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IAE 672.3Guía completa

Guía IAE 672.3: Cafeterías de una taza

Por Brian Mena GómezActualizado

El código IAE 672.3 corresponde a las cafeterías de una taza, establecimientos que ofrecen un servicio básico de cafetería con una oferta limitada de productos y un modelo de negocio económico. Este código te permite ejercer la actividad de venta de bebidas calientes y productos complementarios en el propio establecimiento, siendo una opción ideal para emprendedores que desean iniciar un negocio de hostelería con una inversión contenida.

¿Qué es?

Una cafetería de una taza es un establecimiento de hostelería especializado en la venta de café y bebidas calientes, caracterizado por un servicio simplificado y una oferta de productos muy limitada. Se trata de locales pequeños que funcionan con un modelo de negocio eficiente, generalmente sin servicio de comidas completas ni espacios amplios de atención al público. Este tipo de cafetería puede ubicarse en centros hospitalarios, comercios mixtos, estaciones o espacios compartidos, adaptándose a las necesidades de consumo rápido y económico de los clientes. La actividad incluye la preparación y venta directa de bebidas calientes, infusiones y productos complementarios como bollería o snacks básicos.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código todos aquellos emprendedores que deseen abrir una cafetería con un modelo de negocio simplificado, enfocado en la venta rápida de bebidas calientes y productos básicos. Es especialmente indicado para quienes tienen presupuesto limitado y buscan un negocio con bajo coste operativo, así como para empresas que deseen añadir un servicio de cafetería en sus instalaciones (hospitales, clínicas, comercios mixtos). También es la opción adecuada si pretendes evitar la complejidad de un bar o restaurante tradicional, manteniendo una oferta muy controlada y una operativa sencilla.

Cómo darse de alta

Para darte de alta con el código IAE 672.3, debes solicitar la alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a través de la Administración Tributaria, presentando el modelo 036 o 037 según corresponda. Antes de realizar el trámite, es recomendable verificar que tu local cumple con los requisitos de licencia de actividad municipal y que dispone de las autorizaciones sanitarias necesarias para la venta de alimentos y bebidas. Deberás indicar específicamente el código 672.3 en la solicitud y proporcionar datos del domicilio del establecimiento, descripción detallada de la actividad y datos personales o mercantiles según tu forma jurídica. Una vez presentada la solicitud, la Administración Tributaria procesará tu alta y recibirás la confirmación con tu número de identificación fiscal y la constancia de registro.

Módulos IRPF

El código IAE 672.3 es elegible para el régimen de estimación objetiva (módulos IRPF), un sistema muy ventajoso para cafeterías de una taza que permite calcular el rendimiento neto de forma automática aplicando coeficientes predeterminados sobre variables como el número de empleados, la superficie del local o el volumen de compras. En el caso de cafeterías, los módulos se basan principalmente en la superficie útil del establecimiento y el volumen de ingresos estimado, lo que simplifica enormemente la gestión contable y fiscal al no requerir justificación detallada de gastos. Este régimen es especialmente recomendable para cafeterías de una taza porque el modelo de negocio es predecible y homogéneo, permitiéndote beneficiarte de una tributación más sencilla y, en muchos casos, más favorable que la estimación directa, siempre que cumplas los requisitos de volumen de ingresos y número de empleados establecidos por la normativa.

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Documentos necesarios

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte válido del solicitante
  • Número de Identificación Fiscal (NIF) o solicitud de asignación del mismo si no lo posees
  • Licencia de actividad municipal expedida por el Ayuntamiento del lugar donde ubicarás el establecimiento
  • Autorización sanitaria o certificado de cumplimiento de requisitos higiénico-sanitarios para la venta de alimentos y bebidas
  • Contrato de arrendamiento o documento acreditativo de titularidad del local
  • Modelo 036 o 037 debidamente cumplimentado para solicitar el alta en el IAE

Errores comunes

  • No solicitar previamente la licencia de actividad municipal antes de darse de alta en el IAE, lo que puede ocasionar que la Administración rechace o paralice el trámite. Es fundamental contar con la autorización del Ayuntamiento antes de comenzar cualquier gestión tributaria.
  • Confundir el código 672.3 con otros códigos de hostelería como bares (630) o restaurantes (661), eligiendo una clasificación incorrecta que no se ajusta a tu modelo de negocio. Esto puede derivar en problemas de inspección y sanciones administrativas.
  • Olvidar tramitar la autorización sanitaria o certificado de cumplimiento de requisitos higiénico-sanitarios, que es obligatorio para cualquier establecimiento que venda alimentos y bebidas. Sin este documento, no podrás obtener la licencia municipal ni el alta tributaria.
  • No actualizar el IAE si posteriormente expandes tu oferta de productos o servicios (por ejemplo, si añades comidas o cambias el modelo de negocio), lo que puede generar una clasificación incorrecta y problemas con Hacienda.
  • Realizar la solicitud sin verificar que el domicilio del establecimiento es accesible para la Administración y que cumple con los requisitos de infraestructura básica (suministro de agua, electricidad, etc.) necesarios para operar una cafetería.

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Te recomendamos acudir a una gestoría si es la primera vez que te das de alta como autónomo o si tu estructura empresarial es compleja (sociedad limitada, comunidad de bienes, etc.), ya que los gestores pueden asegurar que todos los trámites se realizan correctamente y en el orden adecuado. Especialmente importante es contar con asesoramiento profesional para coordinar la obtención de la licencia municipal, la autorización sanitaria y el alta tributaria, evitando retrasos o rechazos administrativos. Además, un gestor puede orientarte sobre el régimen fiscal más ventajoso (módulos IRPF, estimación directa o régimen simplificado del IVA) y ayudarte a optimizar tu estructura fiscal desde el inicio de la actividad.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre una cafetería de una taza (672.3) y un bar (630)?
La principal diferencia radica en la oferta de productos y servicios. Una cafetería de una taza (672.3) ofrece un servicio básico y simplificado, centrado exclusivamente en bebidas calientes y productos complementarios muy limitados, sin servicio de comidas ni bebidas alcohólicas. Un bar (630), por el contrario, tiene una oferta mucho más amplia que incluye bebidas alcohólicas, refrescos, comidas variadas y un servicio más completo. La cafetería de una taza es ideal para negocios con presupuesto limitado y modelo operativo sencillo, mientras que el bar requiere una inversión mayor y una gestión más compleja.
¿Puedo vender bebidas alcohólicas en una cafetería de una taza con código 672.3?
No, el código 672.3 está específicamente diseñado para cafeterías que ofrecen un servicio básico sin bebidas alcohólicas. Si deseas vender bebidas alcohólicas, deberías registrarte bajo el código correspondiente a bares (630) o establecimientos similares. La venta de bebidas alcohólicas requiere autorizaciones adicionales y una clasificación fiscal diferente que no es compatible con el código 672.3.
¿Necesito tener experiencia previa en hostelería para abrir una cafetería de una taza?
No es obligatorio tener experiencia previa en hostelería para abrir una cafetería de una taza, aunque es recomendable contar con conocimientos básicos sobre preparación de bebidas, atención al cliente y gestión de pequeños negocios. La simplicidad del modelo de negocio (oferta limitada y servicio básico) hace que sea una opción accesible para emprendedores sin experiencia. Sin embargo, es aconsejable formarse en temas como higiene alimentaria, legislación laboral y gestión empresarial antes de iniciar la actividad.
¿Cuál es el coste aproximado de darse de alta en el IAE con el código 672.3?
El coste de darse de alta en el IAE es muy bajo o nulo, ya que la Administración Tributaria no cobra por la presentación del modelo 036 o 037. Sin embargo, deberás asumir costes adicionales como la licencia de actividad municipal (que varía según el Ayuntamiento, generalmente entre 100 y 500 euros), la autorización sanitaria (entre 50 y 200 euros) y posiblemente los honorarios de una gestoría si decides contar con asesoramiento profesional (entre 200 y 500 euros). El coste total de los trámites administrativos suele oscilar entre 500 y 1.500 euros, dependiendo de tu localidad y si utilizas gestoría.
¿Puedo cambiar de código IAE si mi cafetería de una taza crece y expande su oferta?
Sí, puedes solicitar una modificación de tu código IAE si tu actividad cambia significativamente. Si amplías tu oferta de productos, añades comidas o cambias el modelo de negocio, deberás comunicar esta modificación a la Administración Tributaria presentando un modelo 036 o 037 actualizado con el nuevo código correspondiente. Esta actualización es importante para asegurar que tu clasificación fiscal refleja correctamente tu actividad real y evitar problemas con la Administración. Te recomendamos realizar este trámite en cuanto detectes que tu negocio ya no se ajusta a la definición de cafetería de una taza.