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CNAE 35.40: Guía fiscal para intermediarios de energía y gas

Guía del CNAE 35.40 para intermediarios de electricidad y gas: obligaciones fiscales, IAE equivalente y cómo darse de alta como autónomo paso a paso.

Brian Mena
4 min de lectura
Guía del código CNAE 35.40

El CNAE 35.40 clasifica a los intermediarios y agentes que gestionan la venta de energía eléctrica y gas natural a través de redes de distribución de terceros. Si trabajáis como comercializador independiente o agente energético, este código define vuestro marco fiscal desde el primer día de actividad.

Por Hermes Editorial, especialista fiscal. Actualizado: 20 de julio de 2026.

Qué actividades cubre el CNAE 35.40

La clase 35.40 de la CNAE-2025, definida en el Real Decreto 475/2007 y actualizada por el INE, agrupa todas las actividades de intermediación en el sector energético que no implican la operación directa de redes de distribución. Según la clasificación oficial, este código comprende:

  • La intermediación en la venta de energía eléctrica a través de redes operadas por terceros.
  • La gestión de venta de combustibles gaseosos por redes de distribución ajenas.
  • Las actividades de agentes que gestionan intercambios de energía y capacidad de distribución.
  • La intermediación para la explotación de electricidad y capacidad de transporte.

El CNAE 35.40 es el código fiscal de referencia para cualquier autónomo o sociedad que actúe como intermediario en la comercialización de electricidad y gas natural sin operar infraestructura propia.

Quedan fuera de este código el almacenamiento y suministro directo por parte del productor (CNAE 35.1 y 35.2) y la intermediación para el transporte de combustibles gaseosos (CNAE 52.31). Podéis consultar el detalle completo en la página del CNAE 35.40 en el conversor.

Cómo darse de alta con el CNAE 35.40

Para daros de alta como intermediario energético, el proceso fiscal es el siguiente:

1. Alta censal (modelo 036 o 037): declarad el CNAE 35.40 como actividad principal ante la AEAT. Si también realizáis actividades de comercialización directa, necesitaréis códigos adicionales.2. Impuesto de Actividades Económicas (IAE): el epígrafe IAE más cercano es el 152 — Fabricación, distribución y comercialización de gas, aunque dependiendo del tipo concreto de intermediación podrían aplicar otros epígrafes del grupo de energía. Usad el conversor IAE-CNAE para confirmar la equivalencia exacta.3. Alta en el régimen de autónomos (RETA): si operáis como persona física, este paso es obligatorio desde el primer euro de facturación.4. Declaración censal de inicio de actividad: presentad el modelo 036 ante la AEAT antes de emitir vuestra primera factura.

| Aspecto | CNAE 35.40 | IAE 152 ||---|---|---|| Actividad | Intermediación de electricidad y gas | Fabricación, distribución y comercialización de gas || Operador de red | No (redes de terceros) | Depende del epígrafe concreto || Tipo de IVA | General (consulta a tu gestoría) | General (consulta a tu gestoría) || Retención IRPF | Variable según actividad | Variable según actividad |

Obligaciones fiscales clave

Como intermediario energético dado de alta en el CNAE 35.40, estas son vuestras obligaciones principales:

  • IVA: las comisiones por intermediación tributan al tipo general del 21%. La periodicidad de las declaraciones (mensual o trimestral) depende del volumen de operaciones y del régimen aplicable — consulta a tu gestoría para determinar el calendario exacto.
  • IRPF: tributáis por el rendimiento neto de la actividad. Si trabajáis para una comercializadora grande, verificad si aplica retención en las comisiones que os pagan.
  • Libros registro: estáis obligados a llevar el libro de ingresos y gastos y el de bienes de inversión si procede. Las facturas emitidas deben cumplir el Reglamento de Facturación.
  • IAE: salvo que la cifra de negocios supere el millón de euros, los autónomos estáis exentos del pago, pero la matrícula censal sigue siendo necesaria.

Epígrafe IAE equivalente y conversor

El CNAE 35.40 no tiene un epígrafe IAE único y directo porque la naturaleza de vuestra intermediación puede variar. El epígrafe 152 es el más próximo en el sector energético, pero siempre debéis comprobar la equivalencia exacta en el conversor IAE-CNAE antes de presentar la declaración censal. Consultad también la ficha completa del CNAE 35.40 con todos los epígrafes IAE asociados.

Si lleváis una gestoría, recordad que el criterio de la AEAT se basa en la actividad realmente ejercida, no en la denominación comercial — contrastad siempre con el cliente si su labor es puramente de intermediación o si incluye algún servicio de distribución o suministro por cuenta propia.

Preguntas frecuentes

¿Necesito el CNAE 35.40 si solo vendo electricidad, no gas?

Sí. El CNAE 35.40 cubre tanto la intermediación de energía eléctrica como la de gas natural, de forma conjunta o por separado. Si tu actividad se limita a uno de los dos vectores energéticos, este código sigue siendo el correcto.

¿Puedo compatibilizar el CNAE 35.40 con otros códigos?

Sí, un mismo autónomo o sociedad puede tener varios códigos CNAE dados de alta. Si además de intermediar en la venta de energía realizáis asesoramiento energético o instalaciones eléctricas, cada actividad debe declararse con su propio código CNAE.

Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consulta a tu gestoría.

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Próximos pasos

Comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE antes de dar el alta censal.

Preguntas frecuentes

¿Necesito el CNAE 35.40 si solo vendo electricidad, no gas?

Sí. El CNAE 35.40 cubre tanto la intermediación de energía eléctrica como la de gas natural, de forma conjunta o por separado. Si tu actividad se limita a uno de los dos vectores energéticos, este código sigue siendo el correcto.

¿Puedo compatibilizar el CNAE 35.40 con otros códigos?

Sí, un mismo autónomo o sociedad puede tener varios códigos CNAE dados de alta. Si además de intermediar en la venta de energía realizáis asesoramiento energético o instalaciones eléctricas, cada actividad debe declararse con su propio código CNAE.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social — datos del código verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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