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CNAE 64.11Trámites de alta

Alta CNAE 64.11: Banca central

Dada la complejidad extrema del alta como banco central, que implica coordinación entre la AEAT, el Banco de España, el Registro Mercantil y múltiples organismos supervisores internacionales, es altamente recomendable que contrates una gestoría especializada en regulación bancaria y fiscal. Una gestoría CTA con experiencia en entidades financieras te asesorará sobre todos los requisitos administrativos, gestionará la documentación necesaria, presentará los formularios correctamente y te ayudará a cumplir con las obligaciones de supervisión y reporting. Esto te permitirá enfocarte en la estrategia empresarial mientras garantizas el cumplimiento total de la normativa.

Pasos para darse de alta

1

Obtener autorización administrativa previa

Antes de cualquier trámite fiscal, debes solicitar la autorización correspondiente al Banco de España (BdE) como autoridad supervisora del sistema financiero español. Esta autorización es obligatoria y previa a cualquier actividad de banca central. El Banco de España evaluará tu capacidad técnica, financiera y de cumplimiento normativo según la Ley 10/1985 de Ordenación y Supervisión del Sistema Financiero Español.

2

Solicitar el NIF (Número de Identidad Fiscal) en la AEAT

Una vez obtenida la autorización del Banco de España, debes solicitar el NIF en la Agencia Tributaria si aún no lo tienes. Puedes hacerlo presencialmente en cualquier delegación provincial de la AEAT o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Para personas jurídicas, este trámite es fundamental y debe realizarse antes de presentar la declaración censal.

3

Presentar la declaración censal modelo 036

Debes presentar el modelo 036 (declaración censal de alta) en la AEAT dentro de los 10 días hábiles posteriores al inicio de la actividad. En este formulario indicarás el código CNAE 64.11 y el epígrafe IAE correspondiente (código 7030 para banca central). Puedes presentarlo presencialmente, por correo certificado o a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado digital o Cl@ve.

4

Registrarse en el Registro Mercantil

Como persona jurídica, debes inscribir tu entidad en el Registro Mercantil Provincial correspondiente al domicilio social. Este registro proporciona publicidad legal y es requisito para muchas operaciones bancarias y financieras. El registro debe realizarse antes o simultáneamente con el alta fiscal ante la AEAT.

5

Cumplir obligaciones tributarias y de supervisión continua

Una vez dado de alta, deberás cumplir con todas las obligaciones tributarias (declaración anual de impuestos, IVA, retenciones) y las obligaciones de supervisión del Banco de España. Esto incluye presentar información periódica sobre tu estructura de capital, riesgos, liquidez y cumplimiento normativo según los estándares internacionales de Basilea.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 64.11

Certificado de autorización del Banco de España Solicita directamente al Banco de España (www.bde.es) a través de su Dirección de Supervisión. Este documento es obligatorio y debe obtenerse antes de cualquier actividad. Requiere presentar documentación sobre estructura accionarial, plan de negocios, políticas de riesgos y cumplimiento normativo.
Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte del representante legal Obtén tu DNI en cualquier comisaría de Policía Nacional o Guardia Civil, o tu pasaporte en la oficina de pasaportes correspondiente a tu provincia. Para el alta fiscal, necesitarás una copia autenticada o legalizada de este documento.
Certificado de inscripción en el Registro Mercantil Solicita este documento al Registro Mercantil Provincial donde hayas inscrito tu entidad. Puedes obtenerlo presencialmente o a través del portal del Registro Mercantil (www.registradores.org). Este certificado acredita la existencia legal de tu entidad.
Estatutos sociales o documentos constitutivos Estos documentos se redactan por notario público y deben estar inscritos en el Registro Mercantil. Obtén copias certificadas del notario o del propio Registro Mercantil. Deben especificar claramente que tu actividad es la banca central.
Certificado digital o credenciales Cl@ve para tramitación telemática Solicita un certificado digital a través de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) en www.fnmt.es, o regístrate en el sistema Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Estos son necesarios para presentar el modelo 036 telemáticamente ante la AEAT.
Justificante de domicilio social Obtén un documento que acredite la propiedad o arrendamiento de tu domicilio social: escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, certificado catastral o declaración de posesión. Este documento debe tener una antigüedad máxima de tres meses.

Plazos importantes

El plazo para presentar la declaración censal modelo 036 ante la AEAT es de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad como banco central. La autorización del Banco de España debe solicitarse con suficiente antelación, ya que su procedimiento puede durar varios meses. Una vez dado de alta, deberás presentar la declaración anual del impuesto sobre sociedades antes del 25 de julio del año siguiente al ejercicio fiscal. Además, deberás cumplir con las obligaciones mensuales de supervisión y reporte de información financiera al Banco de España según los calendarios establecidos en la regulación bancaria.

Formularios online

Errores comunes

  • Presentar el modelo 036 sin haber obtenido previamente la autorización del Banco de España. Esta es una actividad regulada que requiere aprobación administrativa previa, y sin ella tu alta fiscal será incompleta y podrías incurrir en sanciones administrativas.
  • Indicar un código CNAE o epígrafe IAE incorrecto en el modelo 036. Debes asegurarte de usar exactamente el código 64.11 para banca central y el epígrafe IAE 7030. Utilizar códigos incorrectos puede causar problemas en tu declaración de impuestos y en los reportes estadísticos.
  • No inscribirse en el Registro Mercantil antes de presentar el modelo 036. Como entidad de banca central, necesitas estar inscrita en el Registro Mercantil para tener personalidad jurídica plena y poder ejercer actividades financieras legalmente.
  • Olvidar que la cuota del IAE está exenta para entidades de banca central con determinadas características. Aunque presentas el modelo 036 con el epígrafe IAE, debes verificar si aplica la exención de cuota en tu caso específico.
  • No mantener actualizada la información ante la AEAT y el Banco de España. Cualquier cambio en tu estructura, capital, domicilio o actividades debe comunicarse a ambos organismos dentro de los plazos establecidos para evitar sanciones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo iniciar actividades de banca central sin autorización previa del Banco de España?
No, es absolutamente obligatorio obtener la autorización del Banco de España antes de iniciar cualquier actividad de banca central. El Banco de España es la autoridad supervisora del sistema financiero español y debe autorizar expresamente cualquier entidad que quiera ejercer funciones de banco central, emisión de moneda o supervisión monetaria. Iniciar actividades sin esta autorización constituye un delito y puede resultar en sanciones penales y administrativas graves.
¿Qué es el epígrafe IAE y cómo se relaciona con el CNAE 64.11?
El epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es una clasificación fiscal que complementa el CNAE. Para banca central (CNAE 64.11), el epígrafe IAE correspondiente es el código 7030. En el modelo 036 debes indicar tanto el CNAE como el epígrafe IAE. La cuota del IAE está exenta para entidades de banca central en la mayoría de casos, pero debes verificar tu situación específica con la AEAT.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso completo de alta como banco central?
El proceso es bastante largo debido a los requisitos de autorización previa. La solicitud al Banco de España puede durar entre 3 y 6 meses o más, dependiendo de la complejidad de tu estructura y el volumen de documentación requerida. Una vez obtenida la autorización del Banco de España, el alta fiscal ante la AEAT (modelo 036) se resuelve en días. Por ello, es fundamental que inicies el proceso de autorización bancaria con suficiente antelación.
¿Necesito presentar el modelo 037 en lugar del 036?
No, debes presentar obligatoriamente el modelo 036 (declaración censal general), no el 037. El modelo 037 es una versión simplificada destinada únicamente a personas físicas que cumplan ciertos requisitos muy específicos. Como banco central, eres una entidad jurídica compleja que necesita el modelo 036 completo con toda la información detallada sobre tu estructura, actividades y datos fiscales.
¿Cuáles son mis obligaciones tributarias principales una vez dado de alta?
Como banco central dado de alta, deberás cumplir con las siguientes obligaciones principales: presentar la declaración anual del impuesto sobre sociedades (modelo 100) antes del 25 de julio del año siguiente, presentar declaraciones periódicas de IVA si procede (modelo 303), efectuar retenciones e ingresos a cuenta si corresponde, mantener libros contables y registros de todas tus operaciones, y reportar información financiera y de supervisión regularmente al Banco de España. Además, deberás cumplir con las normas de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

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