IAE 677: Servicios de Alimentación Fuera de Establecimiento 2026
El IAE 677 es la clasificación fiscal española que identifica a los profesionales y empresas que prestan servicios de alimentación fuera de un establecimiento...

IAE 677: Servicios de Alimentación Fuera de Establecimiento 2026
¿Qué es el IAE 677?
El IAE 677 es la clasificación fiscal española que identifica a los profesionales y empresas que prestan servicios de alimentación fuera de un establecimiento fijo. Esto incluye catering, venta ambulante de comidas preparadas, servicio de banquetes a domicilio y similares. En 2026, este código es obligatorio para cualquier persona que desarrolle estas actividades en territorio español y esté sujeta a tributación.
Este epígrafe se corresponde con los códigos CNAE 56.21 (Suministro de comidas preparadas) y CNAE 56.22 (Servicio de catering), que son las clasificaciones estadísticas europeas equivalentes. La diferencia principal es que el IAE es una clasificación fiscal española necesaria para tributar, mientras que CNAE es una clasificación estadística de actividades económicas.
¿Para quién es obligatorio el IAE 677?
El alta en IAE 677 es obligatoria para:
- Autónomos y empresarios individuales que prestan servicios de catering
- Vendedores ambulantes de comidas preparadas (food trucks, puestos de feria, etc.)
- Empresas de catering con o sin establecimiento fijo
- Profesionales independientes que suministran menús a domicilio
- Personas que ofrecen servicios de banquetes sin local propio
No necesitan este código quienes trabajan como empleados por cuenta ajena en empresas de catering. La obligatoriedad surge cuando tienes responsabilidad sobre la actividad, aunque sea desde casa o desde un vehículo.
Actividades Incluidas en IAE 677
El código 677 engloba un amplio rango de servicios alimentarios:
1. Catering profesional: Servicio de comidas para eventos, bodas, conferencias, reuniones empresariales
2. Venta ambulante de comidas: Food trucks, puestos en ferias, mercadillos, eventos
3. Servicio de menús a domicilio: Comidas preparadas entregadas en casa del cliente
4. Banquetes y eventos: Suministro de alimentos para celebraciones
5. Comidas para empresas: Servicios de alimentación en oficinas o fábricas
6. Servicios de buffet: Montaje y servicio de buffets en diferentes localizaciones
La característica común es que no tienes un establecimiento fijo abierto al público donde los clientes acudan a consumir. El servicio se presta en la ubicación del cliente o en espacios alquilados temporalmente.
Obligaciones Fiscales en 2026
Presentación de Declaraciones Tributarias
En abril de 2026, estamos en el segundo trimestre del año. Las obligaciones principales son:
- Modelo 303 (IVA trimestral): Debes presentar la declaración del primer trimestre de 2026 (enero-marzo) antes del 20 de abril
- Modelo 130 (IRPF trimestral): Si eres autónomo, presentar retenciones e ingresos a cuenta
- Modelo 131: Declaración de retenciones practicadas si aplica
- Campaña de la Renta 2025: Presentación en junio-julio de 2026 con la declaración anual
Régimen de IVA
Por defecto, tributas en régimen de IVA normal (21% en la mayoría de casos, aunque algunos productos alimentarios pueden estar al 10% o 4%). Tienes dos opciones:
- Régimen normal: Declarar IVA cada trimestre (modelo 303)
- Régimen de exención: Si facturas menos de 6.000 euros anuales, puedes solicitar exención de IVA
En 2026, la solicitud de exención debe hacerse mediante modelo 036 ante la Agencia Tributaria.
Libros Contables
Debes llevar:
- Libro de registro de ventas: Todas las facturas emitidas
- Libro de compras: Todas las facturas recibidas de proveedores
- Libro de ingresos y gastos: Registro diario de movimientos
Estos libros pueden ser en papel o digital (recomendado en 2026).
Facturación
Todas tus operaciones deben estar facturadas. Requisitos mínimos de factura:
- Número de factura correlativo
- Tu NIF y datos de identificación
- Fecha de la operación
- Descripción del servicio ("Servicio de catering" o similar)
- Importe total con IVA desglosado
- Datos del cliente (si es empresa, debe incluir NIF)
Licencias y Permisos Necesarios
Además del IAE, necesitas:
Licencia Municipal de Actividad
Obligatoria en todos los municipios. Trámite:
1. Solicitud en el ayuntamiento
2. Presentación de documentación (DNI, solicitud modelo 036, justificante de domicilio)
3. Pago de tasas municipales (varían según municipio)
4. Resolución (generalmente en 15-30 días)
Licencia de Actividad Comercial
Algunos municipios exigen licencia específica para venta ambulante. Consulta con tu ayuntamiento.
Certificado de Manipulador de Alimentos
Obligatorio para cualquier persona que manipule alimentos. Cursos acreditados de 4-8 horas. Válido 3 años. En 2026, puedes hacerlo online o presencial.
Registro Sanitario
Si tienes establecimiento fijo (cocina propia), necesitas registro de establecimiento alimentario en la Consejería de Sanidad de tu comunidad autónoma.
Obligaciones de Seguridad Social
Como autónomo con IAE 677:
- Afiliación obligatoria al Régimen de Autónomos de la Seguridad Social
- Cuota mensual fija (en 2026, base mínima 314,90 euros/mes, aproximadamente)
- Declaración trimestral de ingresos (modelo 130)
- Retención de IRPF: El cliente puede retener el 15% si eres autónomo
Ventajas y Desventajas del IAE 677
Ventajas
- Flexibilidad de ubicación (no necesitas local fijo)
- Bajo coste inicial (sin alquiler de local)
- Posibilidad de trabajar desde casa o con vehículo
- Escalabilidad (puedes crecer gradualmente)
Desventajas
- Mayor complejidad logística (transporte, mantenimiento de temperatura)
- Obligaciones sanitarias estrictas
- Competencia significativa en mercado
- Variabilidad de ingresos según estacionalidad
Diferencia entre IAE 677 y Otros Códigos de Alimentación
Es importante no confundir:
| Código | Actividad | Establecimiento |
|--------|-----------|------------------|
| IAE 677 | Catering, venta ambulante | Sin local fijo |
| IAE 511 | Bares, cafeterías | Con local fijo |
| IAE 512 | Restaurantes | Con local fijo |
| IAE 521 | Hoteles con restaurante | Con local fijo |
La diferencia clave es la presencia de establecimiento fijo. Si tienes un local donde los clientes pueden entrar a consumir, necesitas otro código IAE, no el 677.
Asesoramiento Profesional en 2026
Dado que estamos en abril de 2026, con obligaciones tributarias inmediatas (presentación de IVA del Q1), es recomendable contar con asesoramiento profesional. Puedes consultar nuestro directorio de gestorías para encontrar un asesor fiscal especializado en tu zona.
Asimismo, si necesitas verificar la correspondencia exacta entre tu actividad y el código IAE/CNAE, puedes usar nuestro conversor IAE-CNAE gratuito.
Pasos para Solicitar el Alta en IAE 677
1. Obtén licencia municipal (antes o simultáneamente al IAE)
2. Prepara documentación: DNI, justificante de domicilio, licencia municipal
3. Rellena modelo 036 (solicitud de alta en IAE)
4. Presenta en Agencia Tributaria o por internet (sede.agenciatributaria.gob.es)
5. Obtén certificado de IAE (necesario para bancos, proveedores, etc.)
6. Afíliate a Seguridad Social como autónomo
7. Abre cuenta bancaria a nombre del negocio
Todo el proceso toma 1-2 semanas en 2026.
Preguntas Frecuentes
¿Qué diferencia hay entre IAE 677 y CNAE 56.21?
El IAE 677 es la clasificación fiscal española para actividades de servicios de alimentación fuera de establecimiento, mientras que CNAE 56.21 (Suministro de comidas preparadas) y CNAE 56.22 (Servicio de catering) son las clasificaciones estadísticas europeas equivalentes. El IAE es obligatorio para tributación en España; el CNAE es complementario. Ambos deben coincidir en tu actividad real. Puedes verificar la correspondencia exacta en nuestro conversor IAE-CNAE gratuito.
¿Necesito licencia municipal para ejercer IAE 677 en 2026?
Sí, además del alta en IAE, necesitas licencia de actividad municipal (otorgada por el ayuntamiento). En 2026, algunos municipios exigen también licencia de actividad comercial específica para venta ambulante. Consulta con tu ayuntamiento antes de comenzar. La licencia municipal es independiente del IAE pero obligatoria para operar legalmente.
¿Qué modelo de IVA debo presentar si tengo IAE 677?
Debes presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) en los períodos establecidos. En abril de 2026, corresponde presentar el IVA del primer trimestre. Si facturas menos de 6.000 euros anuales, podrías acogerte al régimen de exención, pero debes solicitarlo. Consulta con un asesor fiscal para tu caso específico.
¿Puedo combinar IAE 677 con otra actividad en el mismo negocio?
Sí, es posible. Si tienes un restaurante con servicio de catering, necesitarás IAE 677 para el catering y posiblemente otro epígrafe para el restaurante (como IAE 511 para bares y cafeterías). Cada actividad requiere su propio epígrafe IAE. El cumplimiento de obligaciones fiscales varía según la combinación, por lo que es recomendable asesoramiento profesional.
¿Qué documentación necesito para solicitar el alta en IAE 677 en 2026?
Necesitas: DNI o NIF, solicitud modelo 036 (alta), justificante de domicilio, licencia municipal de actividad, y en algunos casos documentación de la vivienda si trabajas desde casa. Si eres extranjero, necesitas NIE. El proceso se realiza en la Agencia Tributaria. Consulta la guía completa de alta IAE para más detalles.
¿Cuáles son los principales gastos deducibles en IAE 677?
Puedes deducir: materias primas (alimentos), transporte, combustible, embalaje, alquiler de local o vehículo, servicios (agua, luz, teléfono), seguros de responsabilidad civil, y material de cocina. En 2026, los gastos deben estar justificados con facturas. No son deducibles gastos personales ni multas. Mantén todos los recibos para la declaración de la Renta.
Recursos Adicionales
Para complementar tu información sobre IAE y códigos relacionados:
- Guía completa de IAE: Información general sobre todos los epígrafes
- Certificado de IAE: Cómo obtener tu certificado de alta
- Epígrafes IAE: Listado completo de códigos IAE
- Alta en IAE: Proceso detallado de solicitud
Conclusión
El IAE 677 es la opción correcta si ofreces servicios de catering o venta ambulante de comidas sin establecimiento fijo. En 2026, las obligaciones fiscales son claras: presentación trimestral de IVA (modelo 303), declaración de IRPF (modelo 130), y cumplimiento de requisitos sanitarios y municipales.
Aunque el trámite inicial puede parecer complejo, una vez completado, la gestión es relativamente sencilla si mantienes una buena organización contable. Recuerda que contar con asesoramiento profesional desde el inicio te ahorrará problemas futuros.
Si tienes dudas sobre si tu actividad corresponde realmente a IAE 677 u otro código, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para verificarlo antes de solicitar el alta.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué diferencia hay entre IAE 677 y CNAE 56.21?
El IAE 677 es la clasificación fiscal española para actividades de servicios de alimentación fuera de establecimiento, mientras que CNAE 56.21 (Suministro de comidas preparadas) y CNAE 56.22 (Servicio de catering) son las clasificaciones estadísticas europeas equivalentes. El IAE es obligatorio para tributación en España; el CNAE es complementario. Ambos deben coincidir en tu actividad real. Puedes verificar la correspondencia exacta en nuestro conversor IAE-CNAE gratuito.
¿Necesito licencia municipal para ejercer IAE 677 en 2026?
Sí, además del alta en IAE, necesitas licencia de actividad municipal (otorgada por el ayuntamiento). En 2026, algunos municipios exigen también licencia de actividad comercial específica para venta ambulante. Consulta con tu ayuntamiento antes de comenzar. La licencia municipal es independiente del IAE pero obligatoria para operar legalmente.
¿Qué modelo de IVA debo presentar si tengo IAE 677?
Debes presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) en los períodos establecidos. En abril de 2026, corresponde presentar el IVA del primer trimestre. Si facturas menos de 6.000 euros anuales, podrías acogerte al régimen de exención, pero debes solicitarlo. Consulta con un asesor fiscal para tu caso específico.
¿Puedo combinar IAE 677 con otra actividad en el mismo negocio?
Sí, es posible. Si tienes un restaurante con servicio de catering, necesitarás IAE 677 para el catering y posiblemente otro epígrafe para el restaurante (como IAE 511 para bares y cafeterías). Cada actividad requiere su propio epígrafe IAE. El cumplimiento de obligaciones fiscales varía según la combinación, por lo que es recomendable asesoramiento profesional.
¿Qué documentación necesito para solicitar el alta en IAE 677 en 2026?
Necesitas: DNI o NIF, solicitud modelo 036 (alta), justificante de domicilio, licencia municipal de actividad, y en algunos casos documentación de la vivienda si trabajas desde casa. Si eres extranjero, necesitas NIE. El proceso se realiza en la Agencia Tributaria. Consulta la guía completa de alta IAE para más detalles.
¿Cuáles son los principales gastos deducibles en IAE 677?
Puedes deducir: materias primas (alimentos), transporte, combustible, embalaje, alquiler de local o vehículo, servicios (agua, luz, teléfono), seguros de responsabilidad civil, y material de cocina. En 2026, los gastos deben estar justificados con facturas. No son deducibles gastos personales ni multas. Mantén todos los recibos para la declaración de la Renta.
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Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


