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CNAE 2009 3518Guía de ActualizaciónPlazo AEAT:días · 30 jun 2026

Actualización CNAE 35.18: Producción de energía eléctrica eólica → CNAE 2025

El código CNAE 35.18 (producción de energía eléctrica de origen eólico) se reorganiza en CNAE 2025 en dos códigos que separan la producción renovable del almacenamiento de energía. Los parques eólicos que solo producen electricidad migran a 35.12 (producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables), mientras que las instalaciones que incluyen almacenamiento de energía (baterías, sistemas de almacenamiento) pueden requerir también el código 35.16.

días

Plazo AEAT · Modelo 036

Actualiza tu CNAE antes del 30 de junio de 2026

Qué cubría el CNAE 2009 3518

Producción de energía eléctrica de origen eólico. Parques eólicos terrestres (onshore) y marinos (offshore), aerogeneradores para producción de electricidad.

Equivalencias CNAE 2025 (2 opciones)

Este código tiene 2 equivalentes en CNAE 2025. Lee los criterios para elegir el correcto según tu actividad.

1
CNAE 35.12

Producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables

Ver código

Cuándo elegir este código

Elige este código si tu actividad es la producción de energía eléctrica mediante aerogeneradores eólicos (onshore u offshore) sin actividad de almacenamiento significativa.

2
CNAE 35.16

Almacenamiento de energía eléctrica

Ver código

Cuándo elegir este código

Considera este código adicionalmente si tu instalación incluye sistemas de almacenamiento de energía (baterías, BESS) como actividad principal o si gestionas una planta híbrida eólica-almacenamiento.

Cómo actualizar tu CNAE en Hacienda (modelo 036)

1

Verificar si hay almacenamiento

Determina si tu instalación eólica incluye almacenamiento de energía como actividad significativa o si es solo producción.

2

Seleccionar código principal

Solo producción eólica → 35.12. Producción + almacenamiento como actividad relevante → estudiar si declarar también 35.16.

3

Actualizar registros MITERD

Notifica el cambio de código CNAE al Ministerio para la Transición Ecológica y al Registro de instalaciones de producción.

Plazos

El plazo de la TGSS (30 de junio de 2025) ya ha vencido. Al ser código 1:N, no hubo asignación automática — actualiza en IMPORTASS cuanto antes para normalizar tu cotización AT/EP. El plazo AEAT es antes del 1 de enero de 2027.

Quién está afectado

Promotores y operadores de parques eólicos terrestres y marinos, empresas de energía eólica distribuida, gestores de instalaciones híbridas eólica-almacenamiento.

Errores comunes al migrar este código

  • No actualizar el registro de instalaciones de producción renovable (RIPRE)

  • Confundir con 35.11 (producción de electricidad de origen convencional)

  • Usar el código anterior 35.18 después del período de transición

Preguntas frecuentes

¿Los pequeños aerogeneradores de autoconsumo también usan 35.12?
Si la actividad económica principal es la producción de electricidad eólica para autoconsumo con excedentes, se puede usar 35.12. Para instalaciones puramente domésticas sin actividad económica, no aplica clasificación CNAE.
¿Las empresas de mantenimiento de parques eólicos qué código usan?
El mantenimiento de instalaciones eólicas corresponde al código 33.20 (instalación de maquinaria y equipos industriales) o 35.13 (distribución de energía eléctrica), no a 35.12.
¿La TGSS ya actualizó mi código automáticamente?
Para códigos 1:1, la TGSS pudo asignar el nuevo código de forma automática. Verifica en IMPORTASS que tu código refleja la versión CNAE 2025. Para códigos 1:N, la asignación no fue automática y debes seleccionar manualmente.
¿Debo presentar el modelo 036 aunque el número no cambie?
Sí. Incluso si el número de código se mantiene igual, se trata de una versión normativa distinta (CNAE 2025 vs CNAE 2009). La AEAT requiere la actualización formal mediante el modelo 036 antes del 1 de enero de 2027.
¿Debo presentar el modelo 036 aunque el número no cambie?
Sí. Incluso si el número de código se mantiene igual, se trata de una versión normativa distinta (CNAE 2025 vs CNAE 2009). La AEAT requiere la actualización formal mediante el modelo 036 antes del 1 de enero de 2027.

Fuentes oficiales

  • CNAE 2025 - INE
  • IMPORTASS - Seguridad Social
  • MITERD - Ministerio de Transición Ecológica
  • REE - Red Eléctrica de España (OMIE/OMIP)