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CNAE 47.25: Comercio al Menor de Bebidas

El CNAE 47.25 es la clasificación económica española que identifica la actividad de comercio al por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas destinadas al...

Brian Mena
9 min de lectura
Imagen de CNAE 47.25

Qué es el CNAE 47.25: Comercio al por Menor de Bebidas

El CNAE 47.25 es la clasificación económica española que identifica la actividad de comercio al por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas destinadas al consumo fuera del establecimiento. Esta categoría es fundamental para autónomos, pequeños comerciantes y empresarios que desarrollan su actividad en el sector de la distribución de bebidas en 2026. Se trata de una actividad comercial que engloba desde tiendas especializadas hasta máquinas dispensadoras de café, siendo una de las más comunes en el comercio minorista español.

Esta clasificación pertenece a la sección G (comercio al por menor) del sistema CNAE y se diferencia claramente de otras actividades relacionadas con bebidas. La distinción más importante es que el CNAE 47.25 no incluye el servicio de bebidas para consumo inmediato en el local, que corresponde al CNAE 56.30 (bares y restaurantes). Esta diferenciación es crucial para la correcta clasificación fiscal y administrativa de tu negocio.

Para Quién es Relevante el CNAE 47.25

Esta clasificación es directamente aplicable a:

  • Autónomos y pequeños empresarios que operan tiendas de bebidas especializadas
  • Propietarios de supermercados y tiendas de conveniencia con sección de bebidas
  • Distribuidores mayoristas-minoristas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas
  • Gestores de máquinas dispensadoras de café y bebidas
  • Comerciantes de zumos naturales y bebidas refrescantes para venta al público
  • Tiendas de vinos, cervezas y licores especializadas

Si tu negocio principal es la venta de bebidas sin servicio de consumo en el establecimiento, el CNAE 47.25 es el que te corresponde. Según el buscador CNAE, esta actividad representa una parte significativa del comercio minorista español en 2026.

Actividades Incluidas en el CNAE 47.25

Esta clasificación comprende un amplio abanico de actividades comerciales relacionadas con bebidas:

1. Comercio al por menor de bebidas alcohólicas: vino, cerveza, licores, destilados y bebidas espirituosas

2. Comercio al por menor de bebidas no alcohólicas: refrescos, aguas minerales, bebidas energéticas y bebidas isotónicas

3. Venta mediante máquinas dispensadoras de café: máquinas automáticas de venta de bebidas calientes

4. Comercio al por menor de zumos de frutas y hortalizas: zumos naturales, néctares y bebidas de frutas

5. Bebidas de té y infusiones: venta minorista de bebidas preparadas o ingredientes para bebidas calientes

6. Bebidas vegetales y alternativas: leches vegetales, bebidas a base de plantas y productos similares

Lo importante es recordar que todas estas actividades deben ser para consumo fuera del establecimiento. Si añades servicio de barra o consumo en el local, deberías reclasificar tu actividad.

Códigos IAE Asociados al CNAE 47.25 en 2026

La Administración Tributaria española vincula el CNAE 47.25 con varios códigos IAE específicos. Es fundamental seleccionar el correcto para tu declaración de actividad:

| Código IAE | Descripción | Aplicación |

|-----------|-------------|------------|

| 645 | Comercio al por menor de bebidas alcohólicas | Tiendas especializadas en vinos, licores y bebidas espirituosas |

| 647 | Comercio al por menor de bebidas no alcohólicas | Tiendas de refrescos, aguas, bebidas energéticas |

| 647.5 | Comercio al por menor de café | Venta especializada de café en grano o molido |

| 663 | Comercio al por menor de bebidas por máquinas dispensadoras | Máquinas expendedoras de bebidas variadas |

| 663.1 | Comercio al por menor de café por máquinas dispensadoras | Máquinas automáticas de café |

La selección del código IAE correcto es determinante para tu obligación tributaria. Si tu negocio vende principalmente bebidas alcohólicas, usarás el 645; si son no alcohólicas, el 647. Si tu modelo de negocio es mediante máquinas dispensadoras, corresponde el 663 o 663.1. Puedes verificar tu código específico con Usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito.

Obligaciones Fiscales y Administrativas en 2026

Como titular de un negocio clasificado bajo CNAE 47.25, debes cumplir con varias obligaciones que varían según tu forma de tributación:

Obligaciones Generales

  • Inscripción en el Censo de Actividades Económicas (IAE): es obligatoria y debes mantenerla actualizada
  • Solicitud de NIF empresarial: necesario para operar legalmente
  • Alta en la Seguridad Social: como autónomo o empresa
  • Licencia de actividad municipal: requerida en tu ayuntamiento
  • Cumplimiento de normativa de bebidas: etiquetado, trazabilidad y normas sanitarias

Obligaciones Tributarias Trimestrales (Tercer Trimestre 2026)

En julio de 2026, durante la presentación del segundo trimestre, debes cumplir:

1. Modelo 303 (IVA trimestral): declaración y pago del IVA de operaciones del trimestre anterior

2. Modelo 130 (si aplica): si tributa por estimación directa, debe presentar declaración trimestral de IRPF

3. Registro de facturas: mantener actualizado el libro de ingresos y gastos

4. Cotizaciones a la Seguridad Social: si tienes empleados, presentación de TC1 y TC2

Obligaciones Contables

  • Libro de ingresos y gastos: registro diario de todas las operaciones
  • Facturación: emisión de facturas con datos identificativos correctos
  • Conservación de documentación: mínimo 4 años
  • Contabilidad simplificada: si factura anual no supera 600.000 euros

Obligaciones Específicas del Sector de Bebidas

  • Cumplimiento de normativa de trazabilidad: especialmente importante para bebidas alcohólicas
  • Etiquetado correcto: información obligatoria sobre contenido alcohólico, origen, alérgenos
  • Registro de proveedores: documentación de procedencia de productos
  • Cumplimiento de normativa sanitaria: almacenamiento y conservación adecuada

Ejemplos Prácticos de Actividades CNAE 47.25

Ejemplo 1: Tienda especializada en vinos

Miguel es autónomo con una tienda especializada en vinos españoles e importados. Su actividad es CNAE 47.25 con código IAE 645. Vende botellas para consumo en casa del cliente. Debe presentar trimestral IVA (modelo 303) y, si tributa por estimación directa, modelo 130. Su obligación contable es simplificada.

Ejemplo 2: Distribuidor de bebidas refrescantes

Laura gestiona un pequeño negocio de distribución de refrescos y aguas minerales a pequeños comercios. Su CNAE es 47.25, código IAE 647. Además de las obligaciones tributarias, debe mantener registro de clientes y productos distribuidos.

Ejemplo 3: Máquinas dispensadoras de café

Carlos opera tres máquinas dispensadoras de café en diferentes ubicaciones. Su actividad corresponde a CNAE 47.25, código IAE 663.1. Debe cumplir obligaciones tributarias trimestrales y mantener registro de ingresos por máquina.

Diferencias Clave: CNAE 47.25 vs. CNAE 56.30

Esta es la confusión más frecuente. La diferencia fundamental es:

  • CNAE 47.25: venta de bebidas para consumo fuera del establecimiento (tiendas, supermercados, máquinas)
  • CNAE 56.30: venta de bebidas para consumo inmediato en el local (bares, cafeterías, restaurantes)

Si tu negocio incluye barra, mesas, o servicio de consumo en el local, debes clasificarte en CNAE 56.30, aunque también vendas bebidas para llevar. La actividad principal determina la clasificación.

Recomendaciones para Autónomos con CNAE 47.25

1. Asesoramiento profesional: dado el volumen de obligaciones fiscales, es recomendable usar el directorio de gestorías para asegurar cumplimiento correcto

2. Software de facturación: implementa un sistema que genere automáticamente facturas y registre operaciones

3. Organización documental: mantén clasificados facturas de proveedores, facturas emitidas y registros de caja

4. Revisión trimestral: antes de presentar declaraciones, revisa que todos los ingresos y gastos estén registrados

5. Actualización de datos: mantén tu declaración de actividad actualizada si cambias el tipo de bebidas que vendes

Preguntas Frecuentes

¿Qué diferencia hay entre CNAE 47.25 y CNAE 56.30?

La principal diferencia es el destino del consumo. El CNAE 47.25 (comercio al por menor de bebidas) se aplica cuando las bebidas se venden para consumir fuera del establecimiento, como tiendas, supermercados o máquinas dispensadoras. El CNAE 56.30 (bares y restaurantes) corresponde cuando las bebidas se sirven para consumo inmediato en el local. Es fundamental distinguirlos correctamente para la clasificación fiscal y la presentación de declaraciones.

¿Cuáles son los códigos IAE asociados al CNAE 47.25 en 2026?

Los códigos IAE vinculados al CNAE 47.25 son: 645 (comercio al por menor de bebidas alcohólicas), 647 (comercio al por menor de bebidas no alcohólicas), 647.5 (comercio al por menor de café), 663 (comercio al por menor de bebidas a través de máquinas dispensadoras) y 663.1 (comercio al por menor de café mediante máquinas dispensadoras). La selección dependerá del tipo específico de bebida y el canal de distribución que utilices en tu negocio.

¿Qué obligaciones fiscales tengo como autónomo con CNAE 47.25 en el tercer trimestre de 2026?

En el tercer trimestre de 2026, debes cumplir varias obligaciones: presentación del IVA trimestral (modelo 303), declaración de la renta trimestral si aplica régimen de estimación directa (modelo 130), registro de facturas emitidas y recibidas, mantenimiento del libro de ingresos y gastos, y cumplimiento de obligaciones mercantiles como la contabilidad. Además, si tienes empleados, debes presentar las cotizaciones a la Seguridad Social. Te recomendamos usar el directorio de gestorías para asesoramiento personalizado.

¿Puedo incluir zumos naturales frescos en el CNAE 47.25?

Sí, el CNAE 47.25 incluye explícitamente el comercio al por menor de zumos de frutas y hortalizas. Sin embargo, si los zumos se elaboran en el mismo establecimiento donde se venden para consumo inmediato (como en una zuquería con barra), podría aplicarse CNAE 56.30 en su lugar. La clave está en si la actividad principal es la venta de bebidas ya preparadas o la elaboración y servicio inmediato.

¿Necesito licencia especial para vender bebidas alcohólicas con CNAE 47.25?

Sí, además de la licencia de actividad municipal, necesitas licencia de actividad comercial para la venta de bebidas alcohólicas. Esta licencia es expedida por tu ayuntamiento y es obligatoria. El procedimiento y requisitos pueden variar según la comunidad autónoma, pero generalmente requiere cumplir normas sobre horarios, proximidad a centros educativos y documentación específica.

¿Puedo cambiar mi código IAE si amplío mi negocio de bebidas?

Sí, es posible modificar tu código IAE si cambias el tipo de bebidas que vendes o añades nuevas líneas de producto. Por ejemplo, si inicialmente vendías solo refrescos (IAE 647) y ahora también vendes bebidas alcohólicas, deberías solicitar la ampliación a IAE 645. Estos cambios deben comunicarse a la Administración Tributaria.

Conclusión

El CNAE 47.25 es la clasificación correcta para cualquier negocio dedicado al comercio minorista de bebidas sin servicio de consumo en el establecimiento. En 2026, los autónomos y pequeños empresarios en este sector deben cumplir con obligaciones tributarias trimestrales, mantener registros contables actualizados y seleccionar correctamente su código IAE. La precisión en esta clasificación es fundamental para evitar problemas fiscales y administrativos.

Si aún tienes dudas sobre si tu actividad corresponde exactamente a CNAE 47.25 o necesitas verificar tu código IAE específico, te recomendamos usar nuestras herramientas. Consulta la guía completa sobre qué es CNAE para profundizar en el sistema de clasificación, o accede al buscador CNAE para verificar tu código. Si requieres asesoramiento especializado sobre tus obligaciones fiscales específicas, el directorio de gestorías te conecta con profesionales en tu zona.

Recuerda que mantener tu clasificación actualizada y cumplir correctamente con tus obligaciones tributarias es esencial para el éxito de tu negocio en 2026.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué diferencia hay entre CNAE 47.25 y CNAE 56.30?

La principal diferencia es el destino del consumo. El CNAE 47.25 (comercio al por menor de bebidas) se aplica cuando las bebidas se venden para consumir fuera del establecimiento, como tiendas, supermercados o máquinas dispensadoras. El CNAE 56.30 (bares y restaurantes) corresponde cuando las bebidas se sirven para consumo inmediato en el local. Es fundamental distinguirlos correctamente para la clasificación fiscal y la presentación de declaraciones.

¿Cuáles son los códigos IAE asociados al CNAE 47.25 en 2026?

Los códigos IAE vinculados al CNAE 47.25 son: 645 (comercio al por menor de bebidas alcohólicas), 647 (comercio al por menor de bebidas no alcohólicas), 647.5 (comercio al por menor de café), 663 (comercio al por menor de bebidas a través de máquinas dispensadoras) y 663.1 (comercio al por menor de café mediante máquinas dispensadoras). La selección dependerá del tipo específico de bebida y el canal de distribución que utilices en tu negocio.

¿Qué obligaciones fiscales tengo como autónomo con CNAE 47.25 en el tercer trimestre de 2026?

En el tercer trimestre de 2026, debes cumplir varias obligaciones: presentación del IVA trimestral (modelo 303), declaración de la renta trimestral si aplica régimen de estimación directa (modelo 130), registro de facturas emitidas y recibidas, mantenimiento del libro de ingresos y gastos, y cumplimiento de obligaciones mercantiles como la contabilidad. Además, si tienes empleados, debes presentar las cotizaciones a la Seguridad Social. Te recomendamos usar el directorio de gestorías para asesoramiento personalizado.

¿Puedo incluir zumos naturales frescos en el CNAE 47.25?

Sí, el CNAE 47.25 incluye explícitamente el comercio al por menor de zumos de frutas y hortalizas. Sin embargo, si los zumos se elaboran en el mismo establecimiento donde se venden para consumo inmediato (como en una zuquería con barra), podría aplicarse CNAE 56.30 en su lugar. La clave está en si la actividad principal es la venta de bebidas ya preparadas o la elaboración y servicio inmediato.

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Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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