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CNAE 2009 3515Guía de ActualizaciónPlazo AEAT:días · 30 jun 2026

Actualización CNAE 2009 35.15 → CNAE 2025: Producción de energía hidroeléctrica

El código CNAE 2009 35.15 (Producción de energía hidroeléctrica) se divide en dos códigos CNAE 2025: 35.12 y 35.16. Deberás elegir según si tu actividad es producción o almacenamiento de energía.

días

Plazo AEAT · Modelo 036

Actualiza tu CNAE antes del 30 de junio de 2026

Qué cubría el CNAE 2009 3515

El código CNAE 2009 35.15 cubría la producción de electricidad mediante centrales hidroeléctricas, incluyendo centrales de embalse, centrales fluyentes, minicentrales y centrales de bombeo.

Equivalencias CNAE 2025 (2 opciones)

Este código tiene 2 equivalentes en CNAE 2025. Lee los criterios para elegir el correcto según tu actividad.

1
CNAE 35.12

Producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables

Ver código

Cuándo elegir este código

Selecciona este código si produces electricidad mediante centrales hidroeléctricas convencionales (embalse, fluyente, minicentral).

2
CNAE 35.16

Almacenamiento de energía eléctrica

Ver código

Cuándo elegir este código

Selecciona este código si operas centrales de bombeo cuya función principal es el almacenamiento de energía (bombeo durante horas valle, generación en punta).

Cómo actualizar tu CNAE en Hacienda (modelo 036)

1

Identifica tu actividad principal

Determina si tu central es de producción hidroeléctrica (35.12) o si opera principalmente como almacenamiento por bombeo (35.16).

2

Selecciona tu código en IMPORTASS

Al ser código 1:2, la TGSS no asignó automáticamente. Accede a IMPORTASS y selecciona 35.12 o 35.16.

3

Presenta el modelo 036 ante la AEAT

Presenta el modelo 036 con el código CNAE 2025 elegido antes del 1 de enero de 2027.

4

Archiva justificante

Guarda el justificante del modelo 036 y la confirmación de IMPORTASS.

Plazos

El plazo de la TGSS (30 de junio de 2025) ya ha vencido. Al ser código 1:N, no hubo asignación automática — actualiza en IMPORTASS cuanto antes para normalizar tu cotización AT/EP. El plazo AEAT es antes del 1 de enero de 2027.

Quién está afectado

Operadores de centrales hidroeléctricas, minicentrales, centrales de bombeo, productores de energía renovable hidráulica y gestores de embalses con aprovechamiento hidroeléctrico.

Errores comunes al migrar este código

  • No distinguir entre producción hidroeléctrica (35.12) y almacenamiento por bombeo (35.16)

  • Clasificar centrales reversibles que producen y almacenan bajo un solo código

  • Confundir producción renovable (35.12) con distribución de electricidad (35.13)

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si me corresponde el 35.12 o el 35.16?
Si produces electricidad con agua (central convencional, minicentral), elige 35.12. Si operas una central de bombeo para almacenamiento energético, elige 35.16.
¿Las minicentrales van al 35.12?
Sí, todas las centrales hidroeléctricas de producción se clasifican como energía renovable en el 35.12.
¿Una central reversible necesita dos códigos?
Potencialmente sí. Si produce y almacena, puede necesitar ambos códigos. El principal será el de mayor contribución a la facturación.
¿La TGSS ya actualizó mi código automáticamente?
No, al ser correspondencia 1:2, la asignación no fue automática. Debes seleccionar manualmente en IMPORTASS.
¿Debo presentar el modelo 036 aunque el número no cambie?
Sí. Se trata de una versión normativa distinta. La AEAT requiere la actualización formal mediante el modelo 036 antes del 1 de enero de 2027.

Fuentes oficiales

  • Real Decreto 10/2025 (BOE-A-2025-587) — Marco legal que establece la nueva clasificación CNAE 2025.
  • INE — Correspondencia CNAE 2009 35.15 — Tabla oficial de correspondencia del INE para este código.
  • AEAT — Modelo 036 — Declaración censal para actualizar la actividad económica ante Hacienda.