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IAE 733.4Trámites de alta

Alta IAE 733.4: Transporte marítimo de pasajeros en jet-foil

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en transporte marítimo y actividades de cabotaje. Una gestoría te ayudará a tramitar todos los permisos marítimos, a presentar correctamente el modelo 036, a gestionar tus obligaciones fiscales periódicas (IVA, IRPF si eres autónomo, etc.), y a mantener tu empresa en cumplimiento normativo. El coste de una gestoría es una inversión que te ahorrará tiempo, errores costosos y sanciones de la AEAT. Contacta con una gestoría en tu provincia que tenga experiencia específica en el sector marítimo y de transportes.

Pasos para darse de alta

1

Solicita tu número de identidad digital (Cl@ve)

Antes de iniciar cualquier trámite con la AEAT, necesitas registrarte en el sistema Cl@ve para acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Este sistema te permite realizar trámites de forma segura y telemática. Puedes registrarte en la plataforma oficial de Cl@ve indicando tu DNI, NIE o pasaporte, y estableciendo una contraseña. El registro es gratuito y te dará acceso a todos los servicios electrónicos de la administración pública.

2

Reúne la documentación necesaria para el alta

Debes preparar todos los documentos requeridos antes de presentar la solicitud de alta. Para una empresa de transporte marítimo de pasajeros en jet-foil, necesitarás documentación que acredite la legalidad de tu actividad, permisos específicos del sector marítimo, y datos fiscales. Asegúrate de tener copias legalizadas de todos los documentos y que estén actualizados, especialmente los relacionados con la autorización de explotación de la ruta y los permisos de navegación.

3

Presenta el modelo 036 en la Sede Electrónica de la AEAT

El modelo 036 es la declaración censal que debes presentar para darte de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con tu identificación Cl@ve, rellena el formulario indicando el código de epígrafe 733.4, tus datos personales o de la empresa, domicilio fiscal, y datos de contacto. Este trámite es totalmente gratuito y puedes realizarlo desde cualquier dispositivo con conexión a internet. Una vez presentado, recibirás un justificante de presentación con el número de expediente.

4

Obtén tu Número de Identificación Fiscal (NIF) si no lo tienes

Si eres una persona física sin NIF, debes solicitar uno en la Administración de Hacienda de tu provincia. Si ya tienes NIF porque ejerces otra actividad, este mismo número te servirá para el alta en el IAE. En caso de ser una sociedad mercantil, el NIF se asigna automáticamente cuando se constituye la empresa ante notario. La AEAT te asignará también un código de actividad (el 733.4 en tu caso) que aparecerá en tu certificado de alta.

5

Solicita los permisos específicos del sector marítimo

Para operar en transporte marítimo de pasajeros, necesitas obtener autorizaciones específicas de las autoridades marítimas competentes, como la Dirección General de la Marina Mercante o las autoridades portuarias. Estos permisos incluyen la autorización de explotación de la línea, certificados de navegabilidad de la embarcación, y seguros obligatorios. Debes tramitar estos permisos antes o simultáneamente con tu alta en el IAE, ya que son requisitos indispensables para ejercer la actividad legalmente.

6

Registra tu actividad en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Si tu volumen de facturación previsto supera los umbrales legales, debes darte de alta también en el IVA. Como transportista marítimo, probablemente estarás obligado a tributar por IVA, por lo que deberás presentar el modelo 036 indicando que te das de alta en este impuesto. Desde ese momento, tendrás que presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) y emitir facturas con desglose de IVA en tus servicios de transporte.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 733.4?

Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte) Solicítalo en la comisaría nacional de policía si es DNI, en la oficina de extranjería si es NIE, o en el ministerio de asuntos exteriores si es pasaporte. Debes presentar el original o una copia autenticada.
Acta de constitución y estatutos sociales (si eres empresa) Obtén una copia certificada del Registro Mercantil Provincial donde esté inscrita tu sociedad. Si acabas de constituir la empresa, la notaría te proporciona estos documentos originales.
Autorización de explotación de la línea marítima Solicítala a la Dirección General de la Marina Mercante o a la autoridad marítima competente de tu comunidad autónoma. Este documento acredita que tienes derecho a operar la ruta de transporte de pasajeros que vas a explotar.
Certificado de navegabilidad de la embarcación Obtén este certificado de la Sociedad de Clasificación o de la autoridad marítima que inspecciona tu jet-foil. Acredita que la embarcación cumple con los estándares de seguridad y navegabilidad requeridos.
Póliza de seguro de responsabilidad civil marítima Contrata una póliza con una aseguradora especializada en seguros marítimos. Este seguro es obligatorio para cualquier operador de transporte marítimo de pasajeros y debe cubrir la responsabilidad civil ante daños a terceros.
Justificante de domicilio fiscal Presenta un recibo de suministro (agua, luz, gas) a tu nombre, un contrato de alquiler, o una escritura de propiedad. El documento debe estar datado en los últimos tres meses y acreditar tu domicilio en España.
Datos bancarios para devoluciones (número de IBAN) Proporciona el número de cuenta bancaria a tu nombre donde desees que la AEAT realice devoluciones de impuestos si las hubiera. Asegúrate de que es una cuenta española activa.

Plazos importantes

Tienes un plazo de treinta días hábiles desde que comiences tu actividad para presentar el modelo 036 de alta en el IAE. Si no lo haces en este plazo, la AEAT puede sancionarte. Una vez dado de alta, debes presentar declaraciones periódicas del IVA (modelo 303) de forma trimestral si estás obligado a tributar por este impuesto. Además, si tu actividad genera ingresos superiores a sesenta mil euros anuales, deberás presentar una declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. El pago de las cuotas del IAE, si las hay, debe realizarse según el calendario que te indique la AEAT, aunque para actividades de transporte marítimo con volumen de facturación inferior a un millón de euros, generalmente no hay cuota del IAE.

Formularios online

Errores comunes

  • Indicar un código de epígrafe incorrecto: confundir el 733.4 (transporte marítimo de pasajeros en jet-foil) con otros códigos como 733.1 (transporte marítimo de pasajeros en buques de línea) o 733.2 (transporte marítimo de pasajeros en otros buques). Es fundamental que selecciones exactamente el 733.4 para que tu actividad quede correctamente clasificada.
  • No obtener los permisos marítimos antes de presentar el alta: muchos transportistas presentan el modelo 036 sin tener aún la autorización de explotación de la línea o el certificado de navegabilidad. Estos permisos son indispensables y la AEAT puede rechazar tu solicitud o anularla si no los tienes en el momento del alta.
  • Olvidar registrarse en el IVA: si tu volumen de facturación va a superar los umbrales legales, debes indicar en el modelo 036 que te das de alta también en el IVA. No hacerlo puede resultarte en sanciones y obligaciones tributarias no cumplidas.
  • Proporcionar datos incompletos o incorrectos del domicilio fiscal: si el domicilio que indicas no es verificable o no corresponde a una dirección válida en España, la AEAT puede rechazar tu solicitud. Asegúrate de que sea un domicilio donde puedas recibir notificaciones oficiales.
  • No actualizar los datos cuando cambian: si cambias de domicilio, de forma jurídica, o de titularidad de la empresa, debes comunicarlo a la AEAT mediante el modelo 036 de modificación. No hacerlo puede causar problemas con notificaciones y obligaciones fiscales futuras.
  • Confundir el modelo 036 con otros modelos: algunos emprendedores presentan el modelo 037 (versión simplificada) cuando en realidad necesitan el 036, o presentan modelos de IVA (303) cuando todavía no tienen el alta censal. El modelo 036 es siempre el primero que debes presentar para darte de alta en el IAE.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta darse de alta en el IAE como transportista marítimo de pasajeros?
El alta en el IAE es completamente gratuita. No existe ninguna tasa o cuota a pagar por presentar el modelo 036 de alta. Sin embargo, sí que tendrás que pagar las cuotas periódicas del IAE si tu volumen de facturación supera ciertos umbrales (generalmente a partir de un millón de euros anuales). Para actividades de transporte marítimo con facturación inferior a este límite, no tendrás que pagar cuota anual del IAE. Los costes que sí tendrás serán los de obtención de permisos marítimos, seguros obligatorios, y si lo necesitas, los servicios de una gestoría.
¿Qué diferencia hay entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar tanto personas físicas como jurídicas (empresas). El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden usar personas físicas que cumplan ciertos requisitos muy específicos, como tener una facturación reducida y no tener empleados. Para una actividad de transporte marítimo de pasajeros, casi con seguridad necesitarás el modelo 036, ya que se trata de una actividad compleja que requiere permisos especiales y probablemente tengas empleados (capitanes, marineros, personal administrativo). No intentes usar el 037 si no cumples estrictamente todos los requisitos, ya que la AEAT puede rechazarlo.
¿Puedo empezar a operar antes de que me confirmen el alta en el IAE?
Técnicamente, debes presentar el modelo 036 antes de comenzar tu actividad o dentro de los treinta días hábiles posteriores. Sin embargo, no puedes operar legalmente como transportista marítimo de pasajeros sin tener los permisos marítimos obligatorios (autorización de explotación, certificado de navegabilidad, seguro de responsabilidad civil). Estos permisos son independientes del IAE y son requisitos previos. Te recomendamos que primero obtengas todos los permisos marítimos y luego presentes el alta en el IAE. Si comienzas a operar sin estos permisos, incurrirás en infracciones graves de las autoridades marítimas.
¿Qué obligaciones fiscales tendré después de darme de alta?
Después de darte de alta en el IAE con el código 733.4, tendrás varias obligaciones fiscales periódicas. Si estás obligado a tributar por IVA (que es muy probable en tu caso), deberás presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 indicando el IVA repercutido a tus clientes y el IVA soportado en tus gastos. Si eres autónomo (persona física), también deberás presentar una declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. Además, deberás emitir facturas correctas con todos los datos obligatorios y guardarlas durante seis años. Si tienes empleados, tendrás obligaciones adicionales de cotización a la Seguridad Social y retención de IRPF en nóminas.
¿Necesito un NIF especial para ejercer como transportista marítimo?
No, utilizas el mismo NIF que tengas como persona física o jurídica. Si eres una persona física española, usas tu DNI como NIF. Si eres extranjero residente, necesitas solicitar un NIE que te servirá como NIF. Si eres una sociedad mercantil, recibirás un NIF corporativo cuando constituyas la empresa ante notario. La AEAT no asigna un NIF especial para cada actividad; es el mismo NIF para todas tus actividades económicas. Lo que sí cambia es el código de epígrafe del IAE (en tu caso, 733.4), que identifica la naturaleza de tu actividad de transporte marítimo.

¿Necesitas ayuda con el alta?

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