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IAE 968.2Guía completa

Guía IAE 968.2: Organización espectáculos deportivos

Por Brian Mena GómezActualizado

El código IAE 968.2 corresponde a la organización de espectáculos deportivos en instalaciones que no son de titularidad de los organizadores. Este código es fundamental para empresas y profesionales que deseen organizar eventos deportivos sin ser propietarios de las infraestructuras donde se celebran, permitiendo una gestión fiscal y administrativa clara de estas actividades.

¿Qué es?

La organización de espectáculos deportivos bajo el código 968.2 engloba todas aquellas actividades relacionadas con la planificación, coordinación y ejecución de eventos deportivos en instalaciones ajenas. Esto incluye desde competiciones profesionales de automovilismo en circuitos, pruebas de balonmano playa, eventos de atletismo, hasta competiciones de carácter no profesional organizadas en espacios públicos o convenciones deportivas. La característica distintiva es que el organizador no posee ni es titular de las instalaciones donde se desarrolla el espectáculo, alquilándolas o utilizándolas bajo autorización.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código las empresas organizadoras de eventos deportivos que no dispongan de instalaciones propias, como promotoras de pruebas automovilísticas en circuitos, empresas que organizan competiciones de fútbol playa o balonmano, gestores de convenciones deportivas, y representantes de atletas profesionales que organizan competiciones. También lo requieren las entidades que gestionan servicios públicos de centros deportivos, programas de ocio y tiempo libre, así como aquellos que organizan eventos deportivos al aire libre en espacios públicos sin ser propietarios de los mismos.

Cómo darse de alta

Para darse de alta en el código IAE 968.2, debe dirigirse a la Agencia Tributaria presentando el modelo 036 o 037 (solicitud de alta en el Censo de Empresarios). Es necesario identificar claramente que su actividad es la organización de espectáculos deportivos en instalaciones ajenas, especificando el tipo de eventos que va a organizar. Una vez presentada la solicitud, la Agencia Tributaria le asignará el código IAE correspondiente y le proporcionará el número de identificación fiscal. Es recomendable contar con asesoramiento profesional para asegurar que la actividad se clasifica correctamente y que se cumplen todos los requisitos administrativos y fiscales.

Documentos necesarios

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte del solicitante, y en caso de ser empresa, Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil
  • Modelo 036 o 037 debidamente cumplimentado y firmado, indicando el código de actividad 968.2 y descripción detallada de la actividad
  • Documentación que acredite la disponibilidad de instalaciones (contratos de alquiler, autorizaciones de uso de espacios públicos, convenios con propietarios de instalaciones deportivas)
  • Estatutos sociales en caso de constituirse como sociedad mercantil, o acta notarial de constitución del negocio
  • Justificante de domicilio del solicitante y domicilio fiscal de la empresa (recibo de servicios, contrato de arrendamiento o certificado de empadronamiento)

Errores comunes

  • Confundir este código con el 968.1 (organización de espectáculos deportivos en instalaciones propias). Es fundamental aclarar si la empresa es titular de las instalaciones o si las alquila, ya que esta distinción determina el código IAE a utilizar y tiene implicaciones fiscales diferentes
  • No documentar adecuadamente los contratos de alquiler o autorización de uso de las instalaciones deportivas, lo que puede generar problemas en caso de inspección de la Agencia Tributaria y dificultar la justificación de la actividad realizada
  • Incluir actividades que no corresponden a este código, como la venta de material deportivo, la impartición de clases o entrenamientos deportivos, o la gestión de instalaciones propias, que requieren códigos IAE diferentes y pueden derivar en una clasificación incorrecta
  • Olvidar registrarse en las autoridades locales o autonómicas competentes para la obtención de licencias de actividad o permisos específicos para la organización de eventos deportivos en espacios públicos
  • No actualizar el código IAE cuando la actividad cambia de naturaleza, por ejemplo, si posteriormente adquiere instalaciones propias o amplía su actividad a otros tipos de espectáculos

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Se recomienda encarecidamente acudir a una gestoría cuando la actividad es compleja o implica la organización de eventos de gran envergadura, especialmente si participan atletas profesionales o si se requieren permisos especiales de autoridades locales. Una gestoría puede asegurar que la clasificación del código IAE es correcta, que se cumplen todas las obligaciones fiscales y laborales (incluyendo la contratación de personal temporal para los eventos), y que se gestionan adecuadamente los contratos con propietarios de instalaciones y proveedores de servicios.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el código 968.1 y el 968.2?
La diferencia principal es la titularidad de las instalaciones. El código 968.1 corresponde a la organización de espectáculos deportivos en instalaciones que son propiedad del organizador, mientras que el 968.2 se aplica cuando el organizador utiliza instalaciones ajenas. Esta distinción es crucial para la clasificación fiscal y tiene implicaciones en la declaración de ingresos y gastos.
¿Puedo organizar eventos deportivos en espacios públicos con el código 968.2?
Sí, el código 968.2 permite organizar eventos deportivos en espacios públicos, siempre que el organizador no sea propietario de esos espacios. Sin embargo, es necesario obtener las autorizaciones correspondientes de las autoridades locales o autonómicas competentes para usar espacios públicos, y debe documentarse adecuadamente esta autorización.
¿Necesito contratar a trabajadores para organizar los espectáculos deportivos?
Dependiendo de la magnitud del evento, es probable que necesite contratar personal temporal (seguridad, personal administrativo, técnico, etc.). En este caso, debe cumplir con todas las obligaciones laborales y de seguridad social, incluyendo la afiliación de los trabajadores y la presentación de nóminas mensuales a la Agencia Tributaria.
¿Cuál es el régimen fiscal aplicable al código 968.2?
El código 968.2 NO es elegible para módulos IRPF, lo que significa que si es autónomo debe llevar contabilidad completa (libros de ingresos y gastos). Si es una sociedad mercantil, debe presentar el Impuesto sobre Sociedades. En ambos casos, debe registrar todos los ingresos derivados de la organización de eventos y los gastos asociados (alquiler de instalaciones, seguros, personal, etc.).
¿Qué documentación debo conservar para justificar la actividad ante la Agencia Tributaria?
Debe conservar los contratos de alquiler o autorización de uso de instalaciones, facturas de proveedores de servicios, nóminas de empleados, documentación de permisos y licencias obtenidas de autoridades locales, registros de ingresos por entradas o derechos de participación, y cualquier contrato con patrocinadores o terceros relacionados con los eventos organizados. Esta documentación es fundamental en caso de inspección fiscal.