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IAE 427Guía completa

Guía IAE 427: Fabricación de cerveza y malta de cerveza

Por Brian Mena GómezActualizado

El código IAE 427 corresponde a la fabricación de cerveza y malta de cerveza, una actividad económica fundamental en el sector de bebidas alcohólicas en España. Este código engloba tanto la producción de cerveza en sus distintas variedades como la elaboración de malta cervecera y productos relacionados. Faculta para realizar ventas al por mayor y al por menor de los productos fabricados.

¿Qué es?

Este código IAE identifica a las empresas dedicadas a la fabricación industrial de cerveza, incluyendo todas sus variantes como cerveza corriente, pálida, negra, fuerte y otras especialidades cerveceras. Comprende también la fabricación de malta cervecera, bebidas malteadas y la obtención de subproductos derivados del proceso de fabricación como levadura de cerveza, lúpulo procesado y otros residuos aprovechables. El embotellado y envasado que se realiza conjuntamente con la fabricación también está incluido en esta actividad, permitiendo que la empresa controle toda la cadena de producción desde la materia prima hasta el producto final envasado.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código todas las empresas que se dediquen profesionalmente a la fabricación de cerveza y malta cervecera, desde pequeños productores artesanales hasta grandes cervecerías industriales. Cualquier persona física o jurídica que quiera producir cerveza, independientemente de la escala de producción o del número de variedades que elabore, debe registrarse bajo este código. También lo necesitan aquellas empresas que únicamente fabriquen malta cervecera o bebidas malteadas, así como las que se dediquen a producir subproductos derivados de la cervecería como levadura comercial o extractos de lúpulo.

Cómo darse de alta

Para darse de alta con el código IAE 427, primero deberás solicitar un número de identificación fiscal (NIF) si no lo tienes, acudiendo a la Agencia Tributaria. A continuación, deberás registrarte en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) presentando el modelo 036 o 037 en la delegación provincial de la Agencia Tributaria o a través de la sede electrónica. Es imprescindible indicar específicamente el código 427 en tu solicitud. Seguidamente, deberás inscribirse en el Registro de Actividades Alimentarias de tu comunidad autónoma, que es obligatorio para cualquier fabricante de bebidas alcohólicas. Finalmente, si tienes empleados, deberás darte de alta en la Seguridad Social como empresa y afiliación de trabajadores.

Documentos necesarios

  • NIF (Número de Identificación Fiscal) de la persona física o número de identificación de la empresa
  • Documento de identidad válido (DNI, pasaporte u otro documento oficial de identificación)
  • Certificado de registro en el Registro de Actividades Alimentarias de la comunidad autónoma correspondiente
  • Documentación sobre las instalaciones y equipos de producción (planos, certificaciones de seguridad e higiene alimentaria)
  • Justificante de domicilio fiscal de la empresa (recibo de servicios, contrato de alquiler o escritura de propiedad)
  • Licencia de actividad o permiso municipal para ejercer la actividad de fabricación de bebidas alcohólicas

Errores comunes

  • Olvidar registrarse en el Registro de Actividades Alimentarias antes de comenzar la actividad, lo que puede conllevar sanciones administrativas y la obligación de paralizar la producción hasta regularizar la situación
  • No diferenciar correctamente entre este código y otros relacionados con bebidas, como el 428 (refrescos y bebidas no alcohólicas) o el 429 (destilación de alcohol), lo que puede provocar una clasificación incorrecta de la actividad
  • Subestimar la importancia del cumplimiento normativo en materia de etiquetado, trazabilidad y seguridad alimentaria, que es especialmente rigurosa para bebidas alcohólicas
  • No actualizar el registro cuando se modifican sustancialmente los procesos de fabricación, como la introducción de nuevas variedades de cerveza o cambios en las instalaciones
  • Confundir los requisitos de este código con los de una simple distribución o venta de cerveza, sin considerar que aquí se requiere la fabricación efectiva del producto

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Se recomienda encarecidamente acudir a una gestoría especializada en alimentación y bebidas alcohólicas, ya que esta actividad está sujeta a una normativa muy compleja que incluye regulaciones sanitarias, etiquetado específico, control de alérgenos y cumplimiento de estándares de seguridad alimentaria muy estrictos. La gestoría te ayudará a navegar los trámites de registro en el Registro de Actividades Alimentarias, la obtención de la licencia municipal y el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y laborales asociadas a la fabricación de bebidas alcohólicas. Además, es fundamental contar con asesoramiento especializado para garantizar que tu proceso de fabricación cumple con la normativa de la Unión Europea relativa a bebidas alcohólicas.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo fabricar cerveza en casa y venderla con este código IAE?
No, aunque obtengas el código IAE 427, la fabricación de cerveza debe realizarse en instalaciones que cumplan con los estándares de seguridad alimentaria establecidos por la normativa. La fabricación casera no está permitida para venta comercial. Las instalaciones deben estar registradas y certificadas por las autoridades sanitarias correspondientes, y deben cumplir con los requisitos de higiene, trazabilidad y control de calidad exigidos para la producción de alimentos y bebidas alcohólicas.
¿Qué diferencia hay entre el código 427 y el código 428?
El código 427 es para la fabricación de cerveza y malta cervecera (bebidas alcohólicas), mientras que el código 428 corresponde a la fabricación de refrescos y bebidas no alcohólicas. La diferencia fundamental es el contenido alcohólico del producto final. Si tu actividad principal es fabricar cerveza u otras bebidas malteadas alcohólicas, debes usar el código 427, aunque produzcas bebidas no alcohólicas como complemento. Si tu actividad es principalmente bebidas sin alcohol, debes usar el código 428.
¿Necesito licencia municipal además del IAE para fabricar cerveza?
Sí, además del registro en el IAE debes obtener la licencia de actividad municipal que autoriza la fabricación de bebidas alcohólicas en tu ubicación específica. También es obligatorio registrarse en el Registro de Actividades Alimentarias de tu comunidad autónoma. Estos requisitos son independientes del IAE y todos ellos deben estar en vigor antes de comenzar la actividad. Sin estos registros, la actividad es ilegal y puede resultar en sanciones importantes.
¿Puedo vender cerveza al por mayor y al por menor con este código?
Sí, el código IAE 427 faculta específicamente para la venta al por mayor y al por menor de los productos fabricados. Esto significa que puedes vender directamente a consumidores finales (bar, tienda) y también a distribuidores mayoristas. Sin embargo, la venta debe ser de productos que hayas fabricado tú mismo o de subproductos derivados de tu fabricación. Si quieres vender cerveza de otros fabricantes sin producir la tuya propia, necesitarías un código diferente.
¿Cuáles son los subproductos que puedo obtener y vender con este código?
Los subproductos incluyen levadura de cerveza (utilizada en alimentación y complementos), lúpulo procesado, extractos de lúpulo, heces de cervecería y otros residuos aprovechables del proceso de fabricación. Todos estos subproductos pueden ser vendidos comercialmente siempre que cumplan con la normativa de seguridad alimentaria. Algunos de estos productos tienen valor comercial importante, especialmente la levadura de cerveza que se utiliza en industria alimentaria y farmacéutica.