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IAE 682Guía completa

Guía IAE 682: Hospedaje en hostales y pensiones

Por Brian Mena GómezActualizado

El código IAE 682 corresponde al servicio de hospedaje en hostales y pensiones, una actividad fundamental en el sector turístico español. Este código te permite explotar un establecimiento de alojamiento de corta duración, ofreciendo servicios de hospedaje a viajeros y turistas. Es una actividad muy regulada que requiere cumplir con normativas específicas de seguridad, higiene y protección de datos.

¿Qué es?

El código IAE 682 identifica la actividad económica de proporcionar servicios de hospedaje en hostales y pensiones, es decir, alojamiento temporal en habitaciones compartidas o privadas con servicios básicos. Esta actividad incluye la gestión del establecimiento, la limpieza de las instalaciones, el mantenimiento de las habitaciones y la atención al cliente. Además, permite prestar servicios complementarios directamente relacionados como peluquería, lavandería, garaje, instalaciones deportivas, cambio de moneda, venta de periódicos y alquiler de equipamiento deportivo, siempre que se destinen exclusivamente a los clientes del hostal o pensión.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código todas aquellas personas físicas o jurídicas que deseen explotar un hostal o pensión ofreciendo alojamiento temporal. Los emprendedores que quieran dedicarse al turismo de alojamiento económico, propietarios de inmuebles que deseen rentabilizar sus viviendas como alojamiento turístico y empresarios del sector hotelero que busquen ampliar su cartera de servicios deben registrarse con este código. También es obligatorio para quienes ya están explotando hostales o pensiones de forma ilegal y desean regularizar su situación ante la Administración Tributaria.

Cómo darse de alta

Para darte de alta con el código IAE 682, debes dirigirte a la Agencia Tributaria (Hacienda Pública) y solicitar la inscripción en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Primero, necesitarás rellenar el modelo 036 (Declaración de inicio de actividad) o el modelo 037 si eres contribuyente de la Seguridad Social. Debes presentar la documentación requerida junto con el formulario en la delegación de la Agencia Tributaria de tu provincia o a través de internet mediante certificado digital o Cl@ve. Una vez aprobada tu solicitud, recibirás la confirmación de inscripción y podrás comenzar a ejercer la actividad. Ten en cuenta que también necesitarás obtener licencias municipales, permisos de seguridad e higiene, y registrarte en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Módulos IRPF

El código IAE 682 es elegible para el régimen de estimación objetiva (módulos) en el IRPF, lo que significa que puedes determinar tu base imponible sin necesidad de contabilidad compleja basándote en módulos predeterminados. Este régimen utiliza módulos como el número de habitaciones disponibles, la ocupación media anual, el número de empleados y otros parámetros objetivos establecidos por la Administración Tributaria. La principal ventaja es que simplificas enormemente tu gestión fiscal y contable, pagando impuestos sobre una base calculada de forma objetiva en lugar de tener que demostrar gastos e ingresos reales, lo que resulta especialmente beneficioso si tu hostal tiene márgenes variables o dificultades para documentar todos los gastos. Sin embargo, debes cumlir requisitos de volumen de ingresos, número de trabajadores y otras limitaciones establecidas anualmente por la Administración para poder acogerte a este régimen, y es fundamental asesorarte con un gestor para determinar si te conviene más el módulo o el régimen de estimación directa.

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Documentos necesarios

  • Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte) del solicitante o representante legal
  • Justificante de titularidad del inmueble o contrato de arrendamiento del local donde se ubicará el hostal o pensión
  • Certificado de compatibilidad urbanística del Ayuntamiento demostrando que el uso de hostal/pensión es permitido en esa zona
  • Proyecto de reforma o descripción de las instalaciones con planos del establecimiento indicando distribución de habitaciones y servicios
  • Documento de responsabilidad civil y seguro de establecimiento hotelero
  • Declaración de conformidad con normativas de seguridad contra incendios y accesibilidad para personas con discapacidad
  • Certificado de registro en la Comunidad Autónoma (muchas regiones requieren registro específico de alojamientos turísticos)

Errores comunes

  • No obtener la licencia municipal de actividad antes de darse de alta en IAE, lo que puede resultar en clausura del establecimiento y sanciones económicas importantes
  • Confundir el código 682 (hostales y pensiones) con el 681 (hoteles) o con códigos de alquiler de viviendas vacacionales, utilizando un código incorrecto que no refleja la verdadera naturaleza de la actividad
  • Olvidar registrarse en las comunidades autónomas que requieren inscripción específica de alojamientos turísticos, incumpliendo normativas autonómicas y pudiendo recibir sanciones
  • No cumplir con los requisitos de seguridad contra incendios, accesibilidad y sanidad establecidos por la normativa hotelera, que son obligatorios incluso para hostales pequeños
  • Prestar servicios complementarios no permitidos o destinarlos a clientes externos, lo que puede ser considerado una actividad diferente no declarada
  • No actualizar los datos de inscripción en IAE cuando cambian elementos como el domicilio, la forma jurídica o los servicios ofrecidos

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Es altamente recomendable acudir a una gestoría especializada en actividades turísticas y hostelería, especialmente si es tu primera vez gestionando un establecimiento de este tipo. Un gestor experto te ayudará a navegar los complejos requisitos legales, municipales y autonómicos, a obtener todas las licencias necesarias, a cumplir con la normativa fiscal y a optimizar tu régimen de tributación. También te asesorará sobre el régimen de estimación objetiva (módulos) que puede ser muy ventajoso para tu actividad, y te ayudará con las obligaciones contables, registros de clientes y cumplimiento de la normativa de protección de datos.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre un hostal, una pensión y un hotel según el código IAE?
La principal diferencia radica en el nivel de servicios ofrecidos y la clasificación oficial. Los hostales y pensiones (código 682) ofrecen alojamiento básico con servicios limitados, típicamente habitaciones compartidas o privadas sin servicios de comidas incluidos. Los hoteles (código 681) proporcionan servicios más completos incluyendo restaurant, recepción 24 horas y servicios adicionales. La pensión es una categoría más antigua que en la práctica actual se equipara al hostal. Es crucial registrarse con el código correcto porque afecta a tus obligaciones legales, requisitos de infraestructura y clasificación ante turistas.
¿Puedo alquilar habitaciones en mi vivienda particular y registrarme como código 682?
Depende de varios factores legales y administrativos. Si tu vivienda cumple con los requisitos técnicos de seguridad, sanidad y accesibilidad exigidos para hostales, y tienes autorización municipal para uso hostelero, técnicamente podrías registrarte. Sin embargo, muchos municipios distinguen entre alquiler de vivienda vacacional (código diferente) y hostal profesional. Debes consultar primero con el Ayuntamiento sobre la compatibilidad urbanística de tu inmueble y si permite este tipo de actividad en la zona residencial donde está ubicado. Algunos municipios solo permiten hostales en zonas específicas, por lo que es fundamental obtener la licencia municipal antes de darte de alta.
¿Qué servicios complementarios puedo ofrecer sin necesidad de códigos IAE adicionales?
Puedes ofrecer servicios complementarios como peluquería, salón de belleza, lavandería, limpieza de calzado, garaje, instalaciones deportivas, cambio de moneda, venta de periódicos, postales y alquiler de equipamiento deportivo, siempre que se exploten directamente por ti y se destinen exclusivamente a los clientes del hostal. Estos servicios no requieren códigos IAE adicionales mientras se mantengan como complementarios y no se conviertan en actividades principales. Sin embargo, si ofreces servicios como restaurant o bar con venta al público externo, necesitarías un código adicional. Es importante documentar que estos servicios son solo para clientes del hostal para evitar problemas con la Administración.
¿Necesito obtener algún certificado especial de seguridad o sanidad para registrarme como hostal?
Sí, necesitas cumplir con varios requisitos certificados antes o inmediatamente después de darte de alta. Tu establecimiento debe contar con certificado de seguridad contra incendios, cumplir con normativas de accesibilidad para personas con discapacidad, tener inspección sanitaria favorable, y poseer licencia de actividad del Ayuntamiento. Aunque técnicamente puedes darte de alta en IAE antes de tener todos estos certificados, en la práctica necesitarás mostrarlos para obtener la licencia municipal. Es recomendable tener estos documentos listos antes de iniciar el proceso de registro para evitar retrasos y posibles clausuras del establecimiento.
¿Cuáles son mis obligaciones de registro de clientes y protección de datos en un hostal?
Como hostal, tienes la obligación legal de registrar a todos los clientes en el libro de registro de huéspedes con datos como nombre completo, número de documento de identidad, nacionalidad, domicilio y fechas de entrada y salida. Este registro debe estar disponible para inspecciones de la Policía Nacional. Además, debes cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD), lo que significa que necesitas obtener consentimiento informado para procesar datos personales, implementar medidas de seguridad adecuadas, y poder demostrar cumplimiento ante inspecciones. Debes designar un responsable de protección de datos si tu volumen de datos es significativo, y establecer políticas claras sobre cómo almacenas, utilizas y eliminas la información de los clientes.