Pasarela al RETA: traslada tu mutualidad a la Seguridad Social
La Ley 2/2026 crea una pasarela voluntaria para trasladar los derechos económicos acumulados en una mutualidad alternativa a la Seguridad Social.

La pasarela de la Ley 2/2026 permite a los profesionales colegiados que cotizaron en una mutualidad alternativa trasladar de forma voluntaria y sin coste fiscal sus derechos económicos acumulados a la Tesorería General de la Seguridad Social y convertirlos en periodos cotizados en el RETA.
Por el equipo editorial de Conversor IAE-CNAE, especialistas fiscales. Actualizado: 23 de septiembre de 2026.
Establecer una «pasarela» entre la mutualidad alternativa y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Qué es la pasarela al RETA
La pasarela al RETA es la vía que abre la Ley 2/2026, de 29 de julio, publicada en el BOE núm. 186, de 31 de julio de 2026 y en vigor desde el 1 de agosto de 2026. Modifica la Ley General de la Seguridad Social para permitir a los profesionales colegiados que estén o hayan estado en una mutualidad de previsión social alternativa recuperar su encuadramiento en el régimen de autónomos.
La norma crea una «transferencia excepcional y voluntaria» de los derechos económicos acumulados en la mutualidad a la Tesorería General de la Seguridad Social, para convertirlos en periodos cotizados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Quién puede pedirla y cuándo
Pueden solicitarla los profesionales colegiados que estén o hayan estado incluidos en una o varias mutualidades de previsión social alternativas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley. El plazo para pedirla es de un año desde la entrada en vigor del reglamento de desarrollo de esta disposición.
Hay dos límites importantes que conviene tener presentes:
- Quien la solicite no podrá tener la condición de pensionista a cargo de ningún régimen público ni de la respectiva mutualidad alternativa, salvo que se trate de una pensión de viudedad.
- La transferencia conlleva el encuadramiento obligatorio e irreversible en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Cómo se calcula la conversión
El reglamento de desarrollo, que debe aprobarse en el plazo máximo de tres meses desde la aprobación de la ley, fijará los términos y condiciones de la transferencia. Para el cálculo de los periodos cotizados se tendrá en cuenta la base mínima de cotización que habría correspondido al trabajador de haber estado incluido en el régimen de autónomos, y se aplicará un coeficiente de mejora comprendido entre el 0,67 y el 0,87.
Además, los mutualistas que hayan cumplido 52 años o más a 31 de diciembre de 2026 verán computado cada mes completo de alta y cotización en la mutualidad alternativa como un mes de alta en el RETA.
Tabla resumen: antes y después
| Aspecto | Antes de la Ley 2/2026 | Con la pasarela ||---|---|---|| Derechos acumulados | Quedaban en la mutualidad alternativa | Transferibles a la Seguridad Social || Efecto fiscal del traslado | No existía | Exento de tributación || Cuota mutualista | Sin equiparación | 86 % en 2026, 93 % en 2027 y 100 % en 2028 |
Qué supone para tus cotizaciones
La transferencia está exenta de tributación por cualquiera de las operaciones económicas derivadas de la misma. Para quienes iniciaron su actividad profesional con anterioridad al día 10 de noviembre de 1995, la ley reconoce el cómputo del tiempo en que estuvieron obligatoriamente integrados en la mutualidad sustitutiva.
Quienes hubieran causado baja en una mutualidad alternativa antes de que esta aplicara la capitalización individual y no alcancen quince años de cotización podrán suscribir un convenio especial, por una sola vez, para computar periodos de actividad anteriores, hasta un máximo de cinco años.
Lo que conviene revisar
Esta información tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento. Si cotizaste en una mutualidad alternativa o sigues en una, revisa tu historial y consulta a tu gestoría antes de decidir: cada carrera profesional es distinta y el traslado es irreversible.
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Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar la pasarela al RETA?
Los profesionales colegiados que estén o hayan estado incluidos en una o varias mutualidades de previsión social alternativas al RETA con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 2/2026.
¿Cuánto tiempo hay para solicitar el traslado?
Un año desde la entrada en vigor del reglamento de desarrollo de la disposición. La ley fija que ese reglamento debe aprobarse en un plazo máximo de tres meses desde la aprobación de la ley.
¿Tributa la transferencia de derechos económicos?
No. La ley establece que la transferencia estará exenta de tributación por cualquiera de las operaciones económicas derivadas de la misma.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social — datos del código verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


