DGT 1023-02: cuotas reducidas IAE epígrafes 504.1-3
Resumen
Se consulta si una empresa con más de cuatro trabajadores, dada de alta en el epígrafe 504.1 de instalaciones eléctricas, puede aplicar las cuotas reducidas de la nota común cuando realiza una instalación con menos de cuatro obreros en un municipio distinto. La DGT concluye que sí, siempre que tribute por cuota mínima municipal en ese municipio para dicha instalación.
Datos de la consulta
- Número
- 1023-02
- Tipo
- General
- Fecha
- 4 de julio de 2002
- Órgano
- SG de Tributos Locales
- Normativa
- RD Legislativo 1175/1990 Epígrafes 504-1 de la Sección 1ª Nota Común a los Epígrafes 504-1, 504-2 y 504-3.
Epígrafes IAE relacionados
Cuestión planteada
La entidad consultante, dedicada a efectuar instalaciones eléctricas, que cuenta con más de cuatro trabajadores, desea saber, en el supuesto de realizar en un determinado municipio, dándose de alta en el mismo, una instalación con menos de cuatro obreros, si puede aplicarse las cuotas reducidas previstas en la Nota común de los Epígrafes 504.1, 504.2 y 504.3 de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Descripción de hechos
Instalaciones eléctricas: aplicación de las cuotas establecidas para los casos en que la actividad se realice con cuatro obreros como máximo.
Contestación completa
La Nota común a los Epígrafes 504.1, 504.2 y 504.3 de la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto con la Instrucción para su aplicación por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, establece, para los sujetos pasivos matriculados en estos Epígrafes que realicen las actividades comprendidas en los mismos con cuatro obreros como máximo, unas cuotas inferiores a las que se les asigna en los Epígrafes correspondientes. La cuestión planteada en la presente consulta estriba en determinar si a un sujeto pasivo matriculado en el Epígrafe 504.1 (Instalaciones eléctricas) que cuente en plantilla con más de cuatro empleados, le es de aplicación la nota anteriormente indicada en el supuesto de que lleve a cabo dicha instalación en un determinado municipio realizando dicho trabajo con menos de cuatro obreros y tributando en el mismo por cuota municipal. Al respecto, cabe indicar que si dicho sujeto pasivo matriculado en el Epígrafe 504.1 por el ejercicio de la actividad de instalaciones eléctricas, satisface la cuota mínima municipal en el municipio en el que realiza la instalación con menos de cuatro obreros, tendrá derecho a aplicar para dicha instalación en dicho municipio las cuotas establecidas en la Nota común reseñada. Lo que comunico a Vd. con el alcance y efectos previstos en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley General Tributaria.
Consultas relacionadas
IAE construcción: epígrafe 504.1 y UTE grupo 508 — DGT V0978-25
V0978-2510 de junio de 2025VinculanteDGT V2542-23: clasificación IAE de maquinaria industrial
V2542-2322 de septiembre de 2023VinculanteIAE clasificación: servicios sociales y hostelería — DGT V2891-20
V2891-2023 de septiembre de 2020VinculanteDGT V3118-17: clasificación en epígrafes IAE
V3118-1730 de noviembre de 2017VinculanteEpígrafe 501.3 IAE: albañilería y reparaciones — DGT V3070-16
V3070-164 de julio de 2016Vinculante
¿Tienes dudas sobre tu actividad? PDF fiscal gratuito
Te enviamos el informe de situación fiscal con tu IAE/CNAE: módulos, riesgo, checklist y plazos AEAT.