Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en intermediarios de seguros. Una gestoría experimentada te asesorará sobre los requisitos específicos de colegiación, te ayudará a cumplimentar correctamente el modelo 036/037, gestionará tu registro como intermediario de seguros y te asesorará sobre tus obligaciones fiscales periódicas (IVA, IRPF/impuesto de sociedades). Esto te permitirá enfocarte en tu actividad comercial sin preocupaciones administrativas.
Pasos para darse de alta
Solicita tu número de colegiado en el Colegio de Mediadores de Seguros
Antes de darte de alta en la AEAT como agente o corredor de seguros, debes obtener tu número de colegiado en el Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de tu comunidad autónoma. Este requisito es obligatorio según la normativa de intermediarios de seguros y debes presentar este documento durante el trámite de alta. Contacta con el colegio correspondiente a tu provincia para iniciar el proceso de colegiación.
Obtén tu Número de Identidad Fiscal (NIF) o Código de Identificación Fiscal (CIF)
Si eres una persona física (autónomo), solicita tu NIF en la Delegación de Hacienda de tu provincia. Si constituyes una sociedad mercantil, solicita el CIF en la misma delegación. Este documento es imprescindible para completar cualquier trámite de alta en la AEAT y debe estar vigente y sin restricciones administrativas.
Presenta el modelo 036 (o 037 si cumples requisitos) en la AEAT
Dirígete a la Delegación de Hacienda de tu provincia o utiliza la Sede Electrónica de la AEAT para presentar la declaración censal. En el modelo 036 debes indicar el código CNAE 66.22 y el epígrafe IAE 651 correspondiente a agentes y corredores de seguros. Si eres persona física y cumples los requisitos de simplificación, puedes utilizar el modelo 037 que tiene un procedimiento más ágil.
Solicita la declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Una vez presentado el modelo 036/037, la AEAT tramitará automáticamente tu alta en el IAE con el epígrafe 651. Recibirás un recibo de declaración censal que confirma tu alta. Recuerda que si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 euros, estarás exento de pagar la cuota del IAE.
Registra tu actividad en el registro de intermediarios de seguros
Debes inscribir tu actividad como intermediario de seguros en el registro administrativo correspondiente a tu comunidad autónoma o ante la Dirección General de Seguros si operas a nivel nacional. Este registro es obligatorio y complementario al alta en la AEAT, garantizando que tu actividad está regularizada según la normativa de intermediarios.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 66.22
Plazos importantes
Debes presentar el modelo 036/037 dentro de los 10 días naturales siguientes al inicio de tu actividad como agente o corredor de seguros. El incumplimiento de este plazo puede acarrearte sanciones administrativas. Una vez presentado, el alta en el IAE se produce automáticamente. Además, debes mantener tu registro como intermediario de seguros actualizado anualmente y cumplir con las obligaciones fiscales trimestrales (IVA mediante modelo 303) y anuales (declaración de la renta modelo 100 si eres autónomo, o impuesto de sociedades si eres empresa).
Formularios online
Errores comunes
- ✗Olvidar obtener el número de colegiado en el Colegio de Mediadores de Seguros antes de presentar el modelo 036. Este es un requisito previo obligatorio que muchos solicitantes pasan por alto, lo que causa rechazos de la solicitud de alta.
- ✗Indicar un código CNAE incorrecto o confundir el epígrafe IAE. El CNAE 66.22 debe corresponder obligatoriamente con el epígrafe IAE 651 (Agentes y corredores de seguros). Usar otro código o epígrafe genera inconsistencias administrativas.
- ✗Presentar el modelo 036 fuera del plazo de 10 días desde el inicio de la actividad. Esto genera sanciones por presentación extemporánea y puede complicar tu situación fiscal ante la AEAT.
- ✗No actualizar tu registro como intermediario de seguros en la administración competente. Aunque te des de alta en la AEAT, debes mantener tu inscripción en el registro de intermediarios, que es independiente y obligatorio.
- ✗Confundir el domicilio fiscal con el domicilio personal. Como agente o corredor de seguros, debes indicar la dirección donde realmente ejerces tu actividad, que puede ser una oficina diferente a tu casa.
Preguntas frecuentes
¿Necesito estar colegiado antes de darme de alta en la AEAT?▼
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?▼
¿Tengo que pagar la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?▼
¿Qué obligaciones fiscales tengo como agente de seguros?▼
¿Puedo tramitar el alta online a través de la Sede Electrónica?▼
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