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IAE 392.1Guía completa

Guía IAE 392.1: Fabricación material médico-quirúrgico

Por Brian Mena GómezActualizado

El código IAE 392.1 corresponde a la fabricación de material médico-quirúrgico, una actividad especializada que engloba la producción de instrumentos y aparatos destinados a uso médico, quirúrgico, odontológico y veterinario. Esta clasificación permite a los fabricantes realizar tanto la venta al por mayor como al por menor de los productos que elaboran, facilitando una comercialización integral de su producción.

¿Qué es?

La fabricación de material médico-quirúrgico es la actividad económica consistente en la elaboración, ensamblaje y transformación de componentes para crear instrumentos y aparatos utilizados en el ámbito sanitario. Incluye desde aparatos de diagnóstico no eléctricos, instrumentos de esterilización y anestesia, hasta mobiliario quirúrgico, instrumentos odontológicos especializados y equipos de mecanoterapia. Esta actividad requiere cumplir con estrictos estándares de calidad y seguridad, ya que los productos fabricados están destinados a ser utilizados en procedimientos médicos y quirúrgicos que afectan directamente a la salud de las personas.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código IAE las empresas dedicadas a la fabricación, ensamblaje y transformación de material médico-quirúrgico, incluyendo pequeños talleres especializados, empresas medianas de producción sanitaria y fabricantes de componentes para equipos médicos. También lo requieren los empresarios que se dediquen a la esterilización de instrumentos como parte del proceso de fabricación de aparatos médicos, así como aquellos que ensamblen piezas para crear productos sanitarios que supongan una transformación significativa de los componentes originales.

Cómo darse de alta

Para darse de alta en el código IAE 392.1, el primer paso es solicitar el número de identidad fiscal (NIF) en la Agencia Tributaria si no lo posees. Seguidamente, deberás presentar el modelo 036 o 037 en la delegación de la Agencia Tributaria correspondiente a tu domicilio, indicando expresamente este código de actividad. Es recomendable aportar documentación que acredite la naturaleza de tu actividad, como planos de instalaciones, catálogos de productos o descripciones detalladas de los procesos de fabricación. Finalmente, deberás darte de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente (autónomo o empresa) y obtener la licencia municipal de actividad si tu localidad lo requiere.

Documentos necesarios

  • Número de Identidad Fiscal (NIF) o solicitud del mismo si no lo posees
  • Modelo 036 o 037 debidamente cumplimentado con el código IAE 392.1
  • Documentación acreditativa de la actividad (planos, descripciones técnicas, catálogos de productos o procesos de fabricación)
  • Documentación de inscripción en el régimen de la Seguridad Social (alta de autónomo o empresa)
  • Licencia municipal de actividad expedida por el ayuntamiento correspondiente
  • Certificado de compatibilidad ambiental o evaluación de impacto ambiental si procede

Errores comunes

  • Confundir la fabricación de material médico-quirúrgico con la venta o distribución de productos sanitarios ya fabricados; esta actividad requiere un proceso de transformación o ensamblaje que convierta los componentes en productos distintos y acabados
  • No diferenciar correctamente entre esterilización como servicio complementario (no permitida bajo este código) y esterilización como parte integral del proceso de fabricación (permitida); solo se puede esterilizar material que forme parte de los aparatos que se están fabricando
  • Olvidar que aunque el código faculta para la venta al por mayor y menor, la actividad principal debe ser la fabricación y no la comercialización de productos de terceros
  • No cumplir con la normativa específica de productos sanitarios y marcado CE cuando sea aplicable, lo que puede derivar en sanciones administrativas y penales
  • Incumplir los requisitos de seguridad e higiene en los procesos de fabricación, especialmente en lo referente a esterilización y manipulación de instrumentos médicos

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Es altamente recomendable acudir a una gestoría especializada en actividades sanitarias desde el momento del alta, ya que la fabricación de material médico-quirúrgico está sujeta a una compleja normativa que incluye la Ley de Productos Sanitarios, requisitos de marcado CE, cumplimiento de normas ISO específicas y regulaciones sobre seguridad e higiene. Un gestor experimentado te ayudará a navegar correctamente los trámites administrativos, garantizar el cumplimiento normativo y evitar errores que podrían resultar en sanciones significativas o, peor aún, en problemas legales derivados de la comercialización de productos que no cumplen los estándares de seguridad requeridos.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo fabricar aparatos de tatuajes bajo el código IAE 392.1?
Sí, siempre que el ensamblaje de piezas para fabricar aparatos de tatuajes y tratamientos estéticos suponga una transformación significativa que los convierta en productos distintos al material de origen. Además, dentro del proceso de ensamblaje puedes esterilizar las agujas que formen parte de dichos aparatos, pero no puedes ofrecer servicios de esterilización de agujas que no formen parte de tu producción de aparatos.
¿Necesito obtener el marcado CE para mis productos?
Depende del tipo de material médico-quirúrgico que fabriques. Los productos sanitarios clasificados como dispositivos médicos según la normativa vigente (Reglamento UE 2017/745) requieren marcado CE y cumplimiento de estrictos requisitos técnicos y de seguridad. Te recomendamos consultar con un gestor especializado o con la autoridad sanitaria competente para determinar si tus productos necesitan este marcado.
¿Puedo vender mis productos tanto al por mayor como al por menor con este código?
Sí, el código IAE 392.1 faculta expresamente para la venta al por mayor y al por menor de los productos que fabriques. Esto significa que puedes comercializar directamente con clientes finales, distribuidores, clínicas, hospitales u otros establecimientos sanitarios sin necesidad de códigos adicionales.
¿Soy elegible para el régimen de módulos en el IRPF?
No, la fabricación de material médico-quirúrgico (código 392.1) no es elegible para acogerse al régimen de estimación objetiva (módulos) en el IRPF. Deberás tributar por estimación directa (contabilidad completa) o, en su caso, por el sistema de estimación directa simplificada si cumples los requisitos.
¿Qué diferencia hay entre fabricar material médico-quirúrgico y distribuir productos sanitarios?
La fabricación implica un proceso de transformación, ensamblaje o elaboración de componentes que resulta en un producto acabado distinto al material de origen. La distribución es la comercialización de productos ya fabricados por terceros. Este código IAE es para fabricantes; si solo distribuyes, necesitarías un código diferente de comercio al por mayor o menor de productos sanitarios.