El código IAE 253.6 comprende todas las actividades relacionadas con la fabricación, destilación y producción de aceites esenciales, esencias aromáticas y materias primas naturales y sintéticas destinadas a la perfumería, cosmética e industria alimenticia. Esta clasificación es fundamental para empresas que se dedican a transformar materias primas vegetales en productos aromáticos de alto valor añadido.
¿Qué es?
El código 253.6 identifica a las empresas que se dedican a la fabricación de aceites esenciales mediante procesos de destilación, extracción y síntesis de sustancias aromáticas. Incluye la producción de esencias naturales obtenidas de plantas aromáticas, la elaboración de materias primas aromáticas para uso industrial, y la fabricación de composiciones perfumadas basadas en ingredientes naturales o sintéticos. También comprende la obtención de ingredientes activos con destino a la industria cosmética, tal como ha aclarado la Dirección General de Tributos. Esta actividad requiere conocimientos químicos avanzados, instalaciones especializadas y cumplimiento de normativas medioambientales y de seguridad muy exigentes.
¿Quién lo necesita?
Necesitan este código las empresas que fabrican aceites esenciales a partir de materias primas vegetales, las destilerías de aromas naturales, los laboratorios químicos que sintetizan sustancias aromáticas, y las empresas productoras de ingredientes para la industria de la perfumería y cosmética. También lo requieren las compañías que elaboran composiciones perfumadas, extractos aromáticos concentrados y materias primas aromáticas para la industria alimenticia. Cualquier empresa cuya actividad principal sea transformar o sintetizar sustancias para obtener productos aromáticos debe registrarse bajo este código para cumplir con sus obligaciones fiscales y administrativas.
Cómo darse de alta
Para darse de alta con el código IAE 253.6, debe dirigirse a la Agencia Tributaria presentando el modelo 036 o 037 (solicitud de alta en el Censo de Empresarios). En primer lugar, reúna toda la documentación requerida incluyendo identificación personal, datos de la empresa y descripción detallada de la actividad que va a desarrollar. Seguidamente, acuda a la oficina de la Agencia Tributaria más cercana a su domicilio o presente la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es recomendable que especifique claramente que se dedica a la fabricación de aceites esenciales y sustancias aromáticas para evitar asignaciones incorrectas de código. Finalmente, obtendrá el número de identificación fiscal (NIF) y la confirmación de su alta en el censo.
Documentos necesarios
- •Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte en vigor del solicitante, así como documentación que acredite la representación legal en caso de actuar a través de terceros
- •Certificado de domicilio fiscal de la empresa, que puede ser un contrato de arrendamiento, escritura de propiedad o certificado emitido por el ayuntamiento correspondiente
- •Documentación que acredite la legalidad de la actividad, incluyendo licencia de actividad municipal, autorización ambiental si procede, y certificados de seguridad e higiene en el trabajo
- •Descripción detallada de la actividad empresarial con especificación de los procesos de fabricación, materias primas utilizadas y productos finales que se elaborarán
- •Datos bancarios de la empresa para la comunicación con la Agencia Tributaria y gestión de obligaciones fiscales
Errores comunes
- ✗Confundir esta actividad con la simple comercialización o distribución de aceites esenciales ya fabricados, lo que requeriría un código IAE diferente (clasificado como comercio mayorista o minorista según corresponda)
- ✗No especificar correctamente en la solicitud que se trata de fabricación de sustancias aromáticas, lo que puede llevar a una asignación incorrecta del código IAE y complicaciones posteriores en la gestión fiscal
- ✗Olvidar solicitar las autorizaciones medioambientales necesarias antes de darse de alta, especialmente si el proceso implica emisiones atmosféricas o generación de residuos químicos, lo que puede resultar en sanciones administrativas
- ✗No diferenciar entre la fabricación de aceites esenciales naturales (mediante destilación) y la síntesis de aromáticos sintéticos, cuando ambas actividades pueden requerir tratamientos fiscales o regulatorios diferentes
- ✗Incumplir con las normativas de seguridad química y etiquetado de productos químicos, que son obligatorias para esta actividad y pueden resultar en cierre de la empresa o multas significativas
Códigos relacionados
¿Necesitas una gestoría?
Se recomienda encarecidamente acudir a una gestoría especializada en industria química desde el inicio de la actividad, ya que esta clasificación implica complejas obligaciones fiscales, medioambientales y de seguridad laboral. Un gestor experimentado puede asesorar sobre las autorizaciones necesarias, cumplimiento normativo, gestión de residuos químicos, y optimización fiscal de la actividad. Además, la gestoría puede facilitar significativamente los trámites de registro inicial y garantizar que se cumpla correctamente con todas las obligaciones administrativas ante la Agencia Tributaria y otras administraciones competentes.
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