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CNAE 47.73Trámites de alta

Alta CNAE 47.73: Comercio al por menor de productos farmacéuticos

Dado que el comercio de productos farmacéuticos implica cumplir tanto con obligaciones fiscales (IVA, IRPF, IAE) como con regulaciones sanitarias específicas (registro en AEMPS, licencia municipal), te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada. Un gestor administrativo experimentado en farmacias te ayudará a completar correctamente tu alta fiscal, asegurará que cumples con todos los requisitos legales y sanitarios, y te asesorará sobre tus obligaciones contables y fiscales periódicas. Esto te permitirá concentrarte en tu negocio con la tranquilidad de estar en regla ante la administración.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Para personas físicas españolas, se tramita de forma automática con tu DNI. Si eres extranjero residente, necesitarás solicitar el NIE. Este paso es fundamental porque sin NIF no puedes darte de alta en ningún registro fiscal.

2

Obtén tu certificado digital o Cl@ve

Necesitarás autenticarte en la Sede Electrónica de la AEAT para presentar tu declaración censal. Puedes obtener un certificado digital de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o registrarte en el sistema Cl@ve del Gobierno. Ambas opciones te permitirán firmar electrónicamente tus trámites fiscales de forma segura y oficial.

3

Prepara la documentación requerida

Reúne tu DNI o NIE, documento que acredite tu domicilio (recibo de servicios, contrato de alquiler), y cualquier documentación relativa a tu actividad comercial. Si vas a ejercer como autónomo, necesitarás también documentación sobre tu local o establecimiento. Asegúrate de tener copias legibles de todos estos documentos antes de iniciar el trámite.

4

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y rellena el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (si cumples los requisitos de simplificación). En este formulario debes indicar el código CNAE 47.73 y el epígrafe IAE correspondiente a tu actividad de farmacia. La presentación debe realizarse antes de iniciar tu actividad comercial, preferentemente dentro de los diez días siguientes al comienzo de la misma.

5

Solicita el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Al presentar tu declaración censal, también te darás de alta automáticamente en el IAE. Como comerciante de productos farmacéuticos, debes saber que la cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios no supera los 1.000.000 euros anuales. Conserva el justificante de presentación de tu modelo 036/037, ya que te será necesario para futuros trámites y para demostrar tu situación fiscal regular.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 47.73

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) Solicitado previamente en las oficinas de la Policía Nacional (para DNI) o en la Delegación de la AEAT (para NIE). Debes tener el original o una copia autenticada.
Comprobante de domicilio Obtén un recibo de agua, luz, gas o teléfono a tu nombre, un contrato de alquiler o una escritura de propiedad. Estos documentos deben tener una antigüedad no superior a tres meses y acreditar tu domicilio fiscal.
Certificado digital o credenciales Cl@ve Solicita el certificado digital en la FNMT (https://www.fnmt.es) o regístrate en Cl@ve (https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html) para poder autenticarte en la Sede Electrónica de la AEAT y presentar tus trámites de forma telemática.
Documentación del local o establecimiento Contrato de alquiler, escritura de propiedad o autorización del propietario del inmueble donde ejercerás tu actividad como comerciante de productos farmacéuticos. Este documento debe acreditar que tienes derecho a utilizar el local.
Solicitud de licencia de actividad municipal Contacta con el Ayuntamiento de tu municipio para solicitar la licencia de actividad o licencia municipal de funcionamiento. Algunos municipios requieren que presentes esta licencia junto con tu declaración censal a la AEAT, especialmente en actividades reguladas como las farmacias.

Plazos importantes

Debes presentar tu declaración censal (modelo 036 o 037) antes de iniciar tu actividad comercial, o como máximo dentro de los diez días hábiles siguientes al comienzo de la misma. Si no cumples este plazo, puedes ser sancionado por la AEAT. Una vez dado de alta, deberás presentar la declaración del IVA (modelo 303) de forma trimestral si tienes obligación de declarar IVA, o anualmente si te acoge al régimen de recargo de equivalencia. Además, deberás presentar tu declaración de la renta (modelo 100) anualmente antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 47.73 con otros códigos de comercio al por menor. Asegúrate de indicar exactamente 47.73 en tu declaración censal, ya que esto determina el epígrafe IAE correcto y tus obligaciones fiscales específicas como comerciante farmacéutico.
  • No obtener previamente la licencia municipal de funcionamiento antes de presentar el modelo 036/037. Muchos municipios requieren que demuestres que tienes autorización para ejercer una actividad farmacéutica, especialmente si se trata de una farmacia física, por lo que debes tramitar esto con el Ayuntamiento antes de tu alta fiscal.
  • Olvidar que como comerciante de productos farmacéuticos tienes obligaciones especiales reguladas por la normativa sanitaria. Además de tu alta fiscal, debes cumplir con los requisitos de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y solicitar el correspondiente número de registro de establecimiento farmacéutico.
  • Presentar el modelo 037 cuando no cumples los requisitos de simplificación. El modelo 037 solo es válido para personas físicas con actividades muy específicas y sin empleados. Si tienes dudas, utiliza el modelo 036 que es más general y seguro.
  • No conservar el justificante de presentación de tu modelo 036/037. Este documento es esencial para demostrar que te has dado de alta correctamente ante la AEAT y te será solicitado en futuras gestiones administrativas y bancarias.

Preguntas frecuentes

¿Necesito algún permiso especial además del alta fiscal para vender productos farmacéuticos?
Sí, es fundamental. Como comerciante de productos farmacéuticos, debes solicitar el registro de establecimiento farmacéutico ante la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Además, necesitas la licencia municipal de funcionamiento del Ayuntamiento. Sin estos permisos, aunque te des de alta fiscalmente, no puedes ejercer legalmente tu actividad. Te recomendamos tramitar estos permisos antes de presentar tu declaración censal a la AEAT.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar todas las personas físicas y jurídicas. El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden usar personas físicas con actividades muy específicas, sin empleados y con ciertos límites de ingresos. Si tienes dudas sobre si cumples los requisitos para usar el 037, es más seguro presentar el 036. Ambos formularios se rellenan en la misma plataforma de la AEAT.
¿Tengo que pagar cuota de IAE si me doy de alta como comerciante de farmacia?
Como comerciante de productos farmacéuticos, estás exento de pagar la cuota del IAE si tu cifra de negocios anual no supera los 1.000.000 de euros. Si tu facturación supera esa cantidad, deberás abonar la cuota correspondiente al epígrafe IAE de tu actividad. En cualquier caso, debes presentar la declaración censal (modelo 036/037) para registrarte en el IAE, aunque estés exento de pago.
¿Cuándo debo presentar mi declaración censal y qué ocurre si no lo hago a tiempo?
Debes presentar tu modelo 036 o 037 antes de iniciar tu actividad comercial, o como máximo dentro de los diez días hábiles siguientes al comienzo de la misma. Si no cumples este plazo, la AEAT puede imponerte una sanción administrativa. Por eso es importante que presentes tu declaración cuanto antes, preferiblemente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta como comerciante de farmacia?
Una vez dado de alta, tendrás varias obligaciones fiscales: si estás sujeto a IVA, deberás presentar la declaración trimestral del modelo 303; deberás llevar libros de contabilidad según el régimen que hayas elegido; y anualmente deberás presentar tu declaración de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio. Además, si tienes empleados, deberás realizar las retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social. Una gestoría puede ayudarte a cumplir todas estas obligaciones correctamente.

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