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IAE 652Guía completa

Guía IAE 652: Comercio medicamentos y productos farmacéuticos y herbología

Por Brian Mena GómezActualizado

El código IAE 652 corresponde al comercio de medicamentos y productos farmacéuticos, así como herbología y productos de salud naturales. Esta actividad engloba la venta de medicamentos tanto de prescripción como de venta libre, complementos alimenticios y productos herbales con fines terapéuticos o de bienestar.

¿Qué es?

El código 652 es una clasificación fiscal para aquellos profesionales y empresas que se dedican a la comercialización de medicamentos, productos farmacéuticos y herbales. Incluye la venta de medicamentos de farmacia, productos homeopáticos, complementos alimenticios, plantas medicinales y otros productos de salud regulados. Esta actividad requiere una regulación específica por parte de las autoridades sanitarias y el cumplimiento de normativas sobre medicamentos, siendo una actividad que combina el comercio tradicional con requisitos sanitarios específicos.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código los farmacéuticos titulares de farmacias, propietarios de herboristerías, distribuidores de productos farmacéuticos, vendedores de complementos alimenticios con propiedades terapéuticas y profesionales que comercialicen productos de salud natural regulados. También es necesario para aquellos que deseen abrir una farmacia, herboristería o establecimiento de venta de medicamentos y productos de salud, ya que la Administración Tributaria necesita identificar esta actividad específica para fines fiscales y de control sanitario.

Cómo darse de alta

Para registrarse con el código IAE 652, primero debes obtener la titulación profesional requerida (Grado en Farmacia para farmacias) y realizar los trámites sanitarios ante la autoridad competente de tu comunidad autónoma. Posteriormente, debes solicitar el número de identificación fiscal (NIF) si eres persona física o constituir una sociedad mercantil si prefieres esa forma. A continuación, debes darte de alta en el censo de actividades económicas (IAE) ante la Agencia Tributaria, indicando específicamente el código 652 y proporcionando documentación que acredite tu actividad. Finalmente, debes registrarte en el régimen de la Seguridad Social que corresponda según tu situación laboral (autónomo, empresa, etc.) y solicitar la licencia de actividad en tu ayuntamiento.

Documentos necesarios

  • Título de Grado en Farmacia (para titulares de farmacias) o certificado de formación profesional en farmacia u herbología según corresponda
  • Documentación sanitaria: autorización de la Consejería de Sanidad de tu comunidad autónoma para ejercer la actividad de farmacia o herboristería
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte válido, así como certificado de antecedentes penales
  • Comprobante de domicilio del establecimiento (contrato de alquiler o escritura de propiedad)
  • Licencia de actividad expedida por el ayuntamiento del municipio donde se ubicará el establecimiento
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos sanitarios y de seguridad del local

Errores comunes

  • No obtener previamente la autorización sanitaria de la comunidad autónoma antes de solicitar el IAE, lo que puede resultar en la denegación o cancelación posterior del código
  • Confundir el código 652 con otros códigos de comercio general, cuando esta actividad tiene requisitos muy específicos y diferenciados por su naturaleza farmacéutica
  • No actualizar correctamente el IAE si se modifica la actividad (por ejemplo, pasar de vender solo medicamentos a vender también productos cosméticos o sanitarios), lo que puede generar problemas fiscales
  • Incumplir la normativa sobre conservación, almacenamiento y manipulación de medicamentos, que es obligatoria independientemente del registro fiscal
  • No registrarse correctamente en el régimen de Seguridad Social como autónomo o empresa, pensando que el IAE es suficiente para estar dado de alta

¿Necesitas una gestoría?

Es altamente recomendable acudir a una gestoría especializada en actividades farmacéuticas, ya que esta actividad combina requisitos fiscales complejos con normativas sanitarias muy específicas que varían según la comunidad autónoma. Un gestor experimentado te asesorará sobre los permisos sanitarios necesarios, la correcta clasificación del código IAE, el régimen fiscal más ventajoso (estimación directa vs. módulos, aunque estos últimos no son elegibles para este código) y el cumplimiento de obligaciones contables y laborales. Además, te ayudará a evitar errores costosos en la documentación inicial y te mantendrá informado de cambios en la normativa farmacéutica y tributaria.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo vender medicamentos sin tener el título de Grado en Farmacia?
No, la venta de medicamentos requiere obligatoriamente la supervisión de un farmacéutico titulado. Si deseas abrir una farmacia, debes ser Grado en Farmacia o contar con uno como titular responsable. Sin embargo, existen excepciones para productos de herboristería o complementos alimenticios no medicamentosos, que pueden venderse sin esta titulación específica, aunque siguen requiriendo autorización sanitaria.
¿Cuál es la diferencia entre el código 652 y una herboristería?
El código 652 engloba tanto farmacias (venta de medicamentos regulados) como herboristerías (venta de plantas medicinales y productos naturales). La diferencia principal radica en los requisitos de titulación: las farmacias requieren Grado en Farmacia, mientras que las herboristerías pueden operar con formación específica en herbología. Sin embargo, ambas se clasifican bajo el mismo código IAE 652 y deben cumplir normativas sanitarias.
¿Necesito licencia municipal además del IAE?
Sí, es obligatorio obtener la licencia de actividad del ayuntamiento de tu municipio antes o simultáneamente con el registro del IAE. El ayuntamiento verificará que el local cumple con los requisitos de salubridad, seguridad e higiene específicos para establecimientos farmacéuticos. Sin esta licencia, no puedes ejercer legalmente la actividad.
¿Puedo acumular el código 652 con otros códigos de comercio?
Sí, puedes tener varios códigos IAE si desarrollas actividades diferentes. Por ejemplo, podrías tener el código 652 para la farmacia y otro código adicional si también vendes productos de parafarmacia o cosméticos no medicamentosos. Sin embargo, cada actividad debe estar debidamente autorizada y registrada ante las autoridades sanitarias correspondientes.
¿Qué obligaciones contables y fiscales tengo con el código 652?
Con el código 652 debes llevar contabilidad completa (no puedes acogerte a módulos IRPF), presentar declaraciones trimestrales de IVA, realizar la declaración anual de la renta, mantener registros de medicamentos controlados si los vendes, y cumplir con la normativa de facturación. Además, debes conservar documentación sobre proveedores y trazabilidad de medicamentos durante al menos cinco años para auditorías sanitarias.