CNAE 49.39: Transporte Terrestre Alternativo
El CNAE 49.39 engloba los servicios de bicitaxi y el transporte de pasajeros mediante vehículos de tracción humana o animal. Descubre qué actividades incluye, cómo registrarte y cómo diferenciarlo de otros códigos de transporte.

CNAE 49.39: Servicios de Bicitaxi y Transporte Alternativo
Introducción
El código CNAE 49.39 corresponde a la clase "Otros tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p." (no clasificados en otros apartados). Se trata de una categoría especializada dentro del sector del transporte de pasajeros por carretera que engloba modalidades alternativas y menos convencionales de movilidad urbana y rural.
Este código es especialmente relevante para emprendedores que operan servicios de bicitaxi, transporte con tracción animal o cualquier otro sistema de transporte terrestre de pasajeros que no se ajuste a las categorías tradicionales de autobús, taxi o vehículos con conductor. Su importancia práctica radica en permitir la clasificación correcta de actividades innovadoras o tradicionales que no encajan en las categorías convencionales, garantizando una correcta tributación y cumplimiento normativo ante la Agencia Tributaria.
Descripción Detallada de Actividades
El CNAE 49.39 comprende específicamente dos tipos de actividades económicas principales:
Servicios de Bicitaxi: Esta es la actividad más representativa del código. Un bicitaxi es un vehículo impulsado por pedales, generalmente con capacidad para transportar pasajeros (normalmente 2-3 personas) además del conductor. Los servicios de bicitaxi incluyen el transporte urbano de pasajeros, frecuentemente utilizado en zonas turísticas, áreas peatonales o ciudades que promueven la movilidad sostenible. Ejemplos concretos son los servicios de bicitaxi en ciudades como Barcelona, Valencia o Madrid, donde operan como alternativa ecológica a los taxis tradicionales.
Transporte de Pasajeros por Tracción Humana o Animal: Esta categoría abarca cualquier sistema de transporte terrestre de pasajeros que dependa de la tracción humana (como carretas tiradas manualmente o vehículos impulsados por personas) o tracción animal (como carruajes tirados por caballos, mulas o burros). Aunque menos frecuente en entornos urbanos modernos, esta modalidad persiste en zonas rurales, destinos turísticos históricos o como actividad complementaria en ferias y eventos.
La distinción fundamental de este código respecto a otros del sector es que no requiere motores de combustión interna ni sistemas mecánicos convencionales, enfatizando la sostenibilidad y los métodos alternativos de movilidad.
Actividades Excluidas y Códigos Alternativos
Es crucial identificar qué actividades NO están incluidas en el CNAE 49.39 para evitar clasificaciones erróneas:
Transporte de Pacientes en Ambulancia (CNAE 86.92): Si tu actividad principal es el transporte sanitario de pacientes, incluso si utilizas vehículos no convencionales, debes utilizar el código 86.92 correspondiente a servicios de ambulancia y transporte sanitario.
Transporte de Restos Humanos (CNAE 96.30): El transporte de difuntos o restos mortales, independientemente del medio utilizado, se clasifica en la sección 96.30, no en 49.39.
Transporte Regular de Pasajeros (CNAE 49.31): Si ofreces servicios de transporte con horarios fijos y rutas establecidas, aunque sea en bicitaxi, podría considerarse transporte regular.
Transporte No Regular (CNAE 49.32): El transporte ocasional de pasajeros con paradas fijas.
Servicios Bajo Demanda (CNAE 49.33): Transporte de pasajeros en vehículos con conductor bajo demanda (similar a VTC o taxi).
La diferencia clave es que el CNAE 49.39 se aplica específicamente a sistemas de tracción alternativa, no a servicios convencionales de transporte incluso si son ocasionales.
Códigos Relacionados y Equivalencias
Equivalencia IAE: El código CNAE 49.39 se corresponde con el IAE 729 - "Otros transportes terrestres no clasificados en otros apartados". Esta equivalencia es fundamental para el registro fiscal correcto. Si eres autónomo o pequeña empresa, deberás darte de alta en el IAE 729 ante la Hacienda Pública.
Códigos CNAE Relacionados en la Misma Sección:
- CNAE 49.31 (Transporte regular de pasajeros por carretera): Para servicios con líneas fijas y horarios establecidos, utilizando autobuses o minibuses convencionales.
- CNAE 49.32 (Transporte no regular de pasajeros por carretera): Para servicios ocasionales de pasajeros sin rutas fijas, como viajes puntuales o charters.
- CNAE 49.33 (Servicios de transporte de pasajeros bajo demanda): Para servicios tipo VTC (vehículos de turismo con conductor) o taxi, donde el cliente solicita el servicio.
- CNAE 49.34 (Transporte de pasajeros en teleféricos y remontes): Para sistemas de transporte por cable, funiculares o remontes mecánicos.
La elección entre estos códigos depende fundamentalmente del tipo de vehículo utilizado y la modalidad de servicio. El CNAE 49.39 es la opción cuando utilizas tracción humana o animal, diferenciándose claramente de los demás que requieren vehículos motorizados.
Preguntas Frecuentes sobre CNAE 49.39
P: ¿Necesito algún permiso especial para operar un servicio de bicitaxi?
R: Aunque el CNAE 49.39 clasifica correctamente tu actividad, la operación de bicitaxis está sujeta a regulaciones locales. Algunos municipios requieren licencias de transporte, seguros de responsabilidad civil y cumplimiento de normativas de circulación. Debes contactar con el Ayuntamiento correspondiente para conocer los requisitos específicos de tu zona. Además, necesitarás darte de alta en la Seguridad Social como autónomo y registrarte en el IAE 729.
P: ¿Puedo cambiar entre CNAE 49.39 y otros códigos si amplío mi flota con vehículos motorizados?
R: Sí, pero debes comunicar el cambio de actividad a la Agencia Tributaria. Si incorporas vehículos motorizados (como minibuses o taxis), tu actividad principal cambiaría a CNAE 49.31, 49.32 o 49.33 según la modalidad. Este cambio debe registrarse mediante una modificación de alta en el IAE y en el censo de actividades económicas. No puedes mantener simultáneamente dos códigos para la misma actividad principal; aunque podrías tener actividades secundarias.
P: ¿Qué obligaciones fiscales tengo con el CNAE 49.39?
R: Como autónomo o empresa con CNAE 49.39, debes cumplir con: (1) Presentar declaración trimestral de IVA si estás en régimen de IVA normal; (2) Declaración anual de la Renta (IRPF si eres autónomo, IS si eres sociedad); (3) Mantener registros contables y facturas de ingresos; (4) Pagar cuotas de Seguridad Social como autónomo (aproximadamente 300€ mensuales, aunque existen reducciones para nuevos emprendedores); (5) Cumplir con la normativa laboral si tienes empleados.
P: ¿Cómo se diferencia el CNAE 49.39 del IAE 729 en términos prácticos?
R: El CNAE 49.39 es la clasificación estadística y económica utilizada por el INE y Hacienda para análisis macroeconómicos y estadísticas sectoriales. El IAE 729 es el código fiscal específico que utilizas para registrarte ante la Hacienda Pública como contribuyente. En la práctica, son complementarios: usas CNAE 49.39 para fines estadísticos y clasificación económica, e IAE 729 para tu obligación fiscal de alta. Ambos códigos deben coincidir en tu registro.
P: ¿El transporte turístico en carruaje de caballos entra en CNAE 49.39?
R: Sí, definitivamente. El transporte turístico de pasajeros en carruajes tirados por caballos es una actividad típica del CNAE 49.39, especialmente en ciudades históricas o zonas turísticas. Sin embargo, si el servicio es muy puntual o forma parte de una actividad principal diferente (como un hotel que ofrece paseos ocasionales), podría considerarse actividad secundaria. Lo importante es que la tracción sea animal y el objetivo sea transportar pasajeros.
Conclusión
El CNAE 49.39 es la clasificación correcta para servicios de bicitaxi y transporte de pasajeros mediante tracción humana o animal. Su equivalencia con el IAE 729 es fundamental para el registro fiscal correcto ante la Hacienda Pública. Diferenciarse claramente de códigos como 49.31, 49.32 y 49.33 es esencial para evitar problemas tributarios. Si operás una actividad de transporte alternativo o sostenible, te recomendamos utilizar nuestro conversor IAE-CNAE para verificar la clasificación exacta de tu actividad y garantizar el cumplimiento normativo.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Necesito algún permiso especial para operar un servicio de bicitaxi clasificado en CNAE 49.39?
Aunque el CNAE 49.39 clasifica correctamente tu actividad económica, la operación de bicitaxis está sujeta a regulaciones locales que varían según el municipio. Algunos ayuntamientos requieren licencias específicas de transporte, certificados de seguros de responsabilidad civil, inspecciones de seguridad del vehículo y cumplimiento de normativas de circulación urbana. Debes contactar con el Ayuntamiento correspondiente y la Consejería de Transportes de tu comunidad autónoma para conocer los requisitos específicos. Además, necesitarás darte de alta obligatoriamente en la Seguridad Social como autónomo y registrarte en el IAE 729 ante la Hacienda Pública. Sin estos registros, tu actividad sería irregular independientemente de la clasificación CNAE.
¿Puedo cambiar de CNAE 49.39 a otro código si amplío mi flota con vehículos motorizados?
Sí, puedes cambiar de clasificación, pero debes comunicarlo obligatoriamente a la Agencia Tributaria. Si incorporas vehículos motorizados (como minibuses, taxis o vehículos con conductor), tu actividad principal cambiaría a CNAE 49.31 (transporte regular), 49.32 (transporte no regular) o 49.33 (servicios bajo demanda) según la modalidad de servicio. Este cambio debe registrarse mediante una modificación de alta en el IAE y en el censo de actividades económicas. Es importante destacar que no puedes mantener simultáneamente dos códigos para la misma actividad principal, aunque sí podrías declarar actividades secundarias si son claramente diferenciadas. Te recomendamos consultar con un asesor fiscal antes de hacer cambios para evitar sanciones.
¿Cuáles son exactamente mis obligaciones fiscales como autónomo con CNAE 49.39?
Como autónomo o empresa con CNAE 49.39 (equivalente a IAE 729), tienes las siguientes obligaciones fiscales: (1) Presentar declaración trimestral de IVA si estás en régimen de IVA normal, o declaración anual simplificada si cumples requisitos de volumen de negocio reducido; (2) Presentar declaración anual de la Renta (IRPF si eres autónomo, Impuesto sobre Sociedades si eres sociedad mercantil); (3) Mantener registros contables completos y facturas de todos los ingresos obtenidos; (4) Pagar cuotas mensuales de Seguridad Social como autónomo (aproximadamente 300-400€ mensuales, aunque existen reducciones para nuevos emprendedores durante los primeros meses); (5) Cumplir con la normativa laboral si tienes empleados, incluyendo afiliación a Seguridad Social, nóminas, contratación formal y cumplimiento de convenios colectivos aplicables. Adicionalmente, debes mantener tus datos actualizados en el IAE y comunicar cualquier cambio de domicilio, actividades o circunstancias relevantes.
¿El transporte turístico en carruaje de caballos está incluido en CNAE 49.39?
Sí, definitivamente. El transporte turístico de pasajeros en carruajes tirados por caballos, mulas, burros u otros animales es una actividad típica e incluida explícitamente en el CNAE 49.39, especialmente en ciudades históricas, destinos turísticos o zonas rurales. Sin embargo, si el servicio es muy ocasional o forma parte de una actividad principal diferente (por ejemplo, un hotel que ofrece paseos ocasionales a sus huéspedes), podría considerarse actividad secundaria o complementaria. Lo importante es que el objetivo principal sea transportar pasajeros utilizando tracción animal. Si esta es tu actividad principal, debes registrarte en el IAE 729. Algunos municipios pueden tener regulaciones especiales para este tipo de transporte, incluyendo requisitos de bienestar animal, inspecciones veterinarias periódicas y límites de horario de operación.
¿Cuál es la diferencia práctica entre CNAE 49.39 e IAE 729 para mi negocio?
El CNAE 49.39 y el IAE 729 son complementarios pero sirven propósitos diferentes: CNAE 49.39 es la clasificación estadística y económica utilizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y por Hacienda Pública para análisis macroeconómicos, estadísticas sectoriales y estudios económicos. Es la clasificación que aparece en bases de datos estadísticas oficiales. El IAE 729 es el código fiscal específico que utilizas para registrarte ante la Hacienda Pública como contribuyente y que aparece en tu certificado de alta como autónomo o empresa. En la práctica, ambos códigos deben coincidir en tu registro: cuando te das de alta en el IAE 729, automáticamente estás clasificado en CNAE 49.39. Para fines administrativos y fiscales, usarás principalmente el IAE 729, pero en documentos estadísticos y análisis económicos aparecerá el CNAE 49.39. Ambos son obligatorios y deben ser consistentes.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social
Códigos relacionados

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


