IAE 505: Acabado de Obras - Guía Completa 2026

El IAE 505 es el epígrafe de la Administración que clasifica todas las actividades profesionales relacionadas con el acabado y finalización de obras de...

Brian Mena
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IAE 505: Acabado de Obras - Guía Completa 2026

¿Qué es el IAE 505 de Acabado de Obras?

El IAE 505 es el epígrafe de la Administración que clasifica todas las actividades profesionales relacionadas con el acabado y finalización de obras de construcción. Este código engloba trabajos de pintura, decoración, ajustes finales, revestimientos y cualquier tarea que se realice en la fase terminal de un proyecto constructivo, ya sea en edificación residencial, comercial o industrial.

Este epígrafe es fundamental para autónomos y pequeñas empresas que se dedican exclusivamente a estas tareas de acabado, diferenciándose de otras actividades constructivas como la albañilería, carpintería o instalaciones técnicas. En 2026, este código sigue siendo uno de los más demandados en el sector de la construcción debido al volumen constante de reformas y nuevas construcciones en España.

¿Para Quién es el IAE 505?

El IAE 505 está diseñado para:

  • Autónomos pintores y decoradores que realizan trabajos finales en construcción
  • Pequeñas empresas de acabados sin estructura empresarial compleja
  • Profesionales especializados en revestimientos y acabados decorativos
  • Trabajadores independientes que se dedican exclusivamente a estas tareas
  • Cooperativas de trabajo enfocadas en acabados de obras

Este epígrafe NO es apropiado si tu actividad principal es la dirección de obras, la arquitectura técnica, la construcción integral o si combinas múltiples especialidades constructivas. En esos casos, necesitarías clasificaciones diferentes dentro de la categoría de construcción.

Actividades Específicas Incluidas en IAE 505

A continuación, detallamos las actividades que quedan clasificadas bajo este epígrafe:

1. Pintura decorativa (interior y exterior)

2. Empapelado y revestimiento de paredes

3. Aplicación de esmaltes y lacas

4. Trabajos de estuco y falso techo

5. Colocación de molduras y perfiles decorativos

6. Pulido y tratamiento de suelos

7. Instalación de papel pintado y vinilo

8. Trabajos de decoración mural y artística

9. Acabados en yeso y escayola

10. Ajustes finales y retoques en obras

Cada una de estas actividades debe ser la actividad principal de tu negocio para que el IAE 505 sea la clasificación correcta. Si realizas múltiples especialidades, consulta nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para determinar tu epígrafe específico.

Obligaciones Fiscales y Administrativas en 2026

Obligaciones Tributarias

Como titular del IAE 505 en 2026, tienes las siguientes responsabilidades fiscales:

  • Presentación trimestral del modelo 303 (si no estás en régimen especial)
  • Declaración anual de IVA mediante modelo 390
  • Obligación de facturación electrónica a partir de enero 2026 (si aplica)

Declaraciones de IVA:

  • Modelo 100: Declaración anual de la renta (plazo: junio 2026)
  • Estimación directa simplificada o normal según tu volumen de negocio
  • Deducción de gastos profesionales (materiales, transporte, herramientas, seguros)

Declaración de la Renta:

  • Plazo de presentación: antes del 20 de febrero de 2026
  • Obligatorio si realizaste operaciones superiores a 3.005,06€ en 2025
  • Incluye todas las facturas emitidas y recibidas de terceros
  • Presentación telemática obligatoria a través de la Agencia Tributaria

Modelo 347 - Operaciones con Terceros (Febrero 2026):

Obligaciones ante la Seguridad Social

  • Afiliación como autónomo (régimen especial de trabajadores autónomos - RETA)
  • Cuota mensual 2026: 324,90€ en la cuota de referencia (variable según base elegida)
  • Reducción del 50% durante los 12 primeros meses de actividad
  • Bonificaciones especiales para menores de 30 años o mayores de 55 años
  • Declaración trimestral de ingresos si estás en estimación directa

Obligaciones Administrativas Locales

  • Licencia de actividad emitida por el ayuntamiento
  • Certificado de compatibilidad ambiental (si aplica según municipio)
  • Cumplimiento del RD 1627/1997 en prevención de riesgos laborales
  • Certificado en PRL (Prevención de Riesgos Laborales) recomendado
  • Seguro de responsabilidad civil (altamente recomendado, no obligatorio pero prudente)

Epígrafes IAE Relacionados

Si tu actividad incluye otras especialidades constructivas, considera estos epígrafes alternativos:

| Epígrafe | Actividad | Cuando Usar |

|----------|-----------|-------------|

| IAE 502 | Albañilería | Si realizas trabajos de estructura y mampostería |

| IAE 503 | Carpintería metálica | Si trabajas con metales y estructuras |

| IAE 504 | Carpintería de madera | Si especializas en madera y muebles |

| IAE 506 | Instalaciones técnicas | Si haces instalaciones eléctricas, fontanería |

| IAE 507 | Demolición y excavación | Si realizas trabajos de derribo |

Consulta nuestra guía sobre epígrafes IAE para conocer todas las categorías disponibles.

Cómo Obtener o Renovar tu IAE 505

Pasos para el Alta Inicial

1. Solicita cita previa en la Agencia Tributaria (online o presencial)

2. Completa el modelo 036 (solicitud de alta en el censo de actividades)

3. Presenta documentación: DNI, comprobante de domicilio, justificante de licencia municipal

4. Paga la tasa correspondiente (actualmente exento para autónomos)

5. Recibe tu número de IAE (válido indefinidamente)

Renovación Anual

A diferencia de otros regímenes, el IAE no requiere renovación anual automática. Sin embargo, debes:

  • Mantener tu situación actualizada en la Agencia Tributaria
  • Comunicar cambios de domicilio o actividad
  • Cumplir con tus obligaciones fiscales anuales

Para más detalles sobre el proceso completo, consulta nuestra guía de alta en el IAE.

Certificado de IAE: ¿Cuándo lo Necesitas?

El certificado de IAE es un documento que acredita tu inscripción en el censo de actividades. Lo necesitas para:

  • Solicitar ayudas o subvenciones
  • Participar en licitaciones públicas
  • Abrir una cuenta bancaria empresarial
  • Tramitar licencias municipales
  • Contratar con grandes clientes que lo requieren

Puedes obtenerlo gratuitamente en la Agencia Tributaria. Más información en nuestra guía del certificado de IAE.

Preguntas Frecuentes

¿Qué actividades incluye exactamente el IAE 505 de acabado de obras?

El IAE 505 engloba todas las actividades de acabado y finalización de obras de construcción, incluyendo trabajos de pintura, decoración, ajustes finales, revestimientos, colocación de elementos decorativos y cualquier tarea que se realice en la fase final de un proyecto constructivo. Estos trabajos se ejecutan una vez completada la estructura principal del edificio o reforma.

¿Cuál es la diferencia entre IAE 5056 e IAE 5055 en el acabado de obras?

Aunque el código principal es IAE 505, las variantes 5056 y 5055 representan subcategorías dentro del mismo epígrafe. El IAE 5056 se refiere específicamente a trabajos de pintura y decoración como especialidad principal, mientras que IAE 5055 puede englobar otros acabados complementarios. Sin embargo, la clasificación exacta depende de tu actividad principal. Te recomendamos usar nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para determinar tu epígrafe específico.

¿Qué obligaciones fiscales tengo como autónomo con IAE 505 en 2026?

Como titular del IAE 505 en 2026, debes: (1) Presentar declaraciones trimestrales de IVA si superas el umbral, (2) Declarar la renta anual mediante el modelo 100, (3) Presentar el modelo 347 antes del 20 de febrero si tus operaciones superan 3.005,06€ anuales (obligatorio en febrero 2026), (4) Mantener la contabilidad actualizada, (5) Declarar trimestralmente el modelo 130 si estás en régimen de estimación directa, (6) Cotizar a la Seguridad Social como autónomo.

¿Necesito licencia de actividad o permiso especial para trabajar con IAE 505?

Sí, además del IAE 505, necesitas: (1) Licencia de actividad municipal emitida por tu ayuntamiento, (2) Certificado de compatibilidad ambiental si aplica, (3) Seguro de responsabilidad civil profesional (altamente recomendado), (4) Certificado de formación en PRL (Prevención de Riesgos Laborales) si trabajas en construcción, (5) Cumplimiento normativo del RD 1627/1997 si trabajas en obras con riesgo. Consulta con tu ayuntamiento los requisitos específicos de tu municipio.

¿Cuál es la cuota de autónomo para IAE 505 en 2026?

La cuota de autónomo en 2026 para trabajadores autónomos con IAE 505 es de 324,90€ mensuales en la cuota de referencia (puede variar según tu base de cotización elegida). Tienes derecho a una reducción del 50% durante los primeros 12 meses de actividad si eres de alta inicial. Además, existen bonificaciones especiales para menores de 30 años o mayores de 55 años. Consulta con la Seguridad Social las opciones de bases de cotización disponibles.

¿Debo presentar el modelo 347 en febrero 2026 si tengo IAE 505?

Sí, si en 2025 realizaste operaciones con terceros superiores a 3.005,06€ (incluyendo IVA), debes presentar el modelo 347 antes del 20 de febrero de 2026. Este trámite es obligatorio para todos los autónomos y empresas con IAE 505. Incluye todas tus facturas emitidas y recibidas superiores al umbral. La presentación se realiza telemáticamente a través de la Agencia Tributaria.

Consejos Prácticos para Autónomos con IAE 505

Gestión Fiscal Eficiente

  • Utiliza software de facturación compatible con la Agencia Tributaria
  • Mantén registros detallados de ingresos y gastos
  • Planifica trimestralmente tus declaraciones de IVA
  • Deduce todos tus gastos: materiales, transporte, herramientas, seguros

Aspectos Legales

  • Revisa anualmente tus pólizas de seguro de responsabilidad civil
  • Cumple con la normativa PRL en cada proyecto
  • Solicita permisos municipales antes de iniciar trabajos
  • Documenta todos tus proyectos con fotografías y presupuestos

Desarrollo Profesional

  • Actualiza tus conocimientos en nuevas técnicas de acabado
  • Especialízate en nichos rentables (decoración ecológica, restauración, etc.)
  • Networking con constructoras y arquitectos
  • Obtén certificaciones en técnicas específicas

Usa Nuestro Conversor IAE-CNAE Gratuito

Si tienes dudas sobre si el IAE 505 es la clasificación correcta para tu actividad, o si necesitas convertir entre códigos IAE y CNAE, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito. Esta herramienta te ayudará a identificar el epígrafe exacto que corresponde a tu negocio.

Consulta también nuestra guía general sobre el IAE para comprender el sistema completo de clasificación de actividades económicas en España.

Conclusión

El IAE 505 de acabado de obras es la clasificación correcta si tu actividad principal es la realización de trabajos finales en proyectos de construcción: pintura, decoración, revestimientos y ajustes. En 2026, como autónomo con este epígrafe, debes cumplir con obligaciones fiscales específicas, incluyendo la presentación del modelo 347 antes del 20 de febrero si tus operaciones superan 3.005,06€.

Mantén tu documentación actualizada, cumple con la normativa local y tributaria, y considera la contratación de un asesor fiscal para optimizar tu gestión administrativa. Con una correcta clasificación y cumplimiento normativo, podrás desarrollar tu negocio de acabados de forma segura y profesional.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué actividades incluye exactamente el IAE 505 de acabado de obras?

El IAE 505 engloba todas las actividades de acabado y finalización de obras de construcción, incluyendo trabajos de pintura, decoración, ajustes finales, revestimientos, colocación de elementos decorativos y cualquier tarea que se realice en la fase final de un proyecto constructivo. Estos trabajos se ejecutan una vez completada la estructura principal del edificio o reforma.

¿Cuál es la diferencia entre IAE 5056 e IAE 5055 en el acabado de obras?

Aunque el código principal es IAE 505, las variantes 5056 y 5055 representan subcategorías dentro del mismo epígrafe. El IAE 5056 se refiere específicamente a trabajos de pintura y decoración como especialidad principal, mientras que IAE 5055 puede englobar otros acabados complementarios. Sin embargo, la clasificación exacta depende de tu actividad principal. Te recomendamos usar nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para determinar tu epígrafe específico.

¿Qué obligaciones fiscales tengo como autónomo con IAE 505 en 2026?

Como titular del IAE 505 en 2026, debes: (1) Presentar declaraciones trimestrales de IVA si superas el umbral, (2) Declarar la renta anual mediante el modelo 100, (3) Presentar el modelo 347 antes del 20 de febrero si tus operaciones superan 3.005,06€ anuales (obligatorio en febrero 2026), (4) Mantener la contabilidad actualizada, (5) Declarar trimestralmente el modelo 130 si estás en régimen de estimación directa, (6) Cotizar a la Seguridad Social como autónomo.

¿Necesito licencia de actividad o permiso especial para trabajar con IAE 505?

Sí, además del IAE 505, necesitas: (1) Licencia de actividad municipal emitida por tu ayuntamiento, (2) Certificado de compatibilidad ambiental si aplica, (3) Seguro de responsabilidad civil profesional (altamente recomendado), (4) Certificado de formación en PRL (Prevención de Riesgos Laborales) si trabajas en construcción, (5) Cumplimiento normativo del RD 1627/1997 si trabajas en obras con riesgo. Consulta con tu ayuntamiento los requisitos específicos de tu municipio.

¿Cuál es la cuota de autónomo para IAE 505 en 2026?

La cuota de autónomo en 2026 para trabajadores autónomos con IAE 505 es de 324,90€ mensuales en la cuota de referencia (puede variar según tu base de cotización elegida). Tienes derecho a una reducción del 50% durante los primeros 12 meses de actividad si eres de alta inicial. Además, existen bonificaciones especiales para menores de 30 años o mayores de 55 años. Consulta con la Seguridad Social las opciones de bases de cotización disponibles.

¿Debo presentar el modelo 347 en febrero 2026 si tengo IAE 505?

Sí, si en 2025 realizaste operaciones con terceros superiores a 3.005,06€ (incluyendo IVA), debes presentar el modelo 347 antes del 20 de febrero de 2026. Este trámite es obligatorio para todos los autónomos y empresas con IAE 505. Incluye todas tus facturas emitidas y recibidas superiores al umbral. La presentación se realiza telemáticamente a través de la Agencia Tributaria.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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