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IAE 833.2vsIAE 833.1Comparativa

IAE 833.2 vs 833.1: Promoción inmobiliaria de edificaciones vs Promoción inmobiliaria de terrenos

IAE 833.2Inmobiliaria

Promoción inmobiliaria de edificaciones

Comprende la compra o venta de edificaciones totales y parciales en nombre y por cuenta propia, construidas directamente o por medio de terceros, todo ello con el fin de venderlos. Las cuotas de este grupo son independientes de las que puedan corresponder por la actividad de construcción. Preguntas

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IAE 833.1Inmobiliaria

Promoción inmobiliaria de terrenos

comprende la compra o venta en nombre y por cuenta propia, así como la urbanización, parcelación, etc., de terrenos, todo ello con el fin de venderlos. Las cuotas de este grupo son independientes de las que puedan corresponder por la actividad de construcción. Preguntas frecuentes (INFORMA AEAT): Co

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¿Cuáles son las diferencias entre IAE 833.2 e IAE 833.1?

AspectoIAE 833.2IAE 833.1
Objeto principal de la actividadSe centra en la compra y venta de edificaciones ya construidas o a construir, incluyendo inmuebles completos, parciales y viviendas. La actividad principal es la comercialización de construcciones terminadas o en proceso de edificación.Se centra en la compra y venta de terrenos sin edificar, así como en su urbanización y parcelación previa a la venta. El objeto es el suelo en su estado natural o urbanizado, pero sin construcciones sobre él.
Actividades incluidasComprende la dirección técnica de obras (subcontratadas), la compra de terrenos con posterior construcción de edificaciones, la rehabilitación de inmuebles usados y la venta de viviendas, solares con construcción o derechos de amarre en puertos.Incluye la urbanización, parcelación, ajardinamiento y preparación de terrenos para su venta, así como la dirección de urbanizaciones y la comercialización de solares, campos deportivos y superficies no edificadas.
Presencia de construcciónImplica siempre la existencia de una edificación construida o en construcción que será vendida como parte integral del negocio. La construcción es elemento esencial de la actividad promocional.Excluye expresamente la construcción de edificios. La actividad se limita a la preparación y venta del terreno, aunque incluya trabajos de urbanización, parcelación y mejora del suelo sin construcciones.
Tipo de inmuebles comercializadosViviendas unifamiliares y plurifamiliares, centros comerciales, oficinas, inmuebles usados y toda clase de edificaciones tanto rústicas como urbanas con construcción.Solares, parcelas, terrenos rústicos, campos de deportes sin construcciones, jardines, cementerios y superficies no edificadas, incluso después de urbanización.
Independencia de cuotas de construcciónLas cuotas de este grupo son independientes de las que correspondan por actividades de construcción realizadas directamente o por terceros bajo dirección técnica propia.Las cuotas son independientes de actividades de construcción, pero en este caso porque la construcción no forma parte de la actividad promocional del terreno.

¿Cuándo elegir IAE 833.2?

Debes elegir el código 833.2 si tu actividad principal es la compra de terrenos para construir edificaciones sobre ellos y venderlas como inmuebles terminados o en construcción. También es el correcto si te dedicas a la compraventa de edificios ya construidos, a la rehabilitación de inmuebles usados para reventa, o a la dirección técnica de obras de construcción que luego comercializarás. Si en tu negocio hay construcción de viviendas, centros comerciales, oficinas o cualquier edificación que será vendida como producto final, este es tu código.

¿Cuándo elegir IAE 833.1?

Debes elegir el código 833.1 si tu actividad se limita exclusivamente a la compra y venta de terrenos sin realizar construcciones sobre ellos. También es el correcto si te dedicas a la urbanización, parcelación y mejora de solares para su posterior venta, pero sin edificar en los mismos. Elige este código si comercializas campos deportivos, jardines, superficies no edificadas o realizas trabajos de preparación del terreno como ajardinamiento o infraestructuras, siempre que no haya construcción de edificios.

Confusión habitual

La confusión más frecuente surge cuando un promotor adquiere terreno, lo urbaniza y lo vende parcelado, pero también realiza algunas construcciones menores o accesorias. Muchos autónomos dudan si deben elegir 833.1 o 833.2 cuando el terreno incluye infraestructuras como caminos, servicios o pequeñas construcciones auxiliares. La clave está en identificar si la construcción de edificaciones destinadas a vivienda u otros usos es la actividad principal o meramente accesoria.

Consejo profesional

Para decidir correctamente, pregúntate: ¿voy a vender edificios construidos o solo terrenos? Si la respuesta es edificios (viviendas, locales comerciales, oficinas), elige 833.2. Si solo vendes terrenos urbanizados o sin urbanizar, elige 833.1. En casos mixtos donde construyes algunas viviendas en parte del terreno y vendes otras parcelas sin edificar, consulta con la Administración Tributaria, pues podrías necesitar ambos códigos o uno predominante según el volumen de cada actividad.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de código IAE si cambio mi modelo de negocio inmobiliario?
Sí, absolutamente. Si comenzaste vendiendo solo terrenos (833.1) y ahora construyes edificaciones para vender, debes comunicar el cambio a Hacienda mediante una modificación de tu actividad. La Administración Tributaria requiere que tu código refleje fielmente tu actividad actual, por lo que cualquier cambio significativo debe notificarse para evitar problemas de inspección o sanciones por declaración incorrecta.
¿Qué diferencia hay en las cuotas de autónomo entre estos dos códigos?
Las cuotas de autónomo varían según la categoría y el código elegido dentro de la actividad inmobiliaria. Generalmente, 833.2 (edificaciones) tiene una categoría más alta que 833.1 (terrenos) porque implica mayor complejidad técnica y responsabilidad. Sin embargo, las cuotas concretas dependen de tu comunidad autónoma y situación personal, por lo que debes consultar directamente con la Tesorería de la Seguridad Social o un asesor para conocer el importe exacto.
Si compro terreno, lo urbanizo y luego construyo viviendas, ¿qué código debo elegir?
En este caso, el código correcto es 833.2 (Promoción inmobiliaria de edificaciones) porque tu actividad culmina con la venta de edificaciones construidas. Aunque incluyas urbanización del terreno como fase previa, la actividad principal y el producto final son las viviendas edificadas. La urbanización es un paso intermedio dentro del proceso promocional, no la actividad determinante.
¿Puedo usar 833.1 si vendo solares ya urbanizados pero sin construir?
Sí, definitivamente. El código 833.1 es el adecuado para la venta de solares urbanizados pero sin edificaciones. La urbanización (servicios, pavimentación, infraestructuras) es parte de la actividad de preparación del terreno para su venta, no constituye construcción de edificios. Mientras no haya edificaciones sobre esos solares, debes usar 833.1.
¿Necesito licencia de actividad diferente según el código IAE que elija?
No necesariamente. Ambos códigos corresponden a actividades inmobiliarias y generalmente requieren la misma documentación básica para la licencia de actividad. Sin embargo, algunos municipios pueden tener regulaciones específicas sobre promoción inmobiliaria. Lo importante es que tu código IAE sea coherente con tu licencia de actividad y con lo que realmente haces. Si hay discrepancias, pueden surgir problemas administrativos o fiscales durante inspecciones.

¿No estás seguro? Consulta con una gestoría

Elegir el epígrafe IAE incorrecto puede suponer sanciones. Un asesor fiscal te ayudará a elegir correctamente.

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