El código IAE 972.1 ampara los servicios de peluquería tanto para señoras como para caballeros, incluyendo la elaboración de pelucas, postizos y servicios complementarios como manicura. Este código es uno de los más comunes en el sector de la belleza y estética personal en España, permitiendo desarrollar la actividad tanto en salón como a domicilio con carácter empresarial.
¿Qué es?
El código IAE 972.1 es la clasificación fiscal que identifica la actividad profesional de peluquería integral, abarcando corte, peinado, coloración, tratamientos capilares y servicios relacionados como manicura. Faculta específicamente para la elaboración de obras de peluquería como pelucas, postizos y añadidos, así como para prestar servicios de manicura como actividad complementaria. Esta clasificación reconoce tanto el trabajo en establecimientos fijos como la prestación de servicios a domicilio con carácter empresarial, siempre que se ejerza de forma profesional y organizada.
¿Quién lo necesita?
Necesitan este código todos aquellos profesionales que se dediquen a la peluquería de forma empresarial, ya sean peluqueros autónomos con salón propio, peluqueras que trabajen a domicilio de manera profesional, o establecimientos de peluquería con múltiples trabajadores. También lo necesitan los establecimientos que presten servicios de peluquería en hogares o centros de la tercera edad, academias de peluquería que realicen servicios como prácticas de alumnos, y cualquier persona que ofrezca servicios de manicura como actividad empresarial vinculada a la peluquería.
Cómo darse de alta
Para registrarse con el código IAE 972.1, el primer paso es solicitar el Número de Identidad Fiscal (NIF) si aún no lo tienes, dirigiéndote a la Delegación de Hacienda correspondiente. A continuación, debes darte de alta en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria, bien a través de la sede electrónica de la AEAT o presencialmente en la oficina de gestión tributaria de tu zona. En el formulario de alta (modelo 036 o 130), debes indicar específicamente el código IAE 972.1 y proporcionar información sobre el tipo de local (si tienes salón, trabajas a domicilio, etc.). Finalmente, debes registrarte en la Seguridad Social como autónomo si no lo estás ya, eligiendo la actividad correspondiente a peluquería.
Módulos IRPF
El código IAE 972.1 es plenamente elegible para el régimen de estimación objetiva (módulos) del IRPF, lo que supone una importante ventaja fiscal para muchos peluqueros autónomos. En este régimen, la base imponible se calcula aplicando módulos (porcentajes) sobre magnitudes físicas como el número de sillones de peluquería, metros cuadrados del local, o número de horas trabajadas, sin necesidad de justificar gastos reales. Este sistema es especialmente ventajoso si tienes un salón pequeño con pocos gastos o si trabajas a domicilio, ya que permite pagar menos impuestos que con estimación directa cuando los gastos reales son bajos. Los módulos aplicables varían según características como el tipo de local (propio o alquilado), la superficie útil, el número de profesionales y la zona geográfica, siendo generalmente muy favorable para peluquerías con márgenes comerciales moderados. La Agencia Tributaria publica anualmente los coeficientes de estimación objetiva para esta actividad, permitiendo calcular fácilmente la cuota antes de iniciar la actividad.
Calcular IRPF en módulos →Documentos necesarios
- •Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte válido en vigor
- •Número de Identificación Fiscal (NIF) solicitado previamente a Hacienda
- •Justificante de domicilio (recibo de servicios, contrato de alquiler o escritura si es local propio) con antigüedad no superior a tres meses
- •Formulario de alta en el censo (modelo 036 para autónomos o 130 para sociedades)
- •Contrato de alquiler o documento de propiedad del local si se dispone de establecimiento fijo
- •Declaración de actividad económica y descripción detallada de servicios a prestar
Errores comunes
- ✗No especificar correctamente si se trabaja en salón, a domicilio o ambos, lo que puede causar problemas con inspecciones posteriores y cálculo de cuotas de Seguridad Social
- ✗Olvidar solicitar la bonificación del 50% en la cuota si se prestan servicios en hogares o centros de la tercera edad, perdiendo así una ventaja fiscal importante
- ✗Confundir el código 972.1 con otros códigos de estética (como 96.02 para otros servicios de belleza), lo que puede afectar a la tributación y cobertura social
- ✗No registrarse adecuadamente en la Seguridad Social como autónomo antes de iniciar la actividad, incurriendo en infracciones laborales
- ✗Realizar actividades complementarias no declaradas (como venta de productos cosméticos sin declararla) sin solicitar códigos adicionales si es necesario
- ✗No actualizar el censo cuando cambia la forma de prestación del servicio (por ejemplo, pasar de salón a domicilio) o se amplían servicios
Códigos relacionados
¿Necesitas una gestoría?
Es recomendable acudir a una gestoría si eres nuevo en el sector o si tienes dudas sobre si tu actividad se ajusta correctamente al código 972.1, especialmente si combinas varios tipos de servicios (peluquería, manicura, venta de productos). Una gestoría te ayudará a tramitar correctamente el alta en el censo, solicitar la bonificación del 50% si aplica (servicios en tercera edad), y a elegir el régimen fiscal más ventajoso (estimación objetiva mediante módulos o estimación directa). También es aconsejable contar con asesoramiento si trabajas a domicilio, ya que existen particularidades en la tributación y en la cobertura de Seguridad Social que conviene gestionar correctamente desde el inicio.
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