Saltar al contenido

CNAE 2025 · Verificar código →

IAE 647.1vsIAE 647.2Comparativa

IAE 647.1 vs 647.2: Comercio menor productos alimenticios y bebidas vs Comercio menor productos alimenticios menos de 120 m2

IAE 647.1Alimentación

Comercio menor productos alimenticios y bebidas

Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor. Actividades adicionales: No están comprendidas en este epígrafe las actividades de comercio al por menor de carne y pescado frescos, ni la venta de tabacos. Faculta para el comercio al p

Ver ficha completa →
IAE 647.2Alimentación

Comercio menor productos alimenticios menos de 120 m2

Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas, en régimen de autoservicio o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados. Actividades adicionales: Faculta para la venta al por menor y por el mismo sistema de artí

Ver ficha completa →

¿Cuáles son las diferencias entre IAE 647.1 e IAE 647.2?

AspectoIAE 647.1IAE 647.2
Formato de venta y atención al clienteRequiere vendedor presente en el establecimiento que atienda directamente al cliente. Es un comercio tradicional con mostrador y servicio personalizado donde el dependiente selecciona y entrega los productos.Funciona en régimen de autoservicio o mixto, donde el cliente se sirve a sí mismo o hay una combinación de ambos sistemas. No es obligatoria la presencia de vendedor en todo momento para la selección de productos.
Superficie máxima del localNo tiene limitación de superficie. Puedes tener un comercio de cualquier tamaño, desde una pequeña tienda hasta un gran establecimiento, siempre que haya vendedor atendiendo.Limitado a establecimientos con sala de ventas inferior a 120 metros cuadrados. Si superas esta superficie, debes cambiar automáticamente a otro código IAE, incluso si mantienes el autoservicio.
Productos complementarios permitidosFaculta para vender jabones y artículos de limpieza del hogar. No permite la venta de droguería o perfumería, aunque sí autoriza una amplia gama de productos alimenticios elaborados y no elaborados.Permite la venta de artículos de droguería y perfumería además de productos alimenticios y bebidas. Ofrece mayor flexibilidad para complementar la oferta de alimentos con estos productos.
Actividades específicas no permitidasNo faculta para asar pollos ni vender tabaco. Sí permite la venta de comidas preparadas adquiridas sin manipulación y la distribución de piensos para animales.Tampoco permite la venta de tabaco. Las limitaciones son más simples porque se enfoca principalmente en autoservicio de productos alimenticios sin elaboración en el local.
Tipo de cliente objetivoIdeal para tiendas tradicionales que atienden a clientes que prefieren servicio personalizado y asesoramiento. Funciona bien en barrios, pueblos y zonas donde se valora la atención directa del vendedor.Orientado a pequeños supermercados, tiendas de barrio con autoservicio, minimercados y establecimientos que buscan eficiencia operativa con menor personal. Perfecto para zonas urbanas con alta rotación de clientes.

¿Cuándo elegir IAE 647.1?

Debes elegir el código 647.1 si tienes una tienda tradicional con vendedor que atiende directamente a los clientes, selecciona productos del mostrador y proporciona asesoramiento personalizado. Este código es ideal si tu modelo de negocio se basa en el servicio al cliente y la relación personalizada, sin importar el tamaño del local. También es la opción correcta si quieres vender productos alimenticios de cualquier tamaño de establecimiento y necesitas flexibilidad en la superficie disponible.

¿Cuándo elegir IAE 647.2?

Elige el código 647.2 si tienes un pequeño establecimiento en régimen de autoservicio o mixto con menos de 120 metros cuadrados de sala de ventas, como un minimercado o tienda de barrio. Este código es perfecto si tu modelo operativo reduce costes de personal permitiendo que los clientes se sirvan directamente de los productos. También es la opción correcta si deseas complementar tu oferta de alimentos con artículos de droguería y perfumería en un formato compacto y eficiente.

Confusión habitual

La confusión principal surge porque ambos códigos permiten vender productos alimenticios y bebidas, pero la diferencia fundamental está en el formato de venta y la superficie. Muchos autónomos no entienden que el límite de 120 metros cuadrados es obligatorio para el 647.2, y que superar esa superficie implica cambiar de código automáticamente. Otra fuente de error es creer que el autoservicio es opcional en el 647.2 cuando en realidad es el formato predominante que define este código.

Consejo profesional

La decisión debe basarse primero en tu modelo operativo: si tienes vendedor atendiendo y seleccionando productos, es 647.1; si es autoservicio o mixto, es 647.2. Segundo, verifica la superficie: si superas 120 metros cuadrados, no puedes usar 647.2 aunque sea autoservicio. Te recomendamos medir exactamente la sala de ventas (excluyendo almacenes, oficinas y áreas de personal) y documentar tu formato de venta para justificar ante Hacienda la elección correcta.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de 647.2 a 647.1 si amplío mi tienda a más de 120 metros cuadrados?
Sí, es obligatorio cambiar de código cuando superes los 120 metros cuadrados de sala de ventas. Debes comunicar el cambio a la Agencia Tributaria en el plazo de 30 días desde la ampliación. Si no lo haces, estarás cometiendo una infracción tributaria.
¿El 647.2 me permite vender carne fresca si tengo autoservicio?
Sí, el código 647.2 faculta para vender carnes, aves, huevos y derivados cárnicos elaborados en régimen de autoservicio o mixto. Lo importante es que no superes los 120 metros cuadrados y que mantengas el formato de autoservicio o mixto como sistema principal.
¿Qué diferencia hay entre 'autoservicio' y 'mixto' en el código 647.2?
El autoservicio puro significa que los clientes se sirven directamente de los productos expuestos. El régimen mixto combina autoservicio con algunos productos servidos por dependiente (por ejemplo, carnicería o pescadería con mostrador). Ambos formatos son válidos para el 647.2 siempre que la superficie sea menor a 120 metros cuadrados.
¿Puedo vender droguería y perfumería en el código 647.1?
No, el código 647.1 solo faculta para vender jabones y artículos de limpieza del hogar. Si deseas vender droguería y perfumería de forma significativa, deberías usar el código 647.2 (si tienes menos de 120 metros cuadrados) o considerar un código específico de droguería. El 647.1 no autoriza la venta de perfumería.
¿Cómo se miden los 120 metros cuadrados del código 647.2?
Se mide la superficie de la sala de ventas donde están expuestos los productos y circulan los clientes. No se incluyen almacenes, oficinas, áreas de personal, sanitarios, ni espacios de carga y descarga. Debes medir desde el suelo hasta el techo en el área de venta al público.

¿No estás seguro? Consulta con una gestoría

Elegir el epígrafe IAE incorrecto puede suponer sanciones. Un asesor fiscal te ayudará a elegir correctamente.

Buscar gestorías cerca de mí →