Actualización CNAE 35.14: Comercio de energía eléctrica → CNAE 2025
El código CNAE 35.14 (comercio de energía eléctrica) se divide en CNAE 2025 en dos actividades diferenciadas: el comercio directo de energía eléctrica (35.15) y la intermediación en el mercado energético (35.40). Esta distinción refleja la creciente complejidad del mercado eléctrico español, donde los agregadores, comercializadoras y operadores de mercado tienen roles diferenciados.
Plazo AEAT · Modelo 036
Actualiza tu CNAE antes del 30 de junio de 2026
Qué cubría el CNAE 2009 3514
Comercio de energía eléctrica. Comercialización y venta de energía eléctrica, operaciones en el mercado eléctrico mayorista y minorista, intermediación energética.
Equivalencias CNAE 2025 (2 opciones)
Este código tiene 2 equivalentes en CNAE 2025. Lee los criterios para elegir el correcto según tu actividad.
Comercio de energía eléctrica
Cuándo elegir este código
Elige este código si eres una comercializadora de electricidad que compra energía en el mercado mayorista y la vende directamente a consumidores finales (hogares o empresas).
Actividades de intermediación de energía eléctrica y gas natural
Cuándo elegir este código
Elige este código si actúas como intermediario o agregador en el mercado energético sin comprar y vender directamente: agente de mercado, agregador de demanda, broker energético, gestor de cargas.
Cómo actualizar tu CNAE en Hacienda (modelo 036)
Identificar rol en el mercado energético
Determina si compras y vendes energía directamente (comercializadora → 35.15) o si intermedias/agregas sin ser el comprador-vendedor final (35.40).
Actualizar autorización CNMC
Informa a la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia del cambio de código CNAE en tu inscripción como sujeto del mercado eléctrico.
Actualizar en IMPORTASS
Modifica el código en la Seguridad Social con el código CNAE 2025 correcto.
Plazos
El plazo de la TGSS (30 de junio de 2025) ya ha vencido. Al ser código 1:N, no hubo asignación automática — actualiza en IMPORTASS cuanto antes para normalizar tu cotización AT/EP. El plazo AEAT es antes del 1 de enero de 2027.
Quién está afectado
Comercializadoras de electricidad, brokers energéticos, agregadores de demanda, gestores de cargas para vehículos eléctricos, agentes del mercado eléctrico.
Errores comunes al migrar este código
Usar 35.15 cuando la actividad real es de intermediación o agregación (debería ser 35.40)
No notificar a la CNMC el cambio de código CNAE
Confundir con 35.11 (producción de electricidad) o 35.12 (renovables)
Preguntas frecuentes
¿Las comercializadoras de último recurso (CUR) usan 35.15?
¿Un agregador de autoconsumo colectivo qué código usa?
¿La TGSS ya actualizó mi código automáticamente?
¿Debo presentar el modelo 036 aunque el número no cambie?
¿Debo presentar el modelo 036 aunque el número no cambie?
Fuentes oficiales
- CNAE 2025 - INE
- IMPORTASS - Seguridad Social
- CNMC - Comisión Nacional de Mercados y la Competencia
- OMIE - Operador del Mercado Ibérico de Energía