RDL 25/2026: ayudas al gasóleo profesional por epígrafes IAE
El Real Decreto-ley 25/2026 prorroga las ayudas al gasóleo profesional y reparte 220 millones de euros entre los epígrafes IAE del transporte por carretera.

Por Alma Redacción, especialista fiscal. Actualizado: 1 de octubre de 2026.
Los nuevos epígrafes IAE 721.1, 721.2, 721.3, 721.4, el Grupo 722 y el 729.3 identifican a los trabajadores autónomos y sociedades del transporte por carretera que pueden solicitar las ayudas al gasóleo profesional y a los carburantes aprobadas por el Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, publicado en el BOE del 30 de septiembre de 2026.
Qué cambia el Real Decreto-ley 25/2026
El Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio se publicó en el BOE núm. 241, de 30 de septiembre de 2026, páginas 127755 a 127817, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación.
La norma prorroga durante octubre, noviembre y diciembre de 2026 el paquete de medidas fiscales y de ayudas directas energéticas que venía aplicándose desde marzo. Para los autónomos afecta, sobre todo, a tres bloques: la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional, las ayudas directas al gasóleo y a los carburantes del transporte por carretera y agrario, y los tipos reducidos de IVA e impuestos especiales sobre la electricidad y el gas natural.
Ayudas al gasóleo profesional: importe y fechas
El artículo 16 fija en cero euros, desde el 1 de octubre de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, el tipo de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional regulado en el artículo 52 bis.6 de la Ley 38/1992. En su lugar, el artículo 28 prorroga la ayuda extraordinaria y temporal con estos importes por litro:
| Mes de suministro | Devolución parcial (art. 16) | Ayuda directa al gasóleo profesional (art. 28) ||---|---|---|| Octubre de 2026 | 0 euros por litro | 0,05 euros por litro || Noviembre de 2026 | 0 euros por litro | 0,12 euros por litro || Diciembre de 2026 | 0 euros por litro | 0,19 euros por litro |
Los importes de noviembre y diciembre están condicionados a la variación del IPC del gasóleo: si el tipo de gravamen aplicable al Epígrafe 1.3 del artículo 50.1 de la Ley 38/1992 fuera de 144,99 euros por 1.000 litros de tipo general y 34,01 euros por 1.000 litros de tipo especial, la ayuda de noviembre se quedará en 0,05 euros por litro. La misma cifra se aplicará en diciembre y, si el tipo fuera de 201,70 euros por 1.000 litros de tipo general y 47,30 euros por 1.000 litros de tipo especial, la ayuda de diciembre subiría a 0,12 euros por litro.
Los epígrafes IAE que pueden cobrar la ayuda directa
La ayuda del artículo 30 se dirige a profesionales del transporte terrestre por carretera que, respecto de determinados vehículos, no pueden acogerse a la devolución parcial. Son beneficiarios, según el propio texto, «los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica legalmente constituidas en España» que sean titulares de las autorizaciones de transporte VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE, de autobuses urbanos o de una autorización VT con taxi adaptado o Eurotaxi. Las actividades cubiertas se identifican por estas Tarifas IAE:
| Tarifas IAE | Actividad ||---|---|| Epígrafe 721.1 | Transporte urbano colectivo || Epígrafe 721.2 | Transporte por autotaxis || Epígrafe 721.3 | Transporte de viajeros por carretera || Epígrafe 721.4 | Transporte sanitario en ambulancias || Grupo 722 | Transporte de mercancías por carretera || Epígrafe 729.3 | Otros servicios de transportes terrestres n.c.o.p. || Epígrafe 751.4 | Explotación de autopistas, carreteras, puentes y túneles de peaje || Epígrafe 751.6 | Servicios de carga y descarga de mercancías || Grupo 757 | Servicios de mudanza || Epígrafe 756.1 | Agencias de transporte, transitarios || Epígrafe 756.9 | Otros servicios de mediación del transporte |
El importe individual depende del número y tipo de vehículo explotado: 1.800 euros para camión MDPE con MMA mayor o igual a 7,5 toneladas y 399 euros si la MMA es inferior; 180 euros para furgoneta MDLE y ambulancia VSE; 200 euros para taxis y VTC de GLP, GNC o GNL o domiciliados en Canarias, Ceuta o Melilla; 120 euros para taxis, taxi adaptado o Eurotaxi y VTC de gasolina o gasóleo; y 975 o 1.000 euros para autobuses VDE y autobuses urbanos, según el carburante y el domicilio fiscal.
«Serán beneficiarios de la ayuda los trabajadores autónomos y sociedades»: los epígrafes IAE 721.1 a 721.4, el Grupo 722 y el 729.3.
Plazo y forma de solicitud
La solicitud se presenta por vía electrónica a través de la sede de la Administración Tributaria competente, mediante el formulario habilitado al efecto, en el que se indica la cuenta bancaria designada para el pago. El plazo va del 1 de noviembre de 2026 al 31 de diciembre de 2026.
La Jefatura Central de Tráfico remite a la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, antes del 15 de octubre de 2026, un fichero con los datos del Registro Nacional de Vehículos; y los órganos competentes del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible envían a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, antes del 1 de noviembre de 2026, la información del Registro de Empresas y Actividades de Transporte. Para financiar estas ayudas, el artículo 29 aprueba un suplemento de crédito de 220 millones de euros.
Otras medidas que afectan a autónomos
El texto amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 la ayuda al gasóleo de los productores agrarios, con un importe de hasta el 70 por ciento de la diferencia entre el precio medio semanal del gasóleo agrario y el precio previo al conflicto, sin superar en ningún caso los 0,2 euros por litro. También amplía la ayuda compensatoria a las empresas armadoras de buques pesqueros, con un suplemento de crédito de 15 millones de euros.
En el ámbito de la agricultura y la ganadería, la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos del artículo 17 queda en cero euros para el gasóleo adquirido en octubre de 2026, en 14,5 euros por cada 1.000 litros para noviembre y en 41 euros por cada 1.000 litros para diciembre, con las mismas cautelas ligadas al IPC de los combustibles líquidos.
Para la electricidad y el gas natural, los artículos 18 a 21 mantienen el tipo del 10 por ciento de IVA en los suministros de energía eléctrica con potencia contratada igual o inferior a 10 kW y en los de gas natural, briquetas y pellets de biomasa y madera para leña, así como el tipo del 0,5 por ciento del Impuesto Especial sobre la Electricidad, siempre que el IPC de la electricidad supere en más de un 15 por ciento el del mismo mes del año anterior. El impuesto mínimo de ese tributo queda en 0,5 euros por megavatio-hora para usos industriales y en 1 euro por megavatio-hora para otros usos.
Las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán despedir por causa de fuerza mayor ni por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, según el artículo 36, y deberán cumplir las medidas de movilidad sostenible al trabajo del artículo 37.
Próximos pasos
Si eres autónomo, lo primero es confirmar en qué epígrafe IAE está dada de alta tu actividad: la ayuda directa del artículo 30 se asigna por Tarifas IAE y por tipo de vehículo, y la devolución parcial del gasóleo profesional se tramita por otra vía. Antes de presentar la solicitud, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE para evitar confusiones entre el Grupo 722, el 721.x y los epígrafes de servicios auxiliares.
Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal: consulta a tu gestoría para valorar tu caso concreto, sobre todo si compatibilizas varias autorizaciones de transporte. Si quieres recibir avisos como este, suscríbete a la newsletter.
Preguntas frecuentes
¿Qué epígrafes IAE pueden solicitar la ayuda directa al gasóleo?
El artículo 30 incluye los epígrafes 721.1, 721.2, 721.3, 721.4, el Grupo 722, el 729.3, el 751.4, el 751.6, el Grupo 757 y los epígrafes 756.1 y 756.9, siempre que el titular sea trabajador autónomo o sociedad con autorización de transporte.
¿Cuánto se cobra por litro de gasóleo profesional en 2026?
La ayuda del artículo 28 es de 0,05 euros por litro en octubre, 0,12 euros por litro en noviembre y 0,19 euros por litro en diciembre, con ajustes si varía el IPC del gasóleo.
¿Hasta cuándo se puede pedir la ayuda al transporte por carretera?
La solicitud se presenta por vía electrónica entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social — datos del código verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


