Actualización CNAE 2009 90.03 a CNAE 2025: Creación artística y literaria
El CNAE 2009 90.03 (Creación artística y literaria) se divide en 4 códigos en CNAE 2025: creación literaria y musical (90.11), artes visuales (90.12), otras creaciones artísticas (90.13) y restauración del patrimonio cultural (91.30). Debes identificar cuál describe mejor tu actividad principal. La adaptación es obligatoria antes del 1 de enero de 2027.
Plazo AEAT · Modelo 036
Actualiza tu CNAE antes del 30 de junio de 2026
Qué cubría el CNAE 2009 9003
El CNAE 2009 90.03 comprendía actividades de artistas individuales: escultores, pintores, dibujantes, grabadores; escritores de ficción y técnicos; periodistas independientes; restauración de obras de arte; guionistas y redactores por encargo.
Equivalencias CNAE 2025 (4 opciones)
Este código tiene 4 equivalentes en CNAE 2025. Lee los criterios para elegir el correcto según tu actividad.
Actividades de creación literaria y composición musical
Cuándo elegir este código
Usa el 90.11 si tu actividad creativa principal es la escritura: novela, poesía, textos técnicos, guiones, periodismo literario o composición musical. Es el código para escritores, compositores y letristas.
Actividades de creación de artes visuales
Cuándo elegir este código
Usa el 90.12 si eres artista plástico o visual: pintor, escultor, grabador, fotógrafo artístico, ilustrador o creador de arte digital. Es el código para las artes visuales originales.
Otras actividades de creación artística
Cuándo elegir este código
Usa el 90.13 para actividades creativas no incluidas en los códigos anteriores: performance, arte sonoro, arte conceptual, ciertas formas de arte interdisciplinar u otras manifestaciones artísticas sin categoría específica.
Conservación, restauración y otras actividades de apoyo al patrimonio cultural
Cuándo elegir este código
Usa el 91.30 si tu actividad es la restauración y conservación de obras de arte, bienes culturales o patrimonio histórico: cuadros, esculturas, policromías, azulejos o pintura decorativa histórica.
Cómo actualizar tu CNAE en Hacienda (modelo 036)
Identifica tu actividad creativa principal
Determina tu disciplina: escritura o música (90.11), artes visuales (90.12), otras artes (90.13) o restauración del patrimonio (91.30).
Actualiza en IMPORTASS
Código 1:N, sin asignación automática. Accede a IMPORTASS y selecciona manualmente el código correcto.
Presenta el modelo 036
Solicita baja del 90.03 y alta del código elegido en sede.agenciatributaria.gob.es.
Verifica coherencia AEAT-TGSS
Confirma que ambos organismos reflejan el mismo código CNAE 2025 en sus registros.
Plazos
El plazo de la TGSS venció el 30 de junio de 2025. Al ser 1:N, no hay asignación automática garantizada — actualiza manualmente en IMPORTASS. El plazo de la AEAT es antes del 1 de enero de 2027 según el RD 10/2025.
Quién está afectado
Escritores, guionistas, periodistas freelance, pintores, escultores, ilustradores, fotógrafos artísticos, restauradores de arte y patrimonio. Con 327 búsquedas, refleja la numerosa comunidad de creadores independientes que ejercen en España.
Errores comunes al migrar este código
Usar el código residual 90.13 cuando existe uno más específico (90.11 para escritores o 90.12 para artistas visuales).
Confundir la restauración artística de patrimonio (91.30) con la creación artística original (90.12). La restauración tiene su propio código.
No actualizar urgentemente en IMPORTASS, lo que puede resultar en la aplicación de la tarifa AT/EP más alta de las opciones.
Preguntas frecuentes
Soy escritor freelance, ¿qué código CNAE 2025 me corresponde?
¿Los fotógrafos artísticos usan el 90.12?
¿Los restauradores de cuadros y obras de arte qué código usan?
¿Los ilustradores digitales también usan el 90.12?
¿Qué pasa si hago escritura y también artes visuales?
Fuentes oficiales
- Real Decreto 10/2025 (BOE-A-2025-587) — Marco legal del CNAE 2025.
- INE — Correspondencia CNAE 2009 90.03 — Correspondencia oficial: 90.03 → 90.11 / 90.12 / 90.13 / 91.30.
- AEAT — Modelo 036 — Declaración censal para comunicar el cambio de actividad.