CNAE 01.42: Explotación de Ganado Bovino y Búfalos
El CNAE 01.42 es la clasificación oficial española para la explotación de ganado bovino y búfalos. Pertenece a la sección A (Agricultura, ganadería,...

CNAE 01.42: Explotación de Ganado Bovino y Búfalos
¿Qué es el código CNAE 01.42?
El CNAE 01.42 es la clasificación oficial española para la explotación de ganado bovino y búfalos. Pertenece a la sección A (Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca) y se centra específicamente en actividades de cría, reproducción y producción de ganado bovino destinado a carne, así como en la crianza de ganado de tiro y toros de lidia.
Esta clase comprende:
1. Cría y reproducción de ganado bovino para carne2. Producción de esperma de ganado bovino para carne3. Cría de ganado bovino o búfalos de tiro4. Cría y reproducción de toros de lidia
Es importante destacar que el CNAE 01.42 se diferencia de otras clasificaciones ganaderas (como la lechera, CNAE 01.41) por enfocarse exclusivamente en ganado de carne y otros usos especializados, no en producción láctea.
¿Para quién es relevante el CNAE 01.42?
Este código afecta directamente a:
- Ganaderos de carne: Propietarios de explotaciones de ganado bovino destinado al mercado cárnico.
- Criadores de toros de lidia: Empresas y autónomos especializados en la reproducción de ganado para corridas de toros.
- Productores de ganado de tiro: Aquellos que crían bovinos para trabajos agrícolas o tradicionales.
- Productores de esperma bovino: Laboratorios y explotaciones que generan material genético para reproducción.
- Gestores y asesores fiscales: Profesionales que asesoran a ganaderos sobre obligaciones tributarias.
- Autónomos y pequeños ganaderos: Cualquier persona física que explote ganado bovino profesionalmente en 2026.
Si tu actividad principal es la ganadería bovina, debes registrarte con el CNAE 01.42 en tu licencia de actividad y en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
Epígrafes IAE asociados al CNAE 01.42
La administración fiscal española vincula el CNAE 01.42 con los siguientes epígrafes del IAE:
- 011: Cría de ganado bovino
- 013: Cría de ganado de otras especies (incluye toros de lidia y ganado de tiro)
- 071: Servicios agrícolas y ganaderos (en caso de servicios complementarios)
La elección del epígrafe correcto dependerá de tu actividad específica. Si tienes dudas sobre cuál te corresponde, puedes [usar nuestro buscador CNAE](https://conversoriaecnae.es/buscador-cnae) o [usar nuestro conversor IAE-CNAE gratuito](https://conversoriaecnae.es/conversor-iae-cnae) para verificarlo.
Obligaciones fiscales en 2026
Como titular de una explotación CNAE 01.42, en 2026 debes cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Registro en el IAE
Toda explotación ganadera debe estar registrada en el Impuesto de Actividades Económicas con el epígrafe correspondiente (011 o 013). Este registro es obligatorio incluso si no tienes empleados.
2. Contabilidad y facturación
- Obligación de llevar contabilidad si tus ingresos superan 600.000€ anuales.
- Facturación electrónica obligatoria en la mayoría de transacciones desde 2026.
- Conservación de registros de compra y venta de ganado.
3. Declaración de la Renta
- Si eres autónomo o persona física: declaración anual de IRPF (modelo 100).
- Opción de tributar en módulos IRPF si cumples requisitos (actividad ganadera con menos de ciertos límites de ingresos).
- Si eres sociedad mercantil: Impuesto de Sociedades (modelo 200).
4. IVA
- Presentación de declaraciones trimestrales de IVA (modelos 303).
- Posibilidad de acogerse a régimen de exención de IVA en ciertos casos de venta de ganado en vivo.
5. Obligaciones sanitarias y medioambientales
- Registro de identificación y trazabilidad del ganado (SITRAN).
- Cumplimiento de normativas de bienestar animal.
- Gestión de residuos ganaderos según legislación ambiental.
- Vacunaciones y controles veterinarios obligatorios.
6. Seguridad Social
Si eres autónomo, debes estar afiliado a la Seguridad Social como trabajador autónomo agrario, con cotizaciones mensuales obligatorias.
Módulos IRPF para ganadería bovino
En 2026, muchos ganaderos pueden optar por el régimen de módulos IRPF, una alternativa simplificada a la contabilidad tradicional. Con este sistema:
- La base imponible se calcula según parámetros fijos establecidos por Hacienda (número de cabezas, rendimiento por animal, etc.).
- No necesitas llevar contabilidad compleja.
- Presentas una declaración anual simplificada.
- Es especialmente ventajoso para pequeñas y medianas explotaciones.
Para determinar si te conviene tributar en módulos o en estimación directa, te recomendamos usar una [calculadora de módulos IRPF](https://www.modulosirpf.es/calculadora?utm_source=conversoriaecnae&utm_medium=blog&utm_campaign=ecosystem) y consultar con un asesor profesional.
Ejemplos prácticos de actividades CNAE 01.42
Ejemplo 1: Ganadero de carne
José María tiene una explotación de 150 vacas de raza Retinta destinadas a la producción de carne. Vende terneros y animales adultos a mataderos e intermediarios. Su actividad se clasifica como CNAE 01.42, epígrafe IAE 011. En 2026, declara ingresos de 180.000€ anuales y tributa en módulos IRPF.
Ejemplo 2: Criador de toros de lidia
Antonio Ruiz posee una ganadería de toros de lidia con 80 ejemplares. Vende toros para corridas de toros en ferias y fiestas. Su CNAE es 01.42, epígrafe IAE 013. Debe cumplir con registros especiales de identificación y normativas de bienestar animal muy estrictas.
Ejemplo 3: Productor de esperma bovino
Una cooperativa agraria con CNAE 01.42 produce y comercializa esperma de ganado bovino de calidad genética superior. Distribuye a otras explotaciones ganaderas. Factura electrónicamente y presenta declaraciones trimestrales de IVA.
Diferencias entre CNAE 01.42 y otros códigos de ganadería
Es importante no confundir el CNAE 01.42 con otras clasificaciones ganaderas:
| Código CNAE | Actividad | Diferencia |
|---|---|---|
| 01.41 | Cría de ganado bovino lechero | Producción de leche, no carne |
| 01.42 | Cría de ganado bovino de carne | Carne, tiros, lidia, esperma |
| 01.43 | Cría de caballos | Equinos, no bovinos |
| 01.45 | Cría de ovejas y cabras | Pequeños rumiantes |
| 01.46 | Cría de cerdos | Porcino |
La correcta clasificación es fundamental para cumplir con tus obligaciones fiscales y no incurrir en sanciones.
Asesoramiento profesional recomendado
Dada la complejidad de las obligaciones fiscales, sanitarias y medioambientales en 2026, es altamente recomendable contar con asesoramiento de profesionales especializados. Puedes encontrar [gestorías especializadas en ganadería cerca de ti](https://www.gestoriascercademi.com?utm_source=conversoriaecnae&utm_medium=blog&utm_campaign=ecosystem) para asegurar el cumplimiento correcto de todas tus obligaciones.
Preguntas Frecuentes
¿Qué actividades incluye el código CNAE 01.42?
El CNAE 01.42 comprende la cría y reproducción de ganado bovino y búfalos para carne, la producción de esperma de ganado bovino para carne, la cría de ganado bovino o búfalos de tiro, y la cría y reproducción de toros de lidia. Es una clasificación específica dentro del sector primario de ganadería.
¿Qué obligaciones fiscales tengo si tengo una explotación CNAE 01.42?
Las explotaciones con CNAE 01.42 deben registrarse en el IAE con los epígrafes 011 o 013 según corresponda. Están obligadas a llevar contabilidad (si superan 600.000€), presentar declaraciones trimestrales de IVA, hacer declaración de la Renta anual (IRPF o Impuesto de Sociedades), y cumplir con normativas sanitarias y medioambientales específicas del sector ganadero.
¿Puedo acogerme a los módulos IRPF si tengo ganado bovino?
Sí, en 2026 muchas explotaciones de ganado bovino pueden optar por tributar en módulos IRPF, una alternativa simplificada a la contabilidad tradicional. La base imponible se calcula según parámetros establecidos por la administración fiscal. Te recomendamos usar una calculadora de módulos IRPF para comparar opciones y consultar con un asesor profesional.
¿Cuál es la diferencia entre los epígrafes IAE 011 y 013 para ganadería bovino?
El epígrafe 011 corresponde a la cría y reproducción de ganado bovino en general, mientras que el 013 se asigna a actividades específicas como la cría de toros de lidia o ganado de tiro. La elección depende de la actividad principal de tu explotación. Puedes verificar cuál corresponde a tu caso usando nuestro buscador de códigos CNAE.
¿Necesito algún registro o autorización especial para explotar toros de lidia con CNAE 01.42?
Sí, la cría de toros de lidia requiere registros específicos ante las autoridades competentes de cada comunidad autónoma. Además, debes cumplir con normativas de bienestar animal, identificación y trazabilidad del ganado. Es obligatorio contar con asesoramiento especializado en este tipo de explotaciones.
¿Qué documentación debo mantener para una explotación CNAE 01.42 en 2026?
Debes mantener registros de identificación y trazabilidad del ganado, documentos sanitarios y de vacunación, registros de ventas y compras, nóminas del personal (si los tienes), facturas de gastos de explotación, y documentación contable. En 2026, la facturación electrónica es obligatoria en muchos casos. Consulta con una gestoría para cumplir correctamente.
Conclusión
El código CNAE 01.42 es la clasificación oficial para explotaciones de ganado bovino y búfalos destinados a carne, así como para criadores de toros de lidia y ganado de tiro. En 2026, cumplir correctamente con todas las obligaciones fiscales, sanitarias y medioambientales es fundamental para evitar sanciones.
Si tienes dudas sobre tu clasificación o necesitas verificar si el CNAE 01.42 es el correcto para tu actividad, [consulta nuestra guía completa sobre CNAE](https://conversoriaecnae.es/guia-cnae), [aprende qué es el CNAE](https://conversoriaecnae.es/que-es-cnae), o [usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito](https://conversoriaecnae.es/conversor-iae-cnae) para obtener respuestas inmediatas.
Recuerda que el asesoramiento profesional especializado es siempre la mejor inversión para garantizar el correcto cumplimiento de tus obligaciones como ganadero.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué actividades incluye el código CNAE 01.42?
El CNAE 01.42 comprende la cría y reproducción de ganado bovino y búfalos para carne, la producción de esperma de ganado bovino para carne, la cría de ganado bovino o búfalos de tiro, y la cría y reproducción de toros de lidia. Es una clasificación específica dentro del sector primario de ganadería.
¿Qué obligaciones fiscales tengo si tengo una explotación CNAE 01.42?
Las explotaciones con CNAE 01.42 deben registrarse en el IAE con los epígrafes 011 o 013 según corresponda. Están obligadas a llevar contabilidad, presentar declaraciones trimestrales de IVA, hacer declaración de la Renta anual (IRPF o Impuesto de Sociedades), y cumplir con normativas sanitarias y medioambientales específicas del sector ganadero.
¿Puedo accogerme a los módulos IRPF si tengo ganado bovino?
Sí, en 2026 muchas explotaciones de ganado bovino pueden optar por tributar en módulos IRPF, una alternativa simplificada a la contabilidad tradicional. La base imponible se calcula según parámetros establecidos por la administración fiscal. Te recomendamos usar una calculadora de módulos IRPF para comparar opciones y consultar con un asesor profesional.
¿Cuál es la diferencia entre los epígrafes IAE 011 y 013 para ganadería bovino?
El epígrafe 011 corresponde a la cría y reproducción de ganado bovino en general, mientras que el 013 se asigna a actividades específicas como la cría de toros de lidia o ganado de tiro. La elección depende de la actividad principal de tu explotación. Puedes verificar cuál corresponde a tu caso usando nuestro buscador de códigos CNAE.
¿Necesito algún registro o autorización especial para explotar toros de lidia con CNAE 01.42?
Sí, la cría de toros de lidia requiere registros específicos ante las autoridades competentes de cada comunidad autónoma. Además, debes cumplir con normativas de bienestar animal, identificación y trazabilidad del ganado. Es obligatorio contar con asesoramiento especializado en este tipo de explotaciones.
¿Qué documentación debo mantener para una explotación CNAE 01.42 en 2026?
Debes mantener registros de identificación y trazabilidad del ganado, documentos sanitarios y de vacunación, registros de ventas y compras, nóminas del personal (si los tienes), facturas de gastos de explotación, y documentación contable. En 2026, la facturación electrónica es obligatoria en muchos casos. Consulta con una gestoría para cumplir correctamente.
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Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


