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CNAE 2009 6619Guía de ActualizaciónPlazo AEAT:días · 30 jun 2026

Actualización CNAE 2009 66.19 a CNAE 2025: Otras actividades auxiliares a los servicios financieros

El código CNAE 2009 66.19 (Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones) se divide en CNAE 2025 en dos códigos: 66.19 para actividades auxiliares financieras generales, y 66.30 específicamente para la gestión de fondos de inversión y patrimonios. Esta división reconoce la relevancia e independencia del sector de gestión de fondos como actividad financiera diferenciada.

días

Plazo AEAT · Modelo 036

Actualiza tu CNAE antes del 30 de junio de 2026

Qué cubría el CNAE 2009 6619

Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones. Incluía servicios auxiliares del sistema financiero: cámaras de compensación, centros de proceso de operaciones financieras, gestoras de fondos de inversión, administradores de carteras, y otros servicios de apoyo a las finanzas.

Equivalencias CNAE 2025 (2 opciones)

Este código tiene 2 equivalentes en CNAE 2025. Lee los criterios para elegir el correcto según tu actividad.

1
CNAE 66.19

Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones

Ver código

Cuándo elegir este código

Entidades que prestan servicios auxiliares al sistema financiero distintos de la gestión de fondos: cámaras de compensación, procesadores de pagos, servicios de apoyo a operaciones financieras, administradores de sistemas de pago.

2
CNAE 66.30

Actividades de gestión de fondos

Ver código

Cuándo elegir este código

Gestoras de fondos de inversión (SGIIC), sociedades gestoras de carteras, gestoras de fondos de capital riesgo, gestoras de fondos de pensiones de empleo, y cualquier entidad cuya actividad principal es la gestión de fondos de terceros.

Cómo actualizar tu CNAE en Hacienda (modelo 036)

1

Identificar tipo de actividad

Determinar si la actividad es gestión de fondos/carteras de terceros (→ 66.30) u otro servicio auxiliar financiero (→ 66.19).

2

Verificar registro CNMV

Las SGIIC y gestoras de carteras tienen registro específico en la CNMV que puede orientar el código CNAE apropiado.

3

Seleccionar en IMPORTASS

Acceder a IMPORTASS y actualizar manualmente al código correcto.

4

Presentar modelo 036

Presentar modelo 036 ante la AEAT antes del 1 de enero de 2027.

Plazos

El plazo de la TGSS (30 de junio de 2025) ya ha vencido. Al ser código 1:N, no hubo asignación automática — actualiza en IMPORTASS cuanto antes para normalizar tu cotización AT/EP. El plazo AEAT es antes del 1 de enero de 2027.

Quién está afectado

Sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva (SGIIC), gestoras de fondos de capital riesgo, gestoras de fondos de pensiones de empleo, gestores de patrimonios privados (family offices), procesadores de pagos e infraestructuras financieras.

Errores comunes al migrar este código

  • Continuar usando 66.19 para gestoras de fondos cuando en CNAE 2025 existe el código específico 66.30

  • Confundir con 64.30 (entidades de inversión colectiva) para las gestoras: las gestoras son las que administran los fondos (66.30), no los fondos en sí mismos (64.30)

Preguntas frecuentes

¿Un family office que gestiona el patrimonio de una familia usa 66.30?
Sí, si la actividad es la gestión profesional de activos e inversiones de terceros (aunque sea una sola familia), corresponde 66.30.
¿Las gestoras de fondos de pensiones de empleo usan 66.30?
Sí. Las entidades gestoras de fondos de pensiones de empleo corresponden al código 66.30 en CNAE 2025.
¿La TGSS ya actualizó mi código automáticamente?
Para códigos 1:1, la TGSS pudo asignar el nuevo código de forma automática. Verifica en IMPORTASS que tu código refleja la versión CNAE 2025. Para códigos 1:N, la asignación no fue automática y debes seleccionar manualmente.
¿Debo presentar el modelo 036 aunque el número no cambie?
Sí. Incluso si el número de código se mantiene igual, se trata de una versión normativa distinta (CNAE 2025 vs CNAE 2009). La AEAT requiere la actualización formal mediante el modelo 036 antes del 1 de enero de 2027.
¿Debo presentar el modelo 036 aunque el número no cambie?
Sí. Incluso si el número de código se mantiene igual, se trata de una versión normativa distinta (CNAE 2025 vs CNAE 2009). La AEAT requiere la actualización formal mediante el modelo 036 antes del 1 de enero de 2027.

Fuentes oficiales

  • Real Decreto 475/2007 por el que se aprueba la CNAE-2009
  • Resolución INE de aprobación de la CNAE-2025
  • CNMV: registro de SGIIC y gestoras de carteras
  • Modelo 036 AEAT