Epígrafe 383.5 IAE: fabricación cascos motocicleta — DGT 0683-03
Resumen
Se consulta en qué epígrafe IAE debe darse de alta la actividad de fabricación de cascos para usuarios de motocicletas. La DGT concluye que corresponde al Epígrafe 383.5, 'Accesorios, partes y piezas sueltas de bicicletas y motocicletas'.
Datos de la consulta
- Número
- 0683-03
- Tipo
- General
- Fecha
- 21 de mayo de 2003
- Órgano
- SG de Tributos Locales
- Normativa
- RD Legislativo 1175/1990 Epígrafe 383-5 Sección 1ª
Epígrafes IAE relacionados
Cuestión planteada
Se desea saber el Epígrafe de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que se debe dar de alta la actividad de fabricación de cascos para usuarios de motocicletas. NORMATIVA APLICABLE: RD Legislativo 1175/1990 Epígrafe 383-5 Sección 1ª
Descripción de hechos
Fabricación de cascos para motocicletas.
Contestación completa
El Grupo 383 de la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, clasifica la “Construcción de bicicletas, motocicletas y sus piezas de repuesto”. En la Nota adjunta al mismo se establece que comprende la construcción y montaje de motocicletas, motonetas, ciclomotores, coches y sillas de inválidos con motor y a pedales, bicicletas, tandems, triciclos y otros velocípedos; construcción de motores, engranajes, órganos de transmisión y equipo, piezas y accesorios para este material de transporte (sillines, manillares, sidecares, remolques, cuadros, pedales, frenos, ruedas, etc.). A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes Epígrafes: Epígrafe 383.1. Motocicletas, scooters y ciclomotores. Epígrafe 383.2. Bicicletas, triciclos y monociclos (excepto de niño). Epígrafe 383.3. Vehículos especiales con mecanismos de propulsión. Epígrafe 383.4. Motores para motocicletas, scooters, ciclomotores y vehículos especiales. Epígrafe 383.5. Accesorios, partes y piezas sueltas de bicicletas y motocicletas. Por tanto, la actividad objeto de consulta consistente en la fabricación de cascos para usuarios de motocicletas, deberá darse de alta en el Epígrafe 383.5 “Accesorios, partes y piezas sueltas de bicicletas y motocicletas”, de la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas. Lo que le comunico para su conocimiento.
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