Comercio al por menor de toda clase de artículos en otros locales
Comercio al por menor de toda clase de artículos, incluyendo alimentación y bebidas, en establecimientos distintos de los especificados en el grupo 661 y en el epígrafe 662.1. Actividades adicionales: No está comprendida la venta de tabaco. Preguntas frecuentes (INFORMA AEAT): Bazares chinos. No fac
Ver ficha completa →Comercio al por menor de otras mercancías sin establecimiento
Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de otras clases de mercancías no clasificado en otras partes Actividades adicionales: Cuando ejerzan su actividad en un solo mercado o feria de carácter discontinuo o de temporada tales como mercados navideños, ferias del libro,
Ver ficha completa →¿Cuáles son las diferencias entre IAE 662.2 e IAE 663.9?
| Aspecto | IAE 662.2 | IAE 663.9 |
|---|---|---|
| Ubicación de la actividad | Requiere un establecimiento comercial permanente y fijo donde se realiza la venta al por menor. Es obligatorio contar con un local, tienda o punto de venta estable registrado en catastro. | Se ejerce sin establecimiento comercial permanente, es decir, la venta ocurre en espacios no fijos como mercadillos, ferias, a domicilio, venta ambulante o mercados discontinuos. No requiere local comercial propio. |
| Variedad y multiplicidad de artículos | Comercio mixto e integrado que vende toda clase de artículos diversos sin que predomine uno sobre otros, incluyendo obligatoriamente alimentación y bebidas. Requiere variedad, rotación e integración de productos. | Venta de otras mercancías sin establecimiento, sin la obligación de incluir alimentación y bebidas ni de mantener una multiplicidad tan diversa. Puede especializarse en categorías concretas como joyería, objetos usados o artículos de temporada. |
| Carácter de la actividad | Actividad permanente y continua durante todo el año en el mismo local comercial. El negocio opera de forma estable y regularizada en un punto fijo. | Actividad de carácter discontinuo, temporal o ambulante. Puede ser estacional (ferias navideñas, mercados de libros) o realizada en diferentes ubicaciones sin punto fijo de operación. |
| Ejemplos de actividades incluidas | Bazares chinos permanentes, tiendas de todo a 1 euro, comercios que venden cosmética, ferretería, confecciones, menaje, flores, aparatos electrónicos y bebidas alcohólicas en el mismo local fijo. | Venta ambulante de periódicos, mercadillos navideños, venta a domicilio de joyería, rastros de objetos usados y antiguos, ferias del libro, mercados discontinuos de temporada, vendedores ambulantes con productos diversos. |
| Régimen tributario municipal | Tributación ordinaria por cuota comercial en el municipio donde se ubica el establecimiento fijo. Se aplican las tarifas estándar de actividades comerciales con establecimiento. | Cuando se ejerce en un solo mercado o feria de carácter discontinuo o de temporada, tributa por una cuota mínima municipal, lo que supone una carga tributaria reducida respecto a la actividad con establecimiento. |
¿Cuándo elegir IAE 662.2?
Debes elegir el código 662.2 si tienes un local comercial permanente y fijo donde realizas venta al por menor de múltiples artículos diversos, incluyendo obligatoriamente alimentación y bebidas. Es la opción correcta para tiendas de barrio, bazares permanentes, comercios mixtos o establecimientos tipo todo a 1 euro que funcionan durante todo el año en el mismo lugar. Si tu negocio requiere una ubicación estable, catastro comercial y presencia continua, este código es el adecuado.
¿Cuándo elegir IAE 663.9?
Debes elegir el código 663.9 si vendes productos sin contar con un establecimiento comercial permanente, es decir, si trabajas como vendedor ambulante, en mercadillos, ferias, mercados discontinuos o a domicilio. Es la opción correcta para actividades de temporada como mercados navideños, ferias del libro, vendedores de periódicos ambulantes, venta a domicilio de joyería o cualquier comercio que se desplaza sin punto fijo. Si tu actividad es itinerante o estacional, este código te beneficia con una cuota tributaria mínima.
Confusión habitual
La confusión más habitual es pensar que ambos códigos sirven para vender múltiples artículos sin diferencia. Sin embargo, la distinción clave es la existencia de un establecimiento fijo y permanente: 662.2 es para tiendas con local propio, mientras que 663.9 es para vendedores ambulantes o sin local. Muchos autónomos que venden en mercadillos o ferias eligen erróneamente 662.2 cuando deberían usar 663.9, perdiendo la ventaja de la cuota mínima municipal. Igualmente, algunos que tienen tienda fija olvidan que 663.9 no es válido para ellos aunque vendan productos variados.
Consejo profesional
La decisión depende fundamentalmente de tu modelo de negocio: ¿tienes un local comercial fijo y registrado en catastro? Si es sí, usa 662.2. ¿Trabajas como ambulante, en mercadillos o ferias sin local propio? Entonces 663.9 es tu opción, además te beneficiarás de la cuota mínima si es actividad discontinua. Revisa siempre tu contrato de alquiler o propiedad del local y tu situación catastral para confirmar, ya que la Hacienda Pública verifica estos datos. Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de registrarte, porque cambiar de código después es complicado y puede generar sanciones.
Preguntas frecuentes
¿Puedo usar el código 662.2 si vendo en un mercadillo permanente que funciona todos los días?▼
¿El código 663.9 me obliga a vender solo productos específicos?▼
¿Qué ventajas fiscales tiene elegir 663.9 respecto a 662.2?▼
¿Puedo tener un almacén y seguir usando 663.9 si vendo ambulante?▼
¿Qué sucede si tengo un local pero también vendo ambulante en mercadillos?▼
¿No estás seguro? Consulta con una gestoría
Elegir el epígrafe IAE incorrecto puede suponer sanciones. Un asesor fiscal te ayudará a elegir correctamente.
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