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CNAE 60.10Trámites de alta

Alta CNAE 60.10: Actividades de radiodifusión y distribución de audio

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en medios audiovisuales y radiodifusión. Un gestor profesional te ayudará a navegar los complejos requisitos de la Dirección General de Medios Audiovisuales, gestionará correctamente tu alta fiscal con el CNAE 60.10, y te asesorará sobre tus obligaciones tributarias específicas (IVA, retenciones, declaraciones periódicas). Además, una gestoría te mantendrá informado sobre cambios normativos en el sector audiovisual y te evitará costosos errores administrativos que podrían resultar en sanciones o la cancelación de tu actividad.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal en España y será tu identificador único ante la administración tributaria. El NIF te permitirá realizar todos los trámites posteriores de forma correcta y legal.

2

Prepara la documentación necesaria

Reúne todos los documentos requeridos antes de iniciar el proceso de alta. Necesitarás tu DNI o pasaporte en vigor, comprobante de domicilio reciente (factura de servicios, contrato de alquiler o similar), y documentación que acredite tu actividad específica en radiodifusión (contratos con plataformas, permisos de emisión si procede, o documentación de tu infraestructura de transmisión). Tener todo preparado agilizará significativamente el proceso de tramitación.

3

Solicita la licencia de radiodifusión a la administración competente

Antes de darte de alta fiscalmente, es imprescindible obtener la licencia o autorización de radiodifusión correspondiente. Dependiendo de si tu emisora es de cobertura local, autonómica o nacional, debes contactar con la Dirección General de Medios Audiovisuales (a nivel estatal) o con las autoridades audiovisuales autonómicas. Esta licencia es un requisito previo obligatorio sin el cual no podrás ejercer legalmente tu actividad de radiodifusión.

4

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y cumplimenta el modelo 036 (si eres persona jurídica o no cumples los requisitos para el 037) o el modelo 037 (si eres persona física que cumple los requisitos de simplificación). Indica el código CNAE 60.10 y el epígrafe IAE 4.1 correspondiente a radiodifusión. Presenta el formulario junto con la documentación requerida en el plazo de treinta días desde el inicio de tu actividad.

5

Realiza el alta en el censo de actividades económicas

Una vez presentado el modelo 036 o 037, quedarás automáticamente dado de alta en el censo de actividades económicas de la AEAT. Recibirás una confirmación de tu alta con tu número de identificación fiscal y los datos de tu actividad registrada. A partir de este momento, tendrás obligaciones tributarias específicas como la presentación de declaraciones periódicas si tu volumen de negocio lo requiere.

6

Solicita el alta en el régimen de IVA si procede

Si tu cifra de negocios supera los umbrales establecidos o si realizas operaciones intracomunitarias, debes solicitar el alta en el régimen de IVA. Esto implica presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 y cumplir con las obligaciones de facturación y registro de operaciones. Consulta con un gestor si tu actividad requiere este alta adicional para evitar incumplimientos.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 60.10

DNI o Pasaporte en vigor Documento de identidad original. Si eres extranjero, necesitarás el pasaporte válido o el NIE (Número de Identidad de Extranjero). Puedes obtener el NIE en la comisaría de policía nacional más cercana a tu domicilio o en la delegación de extranjería correspondiente.
Comprobante de domicilio reciente Factura de servicios (luz, agua, gas, teléfono), contrato de alquiler, recibo de alquiler, o documento catastral con tu nombre y domicilio. Debe tener una antigüedad no superior a tres meses. Puedes obtenerlo de tu proveedor de servicios o del propietario de la vivienda.
Licencia o autorización de radiodifusión Documento expedido por la Dirección General de Medios Audiovisuales (para emisoras de cobertura estatal) o por la autoridad audiovisual autonómica correspondiente (para emisoras locales o autonómicas). Este documento acredita que tienes permiso legal para emitir y es requisito previo imprescindible para el alta fiscal.
Documentación de la infraestructura de transmisión Contratos con plataformas de streaming, certificados de infraestructura técnica, documentación sobre servidores utilizados, o contratos con proveedores de servicios de transmisión. Esta documentación respalda la viabilidad técnica de tu actividad de radiodifusión y distribución de audio.
Declaración de actividad económica Documento que describes tu actividad específica dentro del código CNAE 60.10: si es radiodifusión tradicional, streaming de audio, podcasts, o una combinación de ellos. Puedes redactarlo tú mismo de forma clara y concisa, indicando el tipo de contenido que vas a distribuir y los medios técnicos que utilizarás.
NIF (Número de Identidad Fiscal) Si ya dispones de NIF, preséntalo. Si no lo tienes, solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. El NIF es imprescindible para realizar el alta fiscal y es gratuito para personas físicas residentes en España.

Plazos importantes

Tienes treinta días desde el inicio de tu actividad para presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) en la AEAT. Si no cumples este plazo, puedes incurrir en sanciones administrativas. Además, si tu actividad genera obligaciones de IVA, debes presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 dentro de los veinte primeros días del mes siguiente al trimestre. Desde el primer día de actividad, debes conservar toda la documentación contable y fiscal durante un mínimo de cuatro años. Si realizas operaciones que requieran facturación, debes emitir facturas con los datos obligatorios y mantener un registro de todas tus operaciones económicas.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar la licencia de radiodifusión antes de darse de alta fiscalmente. Este es un error grave que puede resultar en la cancelación de tu alta y sanciones administrativas. La autorización audiovisual es un requisito previo imprescindible que debes obtener en la administración competente antes de cualquier trámite fiscal.
  • Confundir el CNAE 60.10 con otros códigos relacionados con medios audiovisuales. Por ejemplo, el CNAE 59.11 es para la producción de películas y vídeos, mientras que el 60.10 es específicamente para radiodifusión y distribución de audio. Indicar el código incorrecto puede causar problemas en tus obligaciones fiscales posteriores.
  • Olvidar incluir el epígrafe IAE 4.1 en el modelo 036/037. Aunque el CNAE identifica tu actividad estadísticamente, el epígrafe IAE es lo que determina tu cuota de impuesto de actividades económicas (si procede). Sin indicarlo correctamente, puedes recibir notificaciones de liquidación incorrectas.
  • No conservar la documentación de la licencia de radiodifusión junto con tus registros fiscales. La AEAT puede requerirte en cualquier momento la acreditación de que tienes permiso legal para ejercer tu actividad, especialmente si realizas una inspección.
  • Presentar el modelo 036 cuando corresponde el 037, o viceversa. El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplen ciertos requisitos de simplificación (sin empleados, actividad no sujeta a IVA especial, etc.). Si no cumples estos requisitos, debes usar el modelo 036 obligatoriamente.
  • No actualizar tu alta si cambias de forma significativa tu actividad (por ejemplo, pasar de podcast a emisora de radio tradicional con transmisión simultánea). Cualquier cambio material en tu actividad debe comunicarse a la AEAT para mantener tus datos actualizados.

Preguntas frecuentes

¿Necesito obtener la licencia de radiodifusión antes de darme de alta en la AEAT?
Sí, es absolutamente imprescindible. La licencia o autorización de radiodifusión es un requisito previo obligatorio que debes obtener de la administración audiovisual competente (Dirección General de Medios Audiovisuales a nivel estatal, o autoridad audiovisual autonómica según tu cobertura) antes de presentar cualquier declaración fiscal en la AEAT. Sin esta licencia, no puedes ejercer legalmente tu actividad de radiodifusión.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general aplicable a cualquier persona física o jurídica que inicia una actividad económica. El modelo 037 es la versión simplificada, que solo pueden utilizar las personas físicas que cumplen ciertos requisitos: no tienen empleados, no realizan operaciones intracomunitarias, y su actividad no está sujeta a regímenes especiales de IVA. En el caso de radiodifusión, si tienes empleados o realizas actividades complejas, probablemente deberás usar el modelo 036.
¿Qué es el epígrafe IAE y por qué es importante indicarlo?
El epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es una clasificación que determina la cuota fiscal que debes pagar por ejercer tu actividad económica. Para radiodifusión, el epígrafe correspondiente es el 4.1. Es importante indicarlo correctamente en tu modelo 036 o 037 porque de lo contrario recibirás liquidaciones incorrectas. Nota: desde 2023, la cuota del IAE está exenta para autónomos con cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros anuales.
¿Tengo obligación de presentar declaraciones de IVA si me doy de alta con el CNAE 60.10?
Depende de tu cifra de negocios y del tipo de operaciones que realices. Si tu volumen de negocio anual supera los 10.000 euros, o si realizas operaciones intracomunitarias (por ejemplo, distribución de contenido a otros países de la UE), debes solicitar el alta en el régimen de IVA y presentar declaraciones trimestrales del modelo 303. Si tu cifra de negocios es inferior a este umbral y no realizas operaciones comunitarias, podrías estar exento. Consulta con un gestor para determinar tu situación específica.
¿Qué documentación debo conservar como radiodifusor para demostrar que mi actividad es legal?
Debes conservar: (1) la licencia o autorización de radiodifusión expedida por la administración audiovisual; (2) contratos con plataformas de distribución o proveedores de servicios de transmisión; (3) documentación técnica sobre tu infraestructura de emisión; (4) registros de contenido emitido o distribuido; (5) toda la documentación fiscal (facturas, registros contables, declaraciones presentadas) durante un mínimo de cuatro años. Esta documentación es esencial para acreditar la legalidad de tu actividad ante la AEAT en caso de inspección.

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