CNAE 43.34: Pintura y Acristalamiento
El código CNAE 43.34 agrupa todas las actividades de pintura y acristalamiento en edificios e infraestructuras. Si sois profesionales del sector de la...

CNAE 43.34: Pintura y Acristalamiento
El código CNAE 43.34 agrupa todas las actividades de pintura y acristalamiento en edificios e infraestructuras. Si sois profesionales del sector de la construcción especializados en estos trabajos, es fundamental conocer exactamente qué incluye este código, cuáles son vuestras obligaciones fiscales en 2026 y cómo registraros correctamente en el Registro de Actividades Económicas.
¿Qué es el CNAE 43.34?
El CNAE 43.34 es la clasificación oficial de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas que engloba la pintura y el acristalamiento de edificios y obras de ingeniería civil. Este código pertenece a la sección F (Construcción) y se subdivide en actividades muy específicas que definen el alcance de vuestro negocio.
Actividades incluidas en CNAE 43.34:
1. Pintura interior de edificios (paredes, techos, molduras)2. Pintura exterior de fachadas y estructuras3. Pintura de obras de ingeniería civil (puentes, túneles, carreteras)4. Instalación de cristales y espejos en edificios5. Cubrimiento de ventanas y acristalamientos con capas adherentes6. Revestimiento metálico en edificios y estructuras7. Trabajos de acabado en cristalería y vidriería
Esta clasificación es fundamental para que registréis correctamente vuestra actividad económica. Si realizáis cualquiera de estos trabajos, debéis estar dados de alta bajo este código o los relacionados.
¿Para quién es relevante el CNAE 43.34?
Este código es esencial para:
- Autónomos pintores: Si trabajáis por cuenta propia en pintura de edificios o estructuras, debéis registraros bajo CNAE 43.34.
- Empresas de pintura y acristalamiento: Todas las sociedades mercantiles dedicadas a estas actividades deben declarar este código.
- Contratistas especializados: Profesionales que realizan trabajos de revestimiento metálico o acristalamiento en proyectos de construcción.
- Gestores administrativos: Necesitáis conocer este código para asesorar correctamente a vuestros clientes del sector.
- Asesores fiscales: Debéis garantizar que vuestros clientes declaren el código correcto para evitar sanciones.
Códigos IAE Asociados al CNAE 43.34
El CNAE 43.34 se vincula con dos códigos IAE (Impuesto de Actividades Económicas) en 2026:
| Código IAE | Descripción | Aplicación |
|-----------|-------------|------------|
| 505.6 | Pintura de edificios y otras construcciones | Actividad principal de pintura |
| 507 | Acristalamiento, cristalería y trabajos de vidrio | Acristalamiento e instalación de cristales |
Si vuestra actividad principal es la pintura, declararéis el 505.6. Si os especializáis en acristalamiento, usaréis el 507. Si realizáis ambas actividades, podéis solicitar la declaración de múltiples epígrafes.
Obligaciones Fiscales en 2026
Como profesional del CNAE 43.34, en marzo de 2026 (cierre del primer trimestre) debéis cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Registro en Hacienda
- Estar dado de alta en el Registro de Actividades Económicas.
- Declarar los códigos IAE 505.6 y/o 507 según vuestra actividad.
- Mantener actualizado vuestro registro si ampliais o modificáis actividades.
2. Declaración de IVA
- Presentar declaraciones trimestrales de IVA (próxima declaración: 20 de abril de 2026 para Q1).
- Mantener registros detallados de facturas emitidas y recibidas.
- Aplicar el tipo de IVA correspondiente (generalmente 21%).
3. Facturación
- Emitir facturas por todos los trabajos realizados.
- Incluir datos fiscales completos del cliente y vuestros datos.
- Conservar copia de todas las facturas durante 6 años.
4. Impuesto sobre la Renta (IRPF) o Impuesto de Sociedades
- Si sois autónomos: declarar IRPF en la próxima campaña (mayo-junio 2026).
- Si sois empresa: presentar Impuesto de Sociedades antes del 25 de julio de 2026.
- Deducir gastos profesionales (materiales, herramientas, seguros, etc.).
5. Seguridad Social
- Estar afiliados al régimen de autónomos o empleados según corresponda.
- Pagar cuotas mensuales (autónomos: aproximadamente 314€ en 2026 con tarifa plana).
6. Cumplimiento de Normativas Técnicas
- Cumplir con normativas de seguridad en trabajos en altura.
- Usar equipos de protección individual (EPI) homologados.
- Tener seguros de responsabilidad civil profesional.
Actividades Excluidas del CNAE 43.34
Es muy importante saber qué NO incluye este código:
- CNAE 43.32: Instalación de ventanas y puertas (solo acristalamiento sí, pero no la instalación de marcos).
- CNAE 43.41: Impermeabilización de cubiertas y trabajos de aislamiento térmico.
- CNAE 43.50: Pintado y señalización de carreteras.
- CNAE 43.91: Trabajos de cobertura de tejados.
Si realizáis alguna de estas actividades, debéis ampliar vuestro registro con los códigos correspondientes.
Cómo Registrarte Correctamente en 2026
Si sois autónomos:
1. Acudid a la oficina de Hacienda más cercana o solicitad cita previa online.
2. Presentad el formulario TA (alta) indicando CNAE 43.34 e IAE 505.6 o 507.
3. Aportad documentación de identidad y comprobante de domicilio.
4. Realizad el alta en Seguridad Social como autónomo.
Si sois empresa:
1. Obtened el NIF provisional.
2. Presentad el alta en el Registro Mercantil.
3. Registraos en Hacienda con el CNAE 43.34 y los IAE correspondientes.
4. Afiliad a los empleados a la Seguridad Social.
Consejos Prácticos para Gestionar vuestro Negocio
- Mantened registros detallados de proyectos, costes y ingresos para facilitar la declaración de impuestos.
- Utilizad software de facturación compatible con Hacienda para automatizar procesos.
- Consultad con un asesor fiscal especializado en construcción para optimizar vuestra carga tributaria.
- Ampliad vuestro registro si ampliáis servicios (por ejemplo, si comenzáis con impermeabilización, añadid CNAE 43.41).
- Manteneos actualizado sobre cambios normativos en seguridad laboral y técnicas de pintura.
Si necesitáis verificar la correspondencia exacta entre vuestras actividades y los códigos CNAE e IAE, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para asegurar que estáis registrados correctamente.
Preguntas Frecuentes
¿Qué actividades incluye el código CNAE 43.34 de pintura y acristalamiento?
El CNAE 43.34 comprende la pintura interior y exterior de edificios, pintura de obras de ingeniería civil, instalación de cristales y espejos, cubrimiento de ventanas con capas adherentes, y revestimiento metálico en edificios y estructuras. No incluye la instalación de ventanas (CNAE 43.32) ni la impermeabilización de cubiertas (CNAE 43.41).
¿Cuáles son los códigos IAE asociados al CNAE 43.34?
Los códigos IAE vinculados al CNAE 43.34 son el 505.6 y el 507. El 505.6 corresponde a pintura de edificios y construcciones, mientras que el 507 se refiere a acristalamiento, cristalería y trabajos de vidrio. Declararéis uno u otro según vuestra actividad principal, o ambos si realizáis las dos.
¿Qué obligaciones fiscales tienen los profesionales de pintura y acristalamiento en 2026?
Debéis estar dados de alta en el Registro de Actividades Económicas, presentar declaraciones trimestrales de IVA, mantener libros de registro de facturas, declarar el IRPF o Impuesto de Sociedades según vuestra forma jurídica, y cumplir con las obligaciones de facturación. Además, debéis declarar el IAE en los códigos 505.6 o 507 según corresponda.
¿Puedo realizar trabajos de impermeabilización si tengo el CNAE 43.34?
No. La impermeabilización de cubiertas corresponde al CNAE 43.41. Si realizáis este tipo de trabajos, debéis solicitar un cambio de actividad o ampliar vuestro registro con el código 43.41. Realizar actividades no declaradas puede acarrear sanciones administrativas.
¿Cuál es la diferencia entre CNAE 43.34 y CNAE 43.32?
El CNAE 43.32 se dedica específicamente a la instalación de ventanas y puertas, mientras que el CNAE 43.34 cubre la pintura, acristalamiento y revestimiento metálico. Si vuestro negocio incluye ambas actividades, podéis solicitar la declaración de múltiples códigos CNAE en vuestro registro de actividades.
¿Necesito algún certificado profesional para trabajar en pintura y acristalamiento?
Aunque no es obligatorio por ley tener un certificado específico para registraros como autónomos en CNAE 43.34, es recomendable poseer formación profesional en pintura o acristalamiento. Algunos clientes, especialmente administraciones públicas, pueden exigir acreditación de competencia técnica o certificados de profesionalidad.
Recursos Relacionados
Para profundizar en la clasificación de actividades económicas, consultad nuestra guía completa sobre CNAE y descubrid qué es el CNAE. Si queréis explorar otros códigos de construcción, utilizad nuestro buscador CNAE. Si sois autónomos, consultad nuestra guía sobre CNAE para autónomos.
Recordad que mantener vuestro registro actualizado es fundamental para evitar sanciones y garantizar la correcta gestión fiscal de vuestro negocio en 2026.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué actividades incluye el código CNAE 43.34 de pintura y acristalamiento?
El CNAE 43.34 comprende la pintura interior y exterior de edificios, pintura de obras de ingeniería civil, instalación de cristales y espejos, cubrimiento de ventanas con capas adherentes, y revestimiento metálico en edificios y estructuras. No incluye la instalación de ventanas (CNAE 43.32) ni la impermeabilización de cubiertas (CNAE 43.41).
¿Cuáles son los códigos IAE asociados al CNAE 43.34?
Los códigos IAE vinculados al CNAE 43.34 son el 505.6 y el 507. Estos epígrafes corresponden a actividades de pintura y acristalamiento en el régimen de Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Es fundamental declarar correctamente estos códigos en tu alta como autónomo o empresa.
¿Qué obligaciones fiscales tienen los profesionales de pintura y acristalamiento en 2026?
Los profesionales del CNAE 43.34 deben estar dados de alta en el Registro de Actividades Económicas, presentar declaraciones trimestrales de IVA, mantener libros de registro de facturas, declarar el IRPF o Impuesto de Sociedades según su forma jurídica, y cumplir con las obligaciones de facturación. Además, deben declarar el IAE en los códigos 505.6 o 507 según corresponda.
¿Puedo realizar trabajos de impermeabilización si tengo el CNAE 43.34?
No. La impermeabilización de cubiertas corresponde al CNAE 43.41 (trabajos de impermeabilización). Si realizas este tipo de trabajos, debes solicitar un cambio de actividad o ampliar tu registro con el código 43.41. Realizar actividades no declaradas puede acarrear sanciones administrativas.
¿Cuál es la diferencia entre CNAE 43.34 y CNAE 43.32?
El CNAE 43.32 se dedica específicamente a la instalación de ventanas y puertas, mientras que el CNAE 43.34 cubre la pintura, acristalamiento y revestimiento metálico. Si tu negocio incluye ambas actividades, puedes solicitar la declaración de múltiples códigos CNAE en tu registro de actividades.
¿Necesito algún certificado profesional para trabajar en pintura y acristalamiento?
Aunque no es obligatorio por ley tener un certificado específico para registrarte como autónomo en CNAE 43.34, es recomendable poseer formación profesional en pintura o acristalamiento. Algunos clientes, especialmente administraciones públicas, pueden exigir acreditación de competencia técnica o certificados de profesionalidad.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


