Epígrafe 506.0 IAE: instalación jaulas acuicultura — DGT 1931-03
Resumen
Se consulta qué epígrafe del IAE corresponde a la actividad de instalación y montaje de jaulas para la acuicultura. La DGT concluye que debe clasificarse en el Epígrafe 506.0, 'Instalación de andamios, cimbras, encofrados, etc.', aplicando la Regla 8ª de analogía.
Datos de la consulta
- Número
- 1931-03
- Tipo
- General
- Fecha
- 19 de noviembre de 2003
- Órgano
- SG de Tributos Locales
- Normativa
- RD Legislativo 1175/1990 Epígrafe 506-0 Sección 1ª Reglas 2ª y 8ª Instrucción
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Cuestión planteada
Se desea saber el Epígrafe de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que se debe dar de alta la actividad de instalación y montaje de jaulas para la acuicultura.
Descripción de hechos
Instalación y montaje de jaulas para acuicultura.
Contestación completa
La Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas ambas (Instrucción y Tarifas) por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, establece en su Regla 2ª que el “mero ejercicio de cualquier actividad económica especificada en las Tarifas, así como el mero ejercicio de cualquier otra actividad de carácter empresarial, profesional o artístico no especificada en aquéllas, dará lugar a la obligación de presentar la correspondiente declaración de alta y de contribuir por este impuesto, salvo que en la presente Instrucción se disponga otra cosa”. La Regla 8ª de la Instrucción establece que las actividades empresariales, profesionales o artísticas, no especificadas en las Tarifas, se clasificarán, provisionalmente, en el Grupo o Epígrafe dedicado a las actividades no clasificadas en otras partes (n.c.o.p.), a las que por su naturaleza más se asemejen y tributarán por la cuota correspondiente al referido Grupo o Epígrafe de que se trate. Si dicha clasificación no es posible, tales actividades se clasificarán en el grupo o epígrafe correspondiente a la actividad a la que por naturaleza más se asemejen. Expuesto lo anterior, y a la vista del escrito de consulta, el sujeto pasivo que realiza la actividad de montaje e instalación de jaulas para la acuicultura, realizando previamente un proyecto de la misma e instalándola en las dependencias del cliente, deberá darse de alta, sobre la base de la citada Regla 8ª, en el Epígrafe 506.0 de la Sección Primera “Instalación de andamios, cimbras, encofrados, etc., incluso para usos distintos de la construcción”. Lo que comunico a Vd. con el alcance y efectos previstos en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley General Tributaria.
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