Ayudas de 5.000 euros para autónomos de Ceuta: requisitos y plazos
La Agencia Tributaria ya admite solicitudes de la ayuda directa de 5.000 euros para autónomos de Ceuta, exenta de IRPF, hasta el 30 de noviembre de 2026.

Los autónomos de Ceuta con domicilio fiscal, establecimiento o inmuebles afectos en la ciudad entre el 30 de julio y el 3 de septiembre de 2026 pueden solicitar una ayuda directa de 5.000 euros, exenta de IRPF, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria hasta el 30 de noviembre.
Por Alma, especialista fiscal. Actualizado: 26 de septiembre de 2026.
El Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre aprobó un conjunto de medidas urgentes de apoyo a la ciudad de Ceuta tras la crisis migratoria de finales de julio. Entre ellas destaca una línea de ayudas directas para autónomos y empresas que la Agencia Tributaria tramita íntegramente por internet.
En la sección primera se configura un sistema de ayudas directas para los empresarios o autónomos de Ceuta.
Quién puede pedir la ayuda
Para acceder es necesario reunir, entre el 30 de julio y el 3 de septiembre de 2026, alguna de estas condiciones de vinculación con Ceuta: el domicilio fiscal, el establecimiento de explotación o bienes inmuebles declarados como afectos a la actividad. Además, hay que estar dado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en ese periodo y haber presentado el IRPF del ejercicio 2025 con actividades económicas y con ingresos declarados.
Las altas de 2026 también pueden optar si presentaron el modelo 036 antes del 3 de septiembre de 2026 y no comunicaron una baja censal antes del 30 de julio. Quedan excluidos los contribuyentes adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.
Cuantías: 5.000 euros para personas físicas
Los empresarios o profesionales personas físicas perciben un importe único de 5.000 euros, con independencia de su facturación. Las personas jurídicas y comunidades de bienes reciben importes escalonados en función de la cifra de negocios de 2025.
| Forma jurídica | Importe de la ayuda || --- | --- || Persona física (autónomo) | 5.000 euros || Sociedad con cifra de negocios hasta 1 millón de euros | 10.000 euros || Sociedad entre 1 y 2 millones de euros | 20.000 euros || Sociedad entre 2 y 6 millones de euros | 40.000 euros || Sociedad entre 6 y 10 millones de euros | 80.000 euros || Sociedad por encima de 10 millones de euros | 150.000 euros |
Las entidades dadas de alta en el censo en 2026 cobran 10.000 euros, sin mirar la facturación.
Cómo y hasta cuándo se solicita
La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, cumplimentando un formulario electrónico que podrá presentarse hasta el 30 de noviembre de 2026. En el formulario hay que indicar una cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante y suscribir una declaración responsable sobre la afectación negativa de la actividad y el cumplimiento de la normativa europea de ayudas de minimis.
La ayuda acordada se abonará mediante transferencia bancaria a partir del 6 de octubre de 2026. Si la Agencia Tributaria detecta un incumplimiento, el justificante incluye una propuesta de denegación con un plazo de quince días para alegaciones. Transcurridos tres meses desde el cierre del plazo sin pago, la solicitud se entiende desestimada.
Exentas de IRPF y de Sociedades
Estas ayudas están exentas de tributación, tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades. El decreto incluye además otras medidas fiscales: la bonificación por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla pasa del 50 al 60 por ciento, y en 2026 se incrementa al 10 por ciento la deducción por provisiones y gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada y la reducción del rendimiento neto de módulos en estimación objetiva.
Antes y después
| Medida | Antes | Después || --- | --- | --- || Ayuda directa a autónomos de Ceuta | No existía | 5.000 euros exentos de IRPF || Bonificación en Sociedades por rentas de Ceuta y Melilla | 50 % | 60 % || Deducción por provisiones y gastos de difícil justificación (Ceuta, 2026) | Porcentaje general | 10 % || Reducción del rendimiento neto de módulos (Ceuta, 2026) | Porcentaje general | 10 % |
Esta información tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento. Consulta a tu gestoría para valorar tu caso concreto antes de presentar la solicitud.
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Próximos pasos
Si vuestra actividad está vinculada a Ceuta y cumplís los requisitos, revisad la cuenta bancaria antes de presentar la solicitud y guardad el justificante. Para cualquier ajuste de epígrafe o de actividad derivado de estas ayudas, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puede cobrar un autónomo persona física con la ayuda de Ceuta?
Un importe único de 5.000 euros, exento de IRPF. Se solicita en la sede electrónica de la Agencia Tributaria hasta el 30 de noviembre de 2026.
¿Qué requisitos hay que cumplir para pedir la ayuda de 5.000 euros?
Tener en Ceuta el domicilio fiscal, un establecimiento de explotación o inmuebles afectos entre el 30 de julio y el 3 de septiembre de 2026, estar de alta en el censo de empresarios y haber presentado el IRPF de 2025 con ingresos de actividades económicas.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social — datos del código verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


