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CNAE 63.10Trámites de alta

Alta CNAE 63.10: Infraestructura informática, procesamiento de datos, hosting y actividades relacionadas

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría profesional especializada en alta de autónomos y empresas tecnológicas. Una gestoría se encargará de completar correctamente el modelo 036 con el CNAE 63.10, verificar que toda tu documentación está en regla, presentar la solicitud en plazo y hacer seguimiento del proceso. Además, te asesorarán sobre tus obligaciones fiscales específicas para actividades de infraestructura informática, hosting y procesamiento de datos, así como sobre cumplimiento de normativa de protección de datos (RGPD). El coste de una gestoría (entre 50-150€ para el trámite de alta) es mínimo comparado con los problemas y sanciones que podrías evitar.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad y documentación personal

Antes de iniciar cualquier trámite de alta, debes tener tu DNI o NIE en vigor. Si eres persona jurídica (sociedad mercantil), necesitarás los documentos constitutivos de la empresa (escritura de constitución, CIF, etc.). Asegúrate de que toda tu documentación está actualizada y que dispones de copias tanto en formato original como digitalizado para presentar ante la Administración.

2

Solicita una cita previa en la Delegación de Hacienda o tramita online

Puedes darte de alta de forma presencial acudiendo a la Delegación de Hacienda de tu provincia con toda la documentación, o bien realizar el trámite completamente online a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando tu certificado digital o sistema Cl@ve. La opción online es más rápida y cómoda, permitiéndote gestionar todo desde casa sin desplazamientos.

3

Cumplimenta el modelo 036 (o 037 si aplica) con el código CNAE 63.10

El modelo 036 es la declaración censal que debes presentar para darte de alta como autónomo o persona jurídica. En este formulario debes indicar el código CNAE 63.10 como tu actividad principal, junto con el epígrafe IAE correspondiente (normalmente el 7.1 para servicios de informática). Si eres persona física con requisitos específicos, podrías utilizar el modelo 037 simplificado, pero lo más común es el 036. Rellena todos los campos con precisión, especialmente los datos fiscales y de actividad.

4

Presenta la documentación y espera la confirmación del alta

Una vez cumplimentado el modelo 036/037, preséntalo junto con la documentación requerida. La AEAT procesará tu solicitud y te asignará un Número de Identificación Fiscal (NIF) si no lo tenías, o confirmará tu alta en el censo de actividades económicas. Recibirás una confirmación por escrito en el domicilio que hayas indicado, normalmente en un plazo de 15-30 días hábiles.

5

Realiza tus obligaciones fiscales periódicas

Una vez dado de alta, deberás cumplir con tus obligaciones fiscales mensuales o trimestrales según tu régimen de IVA, presentar la declaración de la renta anual (modelo 100 para autónomos), y mantener una contabilidad ordenada según la normativa. Para actividades de infraestructura informática con ingresos significativos, es recomendable llevar una gestión contable profesional desde el inicio.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 63.10

DNI o NIE en vigor (copia compulsada o autenticada) Obtén una copia compulsada en cualquier juzgado, notaría pública, o en la comisaría de policía nacional. También puedes presentar el original junto con una fotocopia que será autenticada en el momento del trámite en la Delegación de Hacienda.
Documentación constitutiva si eres persona jurídica (Escritura de constitución, CIF, estatutos sociales) Solicita los documentos constitutivos en el Registro Mercantil Provincial donde conste tu empresa, o descárgalos desde la plataforma del Registro Mercantil Central si ya están inscritos. Si acabas de constituir la sociedad, el notario te entregará los documentos originales.
Justificante de domicilio (recibo de luz, agua, gas, o contrato de alquiler) Utiliza cualquier recibo de servicios básicos de los últimos tres meses a tu nombre, o un contrato de arrendamiento vigente. Si trabajas desde una oficina compartida o coworking, puedes obtener un certificado de la empresa que gestiona el espacio.
Solicitud de actividad económica (Modelo 036 o 037 cumplimentado) Descarga el formulario desde la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es), o solicítalo presencialmente en la Delegación de Hacienda. Puedes rellenarlo a mano o de forma telemática si dispones de certificado digital.
Certificado digital o credenciales de Cl@ve para trámite online (opcional pero recomendado) Solicita un certificado digital en la FNMT-RCM (https://www.fnmt.es) o regístrate en el sistema Cl@ve (https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html) para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT sin necesidad de desplazamientos.

Plazos importantes

Debes presentar la solicitud de alta (modelo 036) en un plazo máximo de 10 días naturales desde el inicio de tu actividad económica. Si presentas fuera de plazo, puedes enfrentarte a sanciones administrativas. Una vez dado de alta, tus obligaciones fiscales periódicas dependerán de tu régimen: si estás en régimen de IVA normal, deberás presentar declaraciones trimestrales (modelos 303); si eres autónomo sin IVA, deberás presentar la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio de cada año. Para actividades de procesamiento de datos o hosting, es fundamental mantener registros actualizados de tus clientes y servicios prestados, así como cumplir con la normativa de protección de datos (RGPD) desde el primer día de actividad.

Formularios online

Errores comunes

  • No indicar correctamente el código CNAE 63.10 en el modelo 036. Muchos solicitantes confunden este código con otros de la sección 62 (Programación informática) o 61 (Telecomunicaciones). Verifica que el código que incluyes es exactamente 63.10, que corresponde a infraestructura informática y hosting, no a desarrollo de software.
  • Olvidar de incluir el epígrafe IAE correspondiente junto al CNAE. Para infraestructura informática, el epígrafe es típicamente el 7.1 (Servicios de informática). Sin este dato, la AEAT puede rechazar o retrasar tu solicitud de alta.
  • Presentar documentación incompleta o sin autenticar. Asegúrate de que todas las copias de documentos están compulsadas o autenticadas, y que incluyes un justificante de domicilio actual. La falta de documentación es la causa más común de denegación o solicitud de subsanación.
  • No cumplir con el plazo de 10 días para presentar el alta desde el inicio de actividad. Si comienzas a prestar servicios de infraestructura informática sin haberte dado de alta formalmente, incurres en infracción administrativa con posibles multas.
  • Confundir el modelo 036 con otros formularios como el 130 (pago fraccionado de IRPF) o el 303 (IVA trimestral). El 036 es SOLO para darse de alta; los otros modelos son para obligaciones fiscales posteriores.
  • No indicar correctamente el domicilio de la actividad. Si trabajas desde casa, especifica claramente la dirección residencial; si tienes oficina o datacenter, proporciona esa dirección. Errores en el domicilio pueden causar problemas en futuras notificaciones.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es exactamente la diferencia entre el código CNAE 63.10 y el 62.01 (Programación informática)?
El CNAE 63.10 se refiere a servicios de infraestructura, hosting, almacenamiento y procesamiento de datos. Es decir, si tu actividad es proporcionar servidores, espacio en centros de datos, servicios en la nube (IaaS, PaaS), o procesamiento de información para clientes, debes usar 63.10. El CNAE 62.01 es para desarrollo y diseño de software personalizado, consultoría informática, o programación de aplicaciones. Si combinas ambas actividades, debes indicar cuál es tu actividad principal y secundaria.
¿Tengo que pagar cuota de IAE si me doy de alta con el CNAE 63.10?
La cuota de IAE está exenta para autónomos cuya cifra de negocios anual sea inferior a 1.000.000€. Si tus ingresos por servicios de infraestructura informática no superan ese umbral, no pagarás IAE. Sin embargo, si superaras esa cantidad o si eres persona jurídica (sociedad mercantil), sí deberías pagar la cuota correspondiente al epígrafe 7.1. Consulta con la AEAT o una gestoría para tu caso específico.
¿Puedo cambiar el CNAE después de darme de alta si mi actividad evoluciona?
Sí, puedes modificar tu CNAE presentando un modelo 036 de modificación en cualquier momento. Si tu actividad inicial era hosting pero luego comienzas también a desarrollar software personalizado, deberías actualizar tu CNAE para reflejar ambas actividades (63.10 como principal y 62.01 como secundaria, o viceversa según corresponda). Este cambio no tiene coste y es importante para mantener tu situación fiscal correcta ante la AEAT.
¿Qué obligaciones especiales tengo como proveedor de infraestructura informática y hosting respecto a protección de datos?
Como proveedor de servicios de infraestructura, hosting o procesamiento de datos, eres responsable de cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Debes tener una política de privacidad clara, implementar medidas de seguridad técnicas y organizativas para proteger los datos de tus clientes, mantener registros de tratamiento, y en muchos casos, designar un Delegado de Protección de Datos (DPO). Además, debes firmar contratos de procesamiento de datos con tus clientes que especifiquen cómo tratas su información. El incumplimiento puede resultar en multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de tu facturación anual.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse el trámite de alta con CNAE 63.10 una vez presentado el modelo 036?
El plazo normal de resolución es de 15 a 30 días hábiles desde la presentación del modelo 036. Si presentas online a través de la Sede Electrónica con certificado digital o Cl@ve, el proceso suele ser más rápido (entre 10-15 días). La AEAT te enviará una confirmación por correo postal al domicilio que hayas indicado. Si tu solicitud está completa y correcta, no debería haber retrasos. Si hay algún problema, la AEAT te notificará para que subsanes los defectos en un plazo de 10 días.

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