Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en transporte marítimo y actividades náuticas. Una gestoría te ayudará a navegar los complejos requisitos de la Dirección General de la Marina Mercante, la AEAT y la Seguridad Social, asegurando que tu alta se realice correctamente y sin demoras innecesarias. Los gestores especializados conocen los plazos, autorizaciones y trámites específicos del sector marítimo, evitándote errores costosos y sanciones administrativas.
Pasos para darse de alta
Obtén el Número de Identidad Fiscal (NIF)
Si eres persona física española, solicita tu NIF en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio. Si eres extranjero residente, debes obtener un NIE. Si constituyes una sociedad mercantil, el NIF se asigna automáticamente en el Registro Mercantil. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal y debe estar en vigor antes de presentar tu declaración censal.
Reúne la documentación necesaria
Prepara todos los documentos requeridos: fotocopia del NIF o NIE, certificado de registro de tu embarcación en el Registro de Buques o documento de propiedad, documentación que acredite tu capacitación profesional (licencia de navegación, certificados de competencia, etc.), y documentación del domicilio fiscal. Asegúrate de que todos los documentos estén actualizados y sean copias legibles, ya que serán verificados por la AEAT.
Presenta el Modelo 036 o 037 en la AEAT
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con tu certificado digital o Cl@ve y descarga el Modelo 036 (si eres persona jurídica o no cumples requisitos de simplificación) o el Modelo 037 (si eres persona física y cumples los requisitos de actividad simplificada). Completa todos los campos relativos a tu actividad de transporte marítimo, indicando el epígrafe 733.1, y adjunta la documentación requerida. Esta presentación constituye tu declaración censal ante la AEAT.
Registra tu embarcación y obtén autorizaciones marítimas
Antes o simultáneamente con el alta fiscal, debes inscribir tu embarcación en el Registro de Buques de la Autoridad Portuaria o en la Capitanía Marítima correspondiente. Solicita las autorizaciones necesarias para operación de transporte de cabotaje ante la Dirección General de la Marina Mercante, incluyendo permisos para líneas regulares o régimen discrecional según corresponda. Estos trámites son requisitos previos para ejercer legalmente la actividad.
Comunica tus datos a Seguridad Social y obtén el número de afiliación
Si eres autónomo, debes afiliarte a la Seguridad Social en el régimen de trabajadores autónomos del mar. Presenta la solicitud en la Tesorería de la Seguridad Social con copia de tu NIF, declaración censal aceptada y documentación de tu embarcación. Recibirás un número de afiliación que deberás utilizar en todas tus obligaciones con la Seguridad Social. Este trámite es obligatorio para poder ejercer la actividad legalmente.
Solicita el Certificado de Inscripción en el Registro de Actividades Económicas
Una vez aceptada tu declaración censal por la AEAT, recibirás automáticamente tu inscripción en el Registro de Actividades Económicas. Si lo necesitas, puedes solicitar un certificado de inscripción en la Sede Electrónica de la AEAT o en cualquier Delegación de Hacienda. Este certificado acredita tu alta como transportista marítimo y es útil para relaciones comerciales y administrativas.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 733.1?
Plazos importantes
Debes presentar tu declaración censal (Modelo 036 o 037) en la AEAT antes de comenzar tu actividad de transporte marítimo. La presentación es obligatoria en el plazo de diez días hábiles desde el inicio de la actividad. Una vez aceptada tu solicitud, estarás obligado a presentar declaraciones trimestrales del IVA (Modelo 303) si aplica, y declaración anual del IRPF (Modelo 100) antes del 30 de abril del año siguiente. Además, debes cumplir con las obligaciones de la Seguridad Social en el régimen de autónomos del mar, realizando aportaciones mensuales y presentando declaraciones trimestrales de actividad.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el epígrafe 733.1 (transporte de viajeros) con otros epígrafes de transporte marítimo como 733.2 (transporte de mercancías). Debes declarar correctamente cada actividad por separado si realizas transporte mixto, tributando independientemente por cada una. La declaración incorrecta del epígrafe puede resultar en sanciones administrativas.
- ✗Omitir las autorizaciones previas de la Dirección General de la Marina Mercante y la inscripción en el Registro de Buques. Muchos transportistas presentan la declaración censal sin haber completado estos requisitos previos, lo que invalida su actividad. Debes obtener estas autorizaciones ANTES de presentar el Modelo 036/037.
- ✗No afiliarse correctamente a la Seguridad Social en el régimen de autónomos del mar. Algunos transportistas se afilian en el régimen general de autónomos, cuando deberían hacerlo en el régimen especial del mar. Esta confusión genera problemas de cotización y derechos de protección social.
- ✗Declarar incorrectamente el domicilio fiscal o utilizar un domicilio que no es el real. La AEAT verifica esta información y puede rechazar tu solicitud o abrirte un expediente de inspección. Asegúrate de que el domicilio que declares es tu verdadero domicilio fiscal en España.
- ✗No actualizar la información censal cuando cambias de embarcación, de régimen de operación (líneas regulares a discrecional) o de características de la actividad. Estos cambios deben comunicarse a la AEAT en el plazo de diez días mediante el Modelo 036/037 modificado.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 036 y el Modelo 037?▼
¿Cuánto cuesta darse de alta como transportista marítimo de viajeros?▼
¿Necesito obtener las autorizaciones de la Marina Mercante antes de presentar el Modelo 036?▼
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta?▼
¿Puedo ejercer transporte de viajeros y mercancías con el mismo barco?▼
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