Saltar al contenido
CNAE 64.99Trámites de alta

Alta CNAE 64.99: Otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones n.c.o.p.

Dado que el CNAE 64.99 implica obligaciones regulatorias complejas con la CNMV y el Banco de España, además de complicadas obligaciones fiscales y de Seguridad Social, te recomendamos encarecidamente que contrates una gestoría especializada en servicios financieros. Una gestoría experimentada gestionará tu alta fiscal, te asesorará sobre cumplimiento normativo financiero, llevará tu contabilidad, presentará tus declaraciones tributarias y te ayudará a mantener actualizada tu información ante las administraciones. Esta inversión inicial se amortiza rápidamente evitando errores costosos y asegurando que tu actividad se desarrolla con total legalidad.

Pasos para darse de alta

1

Obtén el número de identidad fiscal (NIF)

Antes de cualquier trámite, necesitas solicitar tu NIF si aún no lo tienes. Si eres persona física residente en España, debes dirigirte a la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o solicitarlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este número es imprescindible para identificarte ante la administración tributaria y es el requisito previo para cualquier alta fiscal. El proceso es gratuito y suele resolverse en pocos días.

2

Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio

Aunque no es un requisito administrativo obligatorio, es altamente recomendable que abras una cuenta bancaria específica para tu actividad de servicios financieros. Dirígete a tu banco habitual y solicita una cuenta corriente mercantil a nombre de tu empresa o de ti como autónomo. Esta separación entre finanzas personales y empresariales es fundamental para la contabilidad, la auditoría y para facilitar la declaración de impuestos. Algunos bancos pueden solicitar documentación adicional dado el carácter regulado de tu actividad.

3

Cumple con los requisitos de regulación financiera específicos

Como prestador de servicios financieros bajo el CNAE 64.99, debes verificar si tu actividad requiere autorización previa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o del Banco de España, dependiendo de si actúas como intermediario, gestor de inversiones, o realizas operaciones por cuenta propia. Contacta con la CNMV (https://www.cnmv.es) o con el Banco de España (https://www.bde.es) para confirmar si necesitas licencia, registro o autorización específica. Este paso es crítico y debe completarse antes de solicitar el alta fiscal, ya que la AEAT puede requerir comprobante de cumplimiento normativo.

4

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Una vez tengas el NIF y hayas verificado los requisitos regulatorios, debes presentar la declaración censal modelo 036 (si eres persona jurídica o persona física con actividad compleja) o modelo 037 (si eres persona física autónoma que cumple los requisitos de simplificación). En el formulario, indica el código CNAE 64.99 y el epígrafe IAE 7510. Puedes hacerlo presencialmente en cualquier Delegación de la AEAT, por correo certificado, o a través de la Sede Electrónica usando certificado digital o Cl@ve. El alta será efectiva desde la fecha de presentación.

5

Solicita la afiliación a la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes afiliarte a la Seguridad Social como trabajador autónomo en el régimen especial de autónomos (RETA). Accede al portal de la Seguridad Social (https://www.seg-social.es) o dirígete a la oficina de afiliación más cercana. Necesitarás tu NIF, datos personales y el código CNAE. La afiliación debe realizarse antes de iniciar la actividad para evitar sanciones. Si tu actividad es de una sociedad mercantil, la afiliación corre a cargo de la empresa como persona jurídica.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 64.99

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Original o copia autenticada. Obtén tu DNI en la Comisaría Nacional de Policía o en los registros civiles si necesitas renovarlo. Este documento acredita tu identidad ante la administración.
Número de Identificación Fiscal (NIF) Solicítalo en la Delegación de la AEAT o a través de la Sede Electrónica (https://sede.agenciatributaria.gob.es). Es gratuito y necesario para cualquier actividad económica en España.
Certificado de autorización o registro de la CNMV o Banco de España Si tu actividad requiere autorización previa (operaciones por cuenta propia, intermediación, gestión de inversiones), obtén el certificado de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (https://www.cnmv.es) o del Banco de España (https://www.bde.es). Este documento es imprescindible para acreditar que cumples con la normativa financiera.
Datos bancarios de la cuenta corriente mercantil Proporcionados por tu entidad bancaria. Necesitarás el IBAN de la cuenta abierta a nombre de tu empresa o negocio para facilitar pagos de impuestos y comunicaciones de la AEAT.
Documentación acreditativa del domicilio fiscal Factura de servicios (agua, luz, teléfono, internet) o certificado catastral emitido por la Agencia Tributaria. Debe estar a tu nombre y tener una antigüedad máxima de tres meses. Acredita que el domicilio que indiques en el alta es real y verificable.
Estatutos o acta constitutiva (si eres sociedad mercantil) Obtén copia en el Registro Mercantil Provincial donde esté inscrita tu sociedad o en notaría si aún no está constituida. Este documento es obligatorio solo si tu actividad la desarrolla una persona jurídica.

Plazos importantes

El alta fiscal debe presentarse antes de iniciar la actividad económica, idealmente en los 10 días anteriores al comienzo de operaciones. Una vez dado de alta, debes cumplir con obligaciones periódicas: presentación de declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si estás obligado, declaración anual de la renta (modelo 100 para autónomos o modelo 200 para sociedades), y declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347) si superas los 600.000 euros anuales. La Seguridad Social requiere pagos mensuales de cuotas de autónomos, y debes mantener actualizada la información fiscal en caso de cambios en tu domicilio, actividad o datos bancarios. Cualquier modificación debe comunicarse a la AEAT dentro del plazo de 30 días.

Formularios online

Errores comunes

  • No verificar con la CNMV o el Banco de España si tu actividad requiere autorización previa. Muchos servicios financieros bajo el CNAE 64.99 necesitan licencia específica, y darse de alta sin ella puede resultar en sanciones graves y cierre de la actividad.
  • Indicar un código CNAE incorrecto o demasiado genérico. El CNAE 64.99 es muy específico para servicios financieros complejos; si tu actividad es más simple (como asesoramiento financiero sin operaciones por cuenta propia), podrías necesitar otro código como 66.19 o 69.20.
  • Olvidar la afiliación a la Seguridad Social como autónomo o no completar los trámites de constitución si eres sociedad mercantil. Esto genera problemas de cotización y puede causar multas administrativas.
  • Proporcionar un domicilio fiscal que no pueda ser verificado o que no sea real. La AEAT realiza comprobaciones, y un domicilio falso es motivo de sanción y puede llevar al cierre de la actividad.
  • No actualizar la información en la AEAT cuando cambien datos relevantes como domicilio, actividad, o representante legal. Esto puede resultar en notificaciones no recibidas y problemas con declaraciones posteriores.
  • Confundir el modelo 036 (declaración censal general) con el modelo 037 (versión simplificada). No todos los autónomos pueden usar el 037; debes verificar que cumples los requisitos antes de elegirlo.

Preguntas frecuentes

¿Necesito autorización previa de la CNMV para disfrutar de este CNAE?
Depende de tu actividad específica dentro del CNAE 64.99. Si actúas como intermediario de valores, gestor de inversiones, o realizas operaciones por cuenta propia en mercados financieros, sí necesitas autorización previa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Si eres sociedad de capital riesgo o club de inversión, también necesitas registro específico. Debes contactar con la CNMV (https://www.cnmv.es) antes de presentar el alta fiscal para confirmar si tu actividad requiere licencia.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar todas las personas físicas y jurídicas que inician actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada exclusiva para personas físicas (autónomos) que cumplen ciertos requisitos: no tener trabajadores, no ser intermediarios, y tener una cifra de negocios reducida. Dado que el CNAE 64.99 implica servicios financieros complejos, probablemente necesitarás el modelo 036, pero consulta con la AEAT tu caso específico.
¿Tengo que pagar cuota de IAE siendo autónomo con este CNAE?
La cuota del IAE está exenta para autónomos con cifra de negocios anual inferior a 1.000.000 euros. Si tu volumen de negocio es superior, debes pagar la cuota correspondiente al epígrafe 7510 (Servicios financieros diversos). La cuota se liquida anualmente y se puede pagar en una sola vez o en dos plazos. Consulta con la AEAT el importe exacto según tu comunidad autónoma, ya que varía por territorio.
¿Qué obligaciones contables tengo con este CNAE?
Como prestador de servicios financieros, debes llevar una contabilidad completa y rigurosa, incluyendo libro diario, libro mayor y balance de situación. Además, debes presentar declaración anual del Impuesto sobre la Renta (modelo 100 si eres autónomo, modelo 200 si eres sociedad), declaración trimestral del IVA (modelo 303) si estás obligado, y declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347) si tus operaciones superan 600.000 euros. Es altamente recomendable que una gestoría o asesor fiscal lleve tu contabilidad para asegurar cumplimiento normativo.
¿Puedo cambiar de CNAE después de darme de alta?
Sí, puedes modificar tu código CNAE presentando una comunicación de cambios ante la AEAT dentro de los 30 días siguientes a que se produzca el cambio en tu actividad. Sin embargo, es importante que el nuevo CNAE refleje fielmente tu actividad real. Si cambias a un CNAE que requiere autorización regulatoria (como ocurre con muchas actividades financieras), debes obtener la autorización previa antes de modificar el código. Utiliza el formulario de modificación en la Sede Electrónica de la AEAT o acude presencialmente a una delegación.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta censal, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

Buscar gestorías cerca de mí →

¿Dándote de alta como autónomo?

Quipu te ayuda con la facturación desde el primer día. Gestiona facturas, impuestos y contabilidad en una sola plataforma diseñada para autónomos en España.

Probar Quipu Gratis

Enlace de afiliado. Si contratas Quipu a través de este enlace, recibimos una comisión sin coste adicional para ti.