Comprende a intermediarios en la compra, venta o arrendamiento de terrenos, así como en la compra, venta, construcción o arrendamiento de inmuebles o partes de inmuebles, no asumiendo riesgos propios y operando por cuenta de terceros. Se clasifican aquí, entre otros, los servicios relativos a la propiedad inmobiliaria, incluyendo la tasación de inmuebles, a la propiedad industrial, las agencias de arrendamiento de fincas, los servicios relacionados con los administradores de fincas, etc. , siempre que no deban clasificarse en la sección 2.
ª de estas tarifas.
Preguntas frecuentes (INFORMA AEAT):
Ordenación de bienes inmuebles para poner a disposición de particulares espacios para facilitar relaciones interpersonales. Servicio de intermediación inmobiliaria cuando se realice con carácter empresarial. Asesores inmobiliarios y administrador de fincas cuando realizan la actividad con carácter empresarial.
Administrador de bienes si se realiza con carácter empresarial. Entidad urbanística colaboradora por los servicios de administración de una urbanización. Servicios de intermediación de productos inmobiliarios por medio de portal inmobiliario mediante el que se publicitan para su posterior venta o alquiler.
Prestación de servicios a terceros de compra y venta de activos tales como pisos o locales realizados por intermediarios inmobiliarios. Captar clientes propietarios de viviendas con fines vacacionales y gestionarles el alquiler de las mismas a través de plataformas digitales. Actividades de intermediación donde el sujeto pasivo no asume los riesgos de la operación y no actúa por cuenta propia sino de terceros.
Información de consultas a la Dirección General de Tributos:
Servicio de tasación de inmuebles. Actividades realizadas por los intermediarios o asesores inmobiliarios o por los Administradores de fincas cuando tengan carácter empresarial. Intermediación en venta de nichos, tumbas, panteones.
Intermediarios en la compra venta o arrendamiento de terrenos, de inmuebles o partes de inmuebles, no asumiendo riesgos propios y operando por cuenta de terceros siempre que se realice con carácter empresarial.