CNAE 47.75: Comercio Cosmética 2026
El CNAE 47.75 es la clasificación nacional de actividades económicas que engloba el comercio al por menor de productos de cosmética e higiene personal.

CNAE 47.75: Comercio Cosmética e Higiene Personal 2026
El CNAE 47.75 es la clasificación nacional de actividades económicas que engloba el comercio al por menor de productos de cosmética e higiene personal. Esta categoría incluye la venta de perfumes, cosméticos, artículos de tocador, productos de cuidado personal, desodorantes, jabones, champús, cremas faciales y similares. Se trata de una actividad económica fundamental en el sector retail español, regulada tanto por normativas tributarias como por regulaciones específicas sobre productos cosméticos. La precisión en la clasificación es crucial para cumplir correctamente con las obligaciones administrativas y fiscales en 2026.
¿Qué es el CNAE 47.75?
El CNAE 47.75 es la clasificación oficial que corresponde al comercio al por menor de productos de cosmética e higiene personal. Esta clasificación se aplica a cualquier negocio que realice la venta directa al consumidor final de estos productos, ya sea mediante tienda física, online o ambos canales simultáneamente.
La actividad engloba:
1. Productos de cosmética y belleza: perfumes, maquillaje, cremas faciales, tratamientos de piel, bases, sombras de ojos, labiales2. Productos de higiene personal: jabones, geles de baño, champús, acondicionadores, desodorantes, antitranspirantes3. Artículos de tocador: cepillos, peines, espejos, pinzas, cortaúñas4. Productos de cuidado capilar: mascarillas capilares, serums, aceites, tratamientos especializados5. Productos de higiene bucodental: cepillos de dientes, pastas dentales, enjuagues bucales
Esta clasificación es directamente aplicable a cualquier negocio cuya actividad principal sea la venta de cosméticos e higiene personal al por menor. Si tu empresa está registrada bajo el CNAE 47.75, debes utilizar los códigos IAE asociados 652.2 o 652.3 según corresponda a tu actividad específica.
¿Para Quién es Relevante el CNAE 47.75?
Esta clasificación es directamente aplicable a:
- Propietarios de tiendas especializadas de cosmética: Establecimientos dedicados exclusivamente a la venta de productos de belleza, cuidado personal y perfumería.
- Autónomos y pequeños empresarios: Aquellos que venden cosméticos como actividad principal, tanto en formato físico como digital.
- Grandes superficies con sección de cosmética: Aunque tienen múltiples clasificaciones CNAE, esta es la que corresponde a su sección cosmética.
- Comercio electrónico de cosméticos: Tiendas online que venden productos de higiene personal y belleza.
- Distribuidores y revendedores: Aquellos que compran al mayorista y venden al consumidor final.
- Farmacias con sección cosmética: Aunque pueden tener múltiples CNAE, esta clasificación aplica a la venta de cosméticos.
Si tu actividad principal es la venta de cosméticos e higiene personal al por menor, debes estar registrado bajo el CNAE 47.75 o sus códigos IAE asociados (652.2 o 652.3). Para verificar tu clasificación actual, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito que te permitirá confirmar la correspondencia exacta entre tu código IAE y tu CNAE.
Obligaciones Fiscales y Administrativas en 2026
Como comerciante clasificado bajo el CNAE 47.75 en 2026, debes cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Registro y Declaración de Actividad
- Alta en el Censo de Actividades Económicas: Obligatorio mediante el modelo 036 o 037
- Inscripción en el Registro Mercantil: Recomendable para empresas constituidas en forma de sociedad
- Código IAE correcto: Debes registrarte con el 652.2 o 652.3 según corresponda a tu actividad específica
- Actualización de datos: Si cambias la naturaleza de tu negocio, debes comunicar el cambio de CNAE a través del modelo 036 o 037 en la plataforma de comunicación de CNAE 2026
2. Obligaciones Tributarias en 2026
En el contexto actual del segundo trimestre de 2026:
- Modelo 347: Presentación obligatoria si has realizado operaciones superiores a 3.005,06€ con terceros durante el año anterior. Este modelo se presenta en febrero-marzo para operaciones del año anterior.
- IVA: Declaración trimestral (modelo 303) si estás en régimen normal, o mensual si aplica. En abril de 2026 debes presentar el IVA del primer trimestre.
- IRPF (autónomos): Retención del 15% en operaciones B2B según corresponda.
- Declaración de la Renta: Presentación anual de IRPF (autónomos) o Impuesto sobre Sociedades (empresas).
- Retenciones: Si realizas operaciones con otras empresas, debes aplicar las retenciones correspondientes.
3. Obligaciones Contables y de Registro
- Registro de inventario: Control de existencias de productos cosméticos
- Documentación contable: Conservación de facturas, albaranes y documentos durante 4 años mínimo
- Libro de ingresos y gastos: Obligatorio para autónomos en régimen de estimación directa
- Registro de clientes y proveedores: Necesario para la presentación del modelo 347
- Facturación: Todas las operaciones deben estar debidamente facturadas y registradas
4. Normativa Específica de Productos Cosméticos
Como comerciante de cosméticos, debes cumplir con:
- Reglamento Europeo 1223/2009: Todos los productos deben estar correctamente registrados y etiquetados
- Etiquetado obligatorio: Información en español, ingredientes, fecha de caducidad, condiciones de conservación
- Responsabilidad del distribuidor: Verificar que los productos cumplen normativa de seguridad
- Trazabilidad: Mantener registros de proveedores y lotes de productos
- Notificación de productos: Algunos productos pueden requerir notificación previa
Diferenciación: CNAE 47.75 vs. CNAE 47.76
Es fundamental distinguir correctamente entre estas dos clasificaciones para evitar sanciones administrativas:
| Aspecto | CNAE 47.75 | CNAE 47.76 |
|--------|-----------|----------|
| Productos | Cosmética e higiene personal para personas | Aseo e higiene para animales de compañía |
| Ejemplos | Perfumes, champús, cremas faciales, desodorantes, jabones, maquillaje | Champús para perros, productos de higiene para mascotas, acondicionadores para animales |
| Código IAE | 652.2 y 652.3 | Diferente clasificación |
| Regulación | Reglamento cosméticos europeo 1223/2009 | Regulación específica de productos para animales |
| Consumidor final | Personas | Mascotas |
Si tu negocio vende exclusivamente productos para mascotas, debes clasificarte en el 47.76. La clasificación incorrecta puede resultar en sanciones administrativas y problemas tributarios. Para evitar errores, consulta la tabla de equivalencias IAE-CNAE que te ayudará a identificar correctamente tu clasificación.
Ejemplos Prácticos de Actividades Incluidas
Bajo el CNAE 47.75 se incluyen:
1. Tienda especializada en perfumería y cosméticos de marca
2. Negocio de venta de productos de higiene personal (jabones artesanales, geles de baño)
3. Tienda de belleza que vende maquillaje, cremas y tratamientos faciales
4. Comercio electrónico de cosméticos naturales u orgánicos
5. Distribuidor que vende al por menor productos de cuidado personal
6. Farmacia con sección de cosmética (aunque puede tener múltiples CNAE)
7. Tienda de productos de higiene bucodental (cepillos, pastas, enjuagues)
8. Boutique de belleza con venta de productos cosméticos premium
9. Tienda online especializada en skincare y cuidado de la piel
10. Distribuidor minorista de productos de higiene personal a pequeños comercios
Cómo Verificar tu Clasificación CNAE
Si no estás seguro de tu clasificación actual, puedes:
1. Consultar tu declaración de actividad: En el modelo 036/037 aparece tu código IAE
2. Convertir tu código IAE al CNAE: Usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para verificar la correspondencia exacta
3. Consultar la Agencia Tributaria: A través de la web de Hacienda o presencialmente
4. Revisar la documentación de alta: Tu certificado de actividad económica incluye esta información
5. Contactar con un gestor administrativo: Un profesional puede ayudarte a confirmar tu clasificación
Para una clasificación precisa y actualizada en 2026, te recomendamos utilizar herramientas especializadas. Si necesitas información más detallada sobre cómo funciona la clasificación CNAE en general, consulta nuestra guía sobre qué es el CNAE y cómo se relaciona con el sistema fiscal español.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es el CNAE 47.75 y qué actividades incluye?
El CNAE 47.75 es la clasificación nacional de actividades económicas que engloba el comercio al por menor de productos de cosmética e higiene personal. Incluye la venta de perfumes, cosméticos, artículos de tocador, productos de cuidado personal, desodorantes, jabones, champús, cremas faciales y similares. Se aplica a cualquier negocio que realice venta directa al consumidor final, ya sea mediante tienda física, online o ambos canales.
¿Cuáles son los códigos IAE asociados al CNAE 47.75?
Los códigos IAE asociados al CNAE 47.75 son el 652.2 y el 652.3. Debes registrarte con uno de estos códigos según corresponda a tu actividad específica de venta de cosméticos e higiene personal. La correcta asignación es fundamental para cumplir con tus obligaciones fiscales y administrativas.
¿Cuál es la diferencia entre CNAE 47.75 y CNAE 47.76?
La principal diferencia radica en el tipo de productos: el CNAE 47.75 se refiere al comercio de cosmética e higiene personal para personas (perfumes, champús, cremas faciales), mientras que el CNAE 47.76 corresponde al comercio de aseo e higiene para animales de compañía (champús para perros, productos de higiene para mascotas). Una clasificación incorrecta puede resultar en sanciones administrativas.
¿Qué obligaciones fiscales tengo en 2026 con el CNAE 47.75?
En 2026 debes cumplir con: presentación del modelo 347 si realizas operaciones superiores a 3.005,06€, declaración trimestral de IVA (modelo 303), retención del 15% en IRPF si aplica, declaración anual de Renta (IRPF para autónomos o Impuesto sobre Sociedades para empresas), registro de inventario, conservación de facturas durante 4 años mínimo, y libro de ingresos y gastos si estás en estimación directa.
¿Puedo vender cosméticos tanto en tienda física como online con el CNAE 47.75?
Sí, el CNAE 47.75 se aplica a cualquier negocio que realice venta de cosméticos e higiene personal al por menor, independientemente del canal utilizado. Puedes operar con tienda física, comercio electrónico o ambos simultáneamente manteniendo la misma clasificación.
¿Qué normativa específica debo cumplir para productos cosméticos?
Debes cumplir con el Reglamento Europeo 1223/2009, que establece: etiquetado obligatorio en español con ingredientes y fecha de caducidad, condiciones de conservación claramente indicadas, registro correcto de todos los productos, verificación de que cumplen normativa de seguridad, y mantenimiento de trazabilidad de proveedores y lotes de productos.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué es el CNAE 47.75 y qué actividades incluye?
El CNAE 47.75 es la clasificación nacional de actividades económicas que engloba el comercio al por menor de productos de cosmética e higiene personal. Incluye la venta de perfumes, cosméticos, artículos de tocador, productos de cuidado personal, desodorantes, jabones, champús, cremas faciales y similares. Se aplica a cualquier negocio que realice venta directa al consumidor final, ya sea mediante tienda física, online o ambos canales.
¿Cuáles son los códigos IAE asociados al CNAE 47.75?
Los códigos IAE asociados al CNAE 47.75 son el 652.2 y el 652.3. Debes registrarte con uno de estos códigos según corresponda a tu actividad específica de venta de cosméticos e higiene personal. La correcta asignación es fundamental para cumplir con tus obligaciones fiscales y administrativas.
¿Cuál es la diferencia entre CNAE 47.75 y CNAE 47.76?
La principal diferencia radica en el tipo de productos: el CNAE 47.75 se refiere al comercio de cosmética e higiene personal para personas (perfumes, champús, cremas faciales), mientras que el CNAE 47.76 corresponde al comercio de aseo e higiene para animales de compañía (champús para perros, productos de higiene para mascotas). Una clasificación incorrecta puede resultar en sanciones administrativas.
¿Qué obligaciones fiscales tengo en 2026 con el CNAE 47.75?
En 2026 debes cumplir con: presentación del modelo 347 si realizas operaciones superiores a 3.005,06€, declaración trimestral de IVA (modelo 303), retención del 15% en IRPF si aplica, declaración anual de Renta (IRPF para autónomos o Impuesto sobre Sociedades para empresas), registro de inventario, conservación de facturas durante 4 años mínimo, y libro de ingresos y gastos si estás en estimación directa.
¿Puedo vender cosméticos tanto en tienda física como online con el CNAE 47.75?
Sí, el CNAE 47.75 se aplica a cualquier negocio que realice venta de cosméticos e higiene personal al por menor, independientemente del canal utilizado. Puedes operar con tienda física, comercio electrónico o ambos simultáneamente manteniendo la misma clasificación.
¿Qué normativa específica debo cumplir para productos cosméticos?
Debes cumplir con el Reglamento Europeo 1223/2009, que establece: etiquetado obligatorio en español con ingredientes y fecha de caducidad, condiciones de conservación claramente indicadas, registro correcto de todos los productos, verificación de que cumplen normativa de seguridad, y mantenimiento de trazabilidad de proveedores y lotes de productos.
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Fuentes: Fuente: content_sources

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


