Qué incluye el CNAE 01.24: cultivo de frutos con hueso y pepitas
Qué frutales entran en la clase 01.24, qué cultivos quedan fuera de ella y qué pasos seguir al declarar la actividad en el alta censal.

Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE. Actualizado: 2 de octubre de 2026.
El CNAE 01.24 corresponde al cultivo de frutos con hueso y pepitas: manzanas, peras, membrillos, albaricoques, cerezas, guindas, melocotones, nectarinas, ciruelas y endrinas. En esta guía repasamos qué frutales entran en la clase, qué cultivos quedan fuera de ella y cómo se declara la actividad.
¿Qué frutales incluye el CNAE 01.24?
La clase 01.24 se denomina oficialmente «Cultivo de frutos con hueso y pepitas» y es una clase de la división 01, la agricultura y la ganadería, dentro de la clasificación nacional de actividades económicas. La ficha del catálogo procede del Instituto Nacional de Estadística (INE) y su última actualización es de 10 de septiembre de 2025.
| Dato de la ficha | Valor |
|---|---|
| Código CNAE | 01.24 |
| Código íntegro | A01.24 |
| Denominación | Cultivo de frutos con hueso y pepitas |
| Nivel | Clase |
| Categoría | agricultura |
| Fuente | Instituto Nacional de Estadística (INE) |
| Última actualización | 10 de septiembre de 2025 |
| Equivalencia en la CNAE-2009 | 0124, Cultivo de frutos con hueso y pepitas |
La descripción oficial de la clase es explícita sobre lo que recoge: las frutas de pepita y las frutas de hueso. A la primera familia pertenecen las manzanas, las peras y los membrillos; a la segunda, los albaricoques, las cerezas y las guindas, los melocotones y las nectarinas, y las ciruelas y las endrinas.
El CNAE 01.24 agrupa el cultivo de frutas de pepita y de hueso, no el de mangos, lichis ni aceitunas.
Hay una equivalencia que interesa cuando arrastráis datos antiguos: en la CNAE-2009 esta misma actividad se identificaba con el código 0124 y la denominación «Cultivo de frutos con hueso y pepitas», de modo que la correspondencia entre las dos versiones de la clasificación es directa. La ficha completa está en CNAE 01.24: cultivo de frutos con hueso y pepitas.
Esta clase forma parte de la división de agricultura, cuyas categorías superiores se explican en CNAE 01 agricultura, ganadería y caza.
¿Qué cultivos quedan fuera de la clase 01.24?
Las notas de la clasificación marcan dos exclusiones que conviene revisar antes de dar por buena la clase:
- El cultivo de mangos, rambutanes y lichis, que se clasifica en el 01.22, Cultivo de frutos tropicales y subtropicales.
- El cultivo de aceitunas, que se clasifica en el 01.26, Cultivo de frutos oleaginosos.
Las dos fronteras tienen su lógica. Los frutos tropicales y subtropicales responden a condiciones de cultivo distintas de las de un manzano o un ciruelo, aunque se trate igualmente de fruta. Y la aceituna, siendo un fruto, se ordena por su destino oleaginoso y no por el tipo de árbol.
¿Con qué clases vecinas se confunde el CNAE 01.24?
Dentro de los cultivos leñosos, la división 01 reparte las explotaciones por familia de producto. Esta comparación resume dónde queda la frontera de cada clase y enlaza con su ficha:
| Clase | Denominación | Qué se cultiva |
|---|---|---|
| 01.24 | Cultivo de frutos con hueso y pepitas | manzanas, peras, membrillos, albaricoques, cerezas, guindas, melocotones, nectarinas, ciruelas y endrinas |
| 01.23 | [Cultivo de cítricos](https://www.conversoriaecnae.es/cnae/0123/cultivo-de-citricos) | la familia de los cítricos |
| 01.21 | [Cultivo de la vid](https://www.conversoriaecnae.es/cnae/0121/cultivo-de-la-vid) | la vid |
| 01.25 | [Cultivo de otros árboles y arbustos frutales y frutos secos](https://www.conversoriaecnae.es/cnae/0125/cultivo-de-otros-arboles-y-arbustos-frutales-y-frutos-secos) | los frutales que no encajan en las clases anteriores y los frutos secos |
| 01.29 | [Otros cultivos perennes](https://www.conversoriaecnae.es/cnae/0129/otros-cultivos-perennes) | los cultivos perennes no recogidos en otra clase |
Cuando una explotación mezcla varias familias, lo habitual es declarar cada cultivo bajo la clase que le corresponde: la manzana con el 01.24 y la aceituna con el 01.26, por ejemplo. Si lleváis varias parcelas y dudáis de dónde encaja cada una, esa separación es lo primero que debería confirmaros vuestra gestoría.
¿Cómo se da de alta esta actividad?
- Confirmad la clase y el código íntegro. La actividad debe quedar identificada como clase 01.24, «Cultivo de frutos con hueso y pepitas», con el código íntegro A01.24 de la clasificación.
- Descartad antes las exclusiones. Si lo que cultiváis son mangos, rambutanes, lichis o aceitunas, la clase que os corresponde es el 01.22 o el 01.26, no esta.
- Resolved el epígrafe del impuesto. El catálogo del conversor no devuelve ningún epígrafe IAE asociado a esta clase, así que el epígrafe del alta se fija con vuestra gestoría a partir de la actividad concreta que ejerzáis.
- Valid las cifras antes de presentar. Cuotas, exenciones y plazos no dependen solo del código: pedid a vuestra gestoría que los confirme sobre vuestro caso antes de la declaración censal.
¿Cómo se aplica en un caso concreto?
Pensad en una explotación familiar con tres hectáreas de manzanos y ciruelos y una parcela pequeña de olivos. La fruta de pepita y de hueso cae en la clase 01.24, porque la descripción oficial incluye expresamente ambas familias; la aceituna, en cambio, queda fuera por la nota de exclusión y se clasifica en el 01.26. En esa explotación conviven, por tanto, dos clases distintas, y la declaración debe reflejarlas por separado, cada una con su código íntegro. El epígrafe del impuesto y las cuotas aplicables los confirma vuestra gestoría sobre el caso real.
Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consultad con vuestra gestoría.
Redactado con asistencia de IA a partir de la clasificación CNAE del INE y del catálogo del Conversor IAE CNAE.
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Próximos pasos
Comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE y llevad el resultado a vuestra gestoría antes de presentar el alta: en esta clase, la clave está en separar la fruta de pepita y de hueso de los frutos tropicales y de los oleaginosos.
Preguntas frecuentes
¿Qué cultivos se clasifican en el CNAE 01.24?
Se clasifican aquí las frutas de pepita y las frutas de hueso: manzanas, peras, membrillos, albaricoques, cerezas y guindas, melocotones y nectarinas, y ciruelas y endrinas, según la descripción oficial de la clase 01.24.
¿Dónde se clasifica el cultivo de aceitunas o de frutos tropicales?
Fuera del 01.24: las notas de la clasificación remiten el cultivo de mangos, rambutanes y lichis al 01.22, de frutos tropicales y subtropicales, y el cultivo de aceitunas al 01.26, de frutos oleaginosos.
¿Qué epígrafe del IAE corresponde a una explotación de fruta de hueso?
El catálogo del conversor no devuelve ningún epígrafe IAE asociado a la clase 01.24, así que el epígrafe del alta depende de cómo se ejerza la actividad: confirmadlo con vuestra gestoría antes de presentar la declaración censal.
Fuentes: INE (clasificación CNAE) — datos verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


