Epígrafe 653.6 IAE: venta bricolaje — DGT V3311-14
Resumen
Se consulta qué epígrafe del IAE corresponde a la actividad de venta al por menor de artículos de bricolaje. La DGT concluye que debe darse de alta en el epígrafe 653.6, 'Comercio al por menor de artículos de “bricolaje”'.
Datos de la consulta
- Número
- V3311-14
- Tipo
- VinculanteVincula a la Administración tributaria (art. 89 LGT)
- Fecha
- 11 de diciembre de 2014
- Órgano
- SG de Tributos Locales
- Normativa
- TAR/INST IAE, RD Leg. 1175/1990: epígrafe 653.6, sección primera, regla 4ª (Instrucción).
Epígrafes IAE relacionados
Cuestión planteada
Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que se debe dar de alta.
Descripción de hechos
La consultante está interesada en abrir una tienda de venta al por menor de artículos de bricolaje.
Contestación completa
Las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto con la Instrucción por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, clasifican en el epígrafe 653.6 de la sección primera el “Comercio al por menor de artículos de “bricolaje””, el cual tiene señalada cuota de ámbito municipal, y, según su nota adjunta, faculta para la venta al por menor de los accesorios y complementos relacionados con dicha actividad de bricolaje. Conforme a lo previsto por la letra D) del apartado 2 de la regla 4ª de la Instrucción, y en lo que al Impuesto sobre Actividades Económicas se refiere, cabe indicar que el pago de las cuotas correspondientes al ejercicio de actividades de comercio al por menor, faculta para la importación de las materias o productos objeto de aquéllas, así como para disponer de almacenes o depósitos cerrados al público, cuya superficie tributará de acuerdo con las normas contenidas en la regla 14ª.1.F) de la Instrucción. Igualmente se indica que, según lo dispuesto por la regla 4ª, apartado 1, de la citada Instrucción, el pago de la cuota correspondiente a una actividad faculta, exclusivamente, para el ejercicio de esa actividad, salvo que en la Ley reguladora del Impuesto, en las Tarifas o en la Instrucción se disponga otra cosa. En consecuencia, por el ejercicio de la actividad de venta al por menor de artículos de bricolaje en una tienda abierta al efecto, la sociedad consultante deberá darse de alta en el epígrafe 653.6 de la sección primera de las Tarifas, “Comercio al por menor de artículos de “bricolaje””. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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