Alta CNAE 56.12: Puestos de comidas

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en autónomos y hostelería. Un gestor profesional se encargará de presentar correctamente el modelo 036/037, gestionar tu afiliación a Seguridad Social, asesorarte sobre obligaciones fiscales y contables, y ayudarte a cumplir con requisitos sanitarios y municipales. Esto te permitirá concentrarte en tu negocio sin preocupaciones administrativas, reduciendo el riesgo de errores costosos y asegurando que todos tus trámites estén correctamente realizados desde el primer momento.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad y documenta tu situación

Antes de iniciar cualquier trámite, necesitas disponer de tu DNI o NIE en vigor. Si eres extranjero sin NIE, debes solicitarlo en la Delegación de la Policía Nacional. Ten a mano tu número de cuenta bancaria española, ya que será necesario para domiciliar impuestos y recibir notificaciones de la AEAT. Verifica que tu documentación de identidad sea válida y no esté próxima a caducar, pues será requisito en todos los procedimientos administrativos.

2

Solicita el alta en el Censo de Actividades Económicas (modelo 036 o 037)

Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (versión simplificada, solo si eres persona física autónoma sin empleados). Este formulario registra tu actividad ante la AEAT e incluye la declaración del epígrafe IAE correspondiente a tu puesto de comidas. Puedes presentarlo de forma presencial en cualquier Oficina de Gestión Tributaria, por correo certificado, o preferiblemente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado digital o Cl@ve. La presentación debe realizarse antes de comenzar tu actividad o, como máximo, en los diez primeros días del mes siguiente al inicio.

3

Solicita el alta en Seguridad Social como autónomo

Debes afiliarte al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Tesorería General de la Seguridad Social. Puedes hacerlo de forma presencial en cualquier oficina de la Seguridad Social, por teléfono en el 901 50 26 50, o telemáticamente a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Necesitarás tu número de afiliación de Seguridad Social y deberás elegir una base de cotización mensual. El alta en Seguridad Social debe realizarse simultáneamente o antes que el alta fiscal, aunque en la práctica se recomienda hacerlo en el mismo mes.

4

Obtén las licencias y permisos municipales específicos para tu puesto

Contacta con el Ayuntamiento de tu localidad para solicitar la licencia de actividad económica o licencia de funcionamiento específica para puestos de comidas. Dependiendo de si tu puesto es fijo o ambulante, necesitarás una licencia de vendedor ambulante o una autorización para ocupar espacio público. También deberás verificar los requisitos sanitarios con la Consejería de Salud de tu comunidad autónoma, ya que la manipulación de alimentos requiere cumplir la normativa de seguridad alimentaria. Algunos municipios exigen inspecciones previas de las instalaciones o del vehículo si usas un camión móvil.

5

Registra tu actividad en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

El epígrafe IAE para puestos de comidas es generalmente el 633 (Venta ambulante de comidas y bebidas). Si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros, estarás exento del pago de la cuota del IAE, aunque debes registrarte igualmente. El registro se realiza automáticamente al presentar el modelo 036 o 037. Debes conservar la copia del recibo de presentación como comprobante de tu alta fiscal, que te será entregado inmediatamente después de la presentación.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 56.12

DNI o NIE en vigor Si no dispones de NIE siendo extranjero, solicítalo en la Delegación de la Policía Nacional más cercana a tu domicilio. El DNI debe estar en vigor y sin caducidad próxima. Si tu documento está caducado, renuévalo antes de iniciar los trámites de alta.
Número de cuenta bancaria española (IBAN) Obtén este dato de tu banco o entidad financiera. Es imprescindible para domiciliar el pago de impuestos y recibir notificaciones electrónicas de la AEAT. Asegúrate de que la cuenta está activa y a tu nombre.
Certificado digital o Cl@ve para trámites telemáticos Solicita tu certificado digital en la FNMT-RCM (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) a través de https://www.cert.fnmt.es/. Alternativamente, puedes registrarte en Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Ambos te permitirán acceder a la Sede Electrónica de la AEAT de forma segura.
Documentación sobre instalaciones y equipos Si utilizas un camión o carrito móvil, prepara la documentación del vehículo (matrícula, ITV en vigor). Si es un puesto fijo en mercado, ten disponible el contrato de arrendamiento o autorización del propietario del espacio. La Consejería de Salud de tu comunidad autónoma puede exigir planos o documentación sobre las instalaciones de manipulación de alimentos.
Solicitud de licencia municipal de actividad Contacta con el Ayuntamiento de tu localidad, específicamente con el departamento de Licencias de Actividades Económicas. Puedes obtener los formularios en las oficinas municipales o en la web del Ayuntamiento. Algunos municipios permiten descargar y presentar los formularios telemáticamente.
Documentación sanitaria y de seguridad alimentaria Contacta con la Consejería de Salud de tu comunidad autónoma para conocer los requisitos específicos. Generalmente necesitarás un certificado de manipulador de alimentos, que puedes obtener mediante un curso de formación en cualquier entidad autorizada. También deberás cumplir con la normativa de higiene y seguridad alimentaria del Reglamento (CE) 852/2004.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 o 037 ante la AEAT antes de iniciar tu actividad o, como máximo, en los diez primeros días del mes siguiente al comienzo de tu negocio. El alta en Seguridad Social como autónomo debe realizarse en el mismo mes que el alta fiscal. La licencia municipal de actividad debe solicitarse antes de comenzar a operar, siendo recomendable hacerlo con al menos 15-30 días de anticipación. Una vez dado de alta, deberás cumplir con obligaciones periódicas: presentación de la declaración de IVA trimestral (modelo 303) si superas el umbral de 10.000 euros de ventas trimestrales, declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente, y pago mensual de la cuota de Seguridad Social como autónomo.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el modelo 036 con el 037: el modelo 037 solo es válido para personas físicas autónomas sin empleados. Si tienes trabajadores o eres persona jurídica, debes usar obligatoriamente el modelo 036. Muchos vendedores ambulantes cometen este error pensando que el 037 es más simple, cuando en realidad no cumplen los requisitos para usarlo.
  • Olvidar registrarse en Seguridad Social como autónomo o hacerlo después del alta fiscal: aunque técnicamente puedes hacerlo después, la AEAT puede requerir comprobante de afiliación a la Seguridad Social. Además, si no te das de alta en Seguridad Social, no podrás cotizar ni tendrás protección social, lo que te expondrá a sanciones.
  • No solicitar la licencia municipal antes de comenzar la actividad: muchos vendedores ambulantes comienzan sin licencia pensando que el alta fiscal es suficiente. Esto es un error grave que puede resultar en multas municipales, clausura del puesto y antecedentes administrativos. La licencia municipal es independiente y obligatoria.
  • Indicar un epígrafe IAE incorrecto en el modelo 036/037: si indicas un epígrafe que no corresponde a tu actividad (por ejemplo, venta de ropa en lugar de comidas), la AEAT puede rechazar tu solicitud o reclasificarte, causando retrasos en el procesamiento de tu alta.
  • No tener documentación de seguridad alimentaria: la manipulación de alimentos requiere certificado de manipulador de alimentos y cumplimiento de normativa sanitaria. Sin esta documentación, no podrás pasar inspecciones municipales o de salud, y podrías ser sancionado.
  • Presentar el modelo 036/037 sin firma o sin datos bancarios completos: aunque sea por vía telemática, debes asegurarte de que todos los campos obligatorios están cumplimentados. Un formulario incompleto será rechazado por la AEAT, retrasando tu alta hasta 15-30 días adicionales.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general y es obligatorio para cualquier persona (física o jurídica) que inicie una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden usar personas físicas autónomas sin empleados, sin actividades de importación/exportación, y que no sean contribuyentes del IVA. Como vendedor ambulante de comidas, si trabajas solo sin empleados, puedes usar el 037. Si tienes empleados o dudas, es más seguro usar el 036.
¿Necesito pagar la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?
Si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros, estarás exento del pago de la cuota del IAE. Sin embargo, debes registrarte igualmente en el censo de actividades económicas indicando el epígrafe correspondiente (633 para venta ambulante de comidas). El registro no tiene coste, solo debes presentar el modelo 036 o 037.
¿Puedo comenzar mi actividad de puesto de comidas antes de tener toda la documentación lista?
No, es recomendable tener completados todos los trámites antes de comenzar. Específicamente, necesitas: alta fiscal (modelo 036/037), alta en Seguridad Social, y licencia municipal de actividad. Comenzar sin estos trámites te expone a multas, clausura del puesto y antecedentes administrativos. El proceso completo generalmente tarda 2-4 semanas si lo haces correctamente.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta como vendedor ambulante de comidas?
Una vez dado de alta, deberás: cotizar mensualmente a Seguridad Social como autónomo (cuota mínima aproximada de 300 euros mensuales), presentar declaración trimestral de IVA (modelo 303) si tus ventas trimestrales superan 10.000 euros, y presentar declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. Si tu volumen de negocio es bajo, podrías acogerte al régimen de estimación objetiva (módulos) para simplificar la declaración de impuestos sobre la renta.
¿Necesito un certificado de manipulador de alimentos para vender comidas?
Sí, es obligatorio. Cualquier persona que manipule alimentos debe tener un certificado de manipulador de alimentos, que se obtiene mediante un curso de formación (presencial u online) con una duración de 4-6 horas. Este certificado debe estar vigente y disponible para mostrar a los inspectores sanitarios. Sin él, no podrás obtener la licencia municipal ni pasar inspecciones de salud pública.

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