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CNAE 2009 3519Guía de ActualizaciónPlazo AEAT:días · 30 jun 2026

Actualización CNAE 2009 35.19 a CNAE 2025: Producción de energía eléctrica de otros tipos

El código CNAE 2009 35.19 (Producción de energía eléctrica de otros tipos) se divide en CNAE 2025 en tres códigos especializados que distinguen el origen de la energía producida: 35.11 para energía de fuentes no renovables, 35.12 para energía de fuentes renovables, y el nuevo 35.16 para el almacenamiento de energía eléctrica. Esta nueva clasificación refleja la importancia estratégica de las energías renovables y los sistemas de almacenamiento en la transición energética española.

días

Plazo AEAT · Modelo 036

Actualiza tu CNAE antes del 30 de junio de 2026

Qué cubría el CNAE 2009 3519

Producción de energía eléctrica de otros tipos. Incluía todas las formas de producción eléctrica no incluidas en la producción hidroeléctrica (35.11 en CNAE 2009): energía solar fotovoltaica, eólica, cogeneración, biomasa, residuos, maremotriz y otras formas alternativas.

Equivalencias CNAE 2025 (3 opciones)

Este código tiene 3 equivalentes en CNAE 2025. Lee los criterios para elegir el correcto según tu actividad.

1
CNAE 35.11

Producción de energía eléctrica a partir de fuentes no renovables

Ver código

Cuándo elegir este código

Productores de electricidad mediante gas natural, fuel, cogeneración con combustibles fósiles, nuclear o cualquier fuente no renovable. También plantas de valorización energética de residuos no biomásicos.

2
CNAE 35.12

Producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables

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Cuándo elegir este código

Productores de electricidad solar fotovoltaica, eólica, biomasa, biogás, mareomotriz, geotérmica o cualquier fuente de energía renovable. Incluye instalaciones de autoconsumo fotovoltaico con vertido a red.

3
CNAE 35.16

Almacenamiento de energía eléctrica

Ver código

Cuándo elegir este código

Empresas cuya actividad principal es el almacenamiento de energía eléctrica: operadores de baterías de gran escala, sistemas de almacenamiento por bombeo reversible, y gestores de almacenamiento energético.

Cómo actualizar tu CNAE en Hacienda (modelo 036)

1

Identificar fuente de energía

Determinar la fuente principal de producción: renovable (→ 35.12), no renovable (→ 35.11) o almacenamiento puro (→ 35.16). En instalaciones mixtas, elegir según la fuente predominante por capacidad instalada.

2

Verificar registro REE

Comprobar que el registro en Red Eléctrica de España (REE) y el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica coinciden con el tipo de instalación.

3

Seleccionar en IMPORTASS

La TGSS no puede determinar automáticamente el tipo de fuente. Acceder a IMPORTASS y seleccionar manualmente el código correcto.

4

Presentar modelo 036

Presentar modelo 036 ante la AEAT con el código CNAE 2025 elegido antes del 1 de enero de 2027.

Plazos

El plazo de la TGSS (30 de junio de 2025) ya ha vencido. Al ser código 1:N, no hubo asignación automática — actualiza en IMPORTASS cuanto antes para normalizar tu cotización AT/EP. El plazo AEAT es antes del 1 de enero de 2027.

Quién está afectado

Parques solares fotovoltaicos, parques eólicos, plantas de cogeneración, instalaciones de biomasa y biogás, operadores de baterías de almacenamiento de gran escala, instalaciones de autoconsumo colectivo con vertido a red.

Errores comunes al migrar este código

  • Continuar con 35.19 de CNAE 2009 sin actualizar, especialmente en el sector fotovoltaico de rápido crecimiento

  • Usar 35.11 para cogeneración con gas natural cuando el gas es la fuente (no renovable)

  • No considerar 35.16 para baterías de almacenamiento cuando esta es la actividad principal, separada de la producción

Preguntas frecuentes

¿Un parque solar fotovoltaico usa 35.12?
Sí. La energía solar fotovoltaica es una fuente renovable, por lo que corresponde el código 35.12 en CNAE 2025.
¿Las plantas de cogeneración con gas natural usan 35.11 o 35.12?
La cogeneración con gas natural usa fuente no renovable, por lo que corresponde 35.11. Si la cogeneración usa biogás o biomasa (fuente renovable), correspondería 35.12.
¿Una instalación de autoconsumo fotovoltaico doméstico con vertido a red necesita cambiar el código?
Si el autoconsumo es la actividad económica registrada, sí debe actualizar a 35.12. Muchos particulares con paneles solares para autoconsumo no tienen actividad económica registrada y no necesitan código CNAE.
¿La TGSS ya actualizó mi código automáticamente?
Para códigos 1:1, la TGSS pudo asignar el nuevo código de forma automática. Verifica en IMPORTASS que tu código refleja la versión CNAE 2025. Para códigos 1:N, la asignación no fue automática y debes seleccionar manualmente.
¿Debo presentar el modelo 036 aunque el número no cambie?
Sí. Incluso si el número de código se mantiene igual, se trata de una versión normativa distinta (CNAE 2025 vs CNAE 2009). La AEAT requiere la actualización formal mediante el modelo 036 antes del 1 de enero de 2027.

Fuentes oficiales

  • Real Decreto 475/2007 por el que se aprueba la CNAE-2009
  • Resolución INE de aprobación de la CNAE-2025
  • Real Decreto 413/2014 de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables
  • MITECO: Registro de instalaciones de producción eléctrica
  • Modelo 036 AEAT