CNAE 53.20: Servicios Postales y Mensajería

El código CNAE 53.20 clasifica las actividades postales y de mensajería no sujetas a obligación de servicio universal. Descubre qué incluye, ejemplos prácticos y diferencias con otros códigos.

Brian Mena
7 min de lectura
Imagen de CNAE 53.20

CNAE 53.20: Servicios Postales y de Mensajería - Guía Completa

Introducción

El código CNAE 53.20 clasifica las actividades postales y de mensajería que no están sometidas a la obligación de servicio universal. Se trata de una categoría fundamental en el sector del transporte y la logística, regulada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y utilizada por empresas que ofrecen servicios de recogida, clasificación, transporte y reparto de correspondencia y paquetes a nivel nacional e internacional.

Este código es relevante para autónomos y empresas que operan en el sector privado de mensajería y logística, distinguiéndose claramente de los servicios postales públicos. La importancia práctica radica en que permite identificar correctamente la actividad económica para fines fiscales, estadísticos y de registro en la Administración Pública.

Descripción Detallada del CNAE 53.20

El código CNAE 53.20 comprende específicamente:

Actividades Principales Incluidas:

La recogida, clasificación, transporte y reparto de correspondencia y paquetes constituye el núcleo de este código. Las empresas clasificadas bajo CNAE 53.20 pueden operar tanto a nivel nacional como internacional, utilizando uno o más medios de transporte según sus necesidades operativas.

Un aspecto clave es que estas empresas no funcionan bajo la obligación de servicio universal, lo que las diferencia fundamentalmente de Correos (CNAE 53.10). Esto significa que pueden establecer sus propias tarifas, horarios y cobertura geográfica sin las restricciones que aplican a los operadores postales públicos.

Modalidades de Transporte:

Las actividades pueden realizarse mediante:

  • Transporte propio (privado): utilizando flota propia de vehículos
  • Transporte público: contratando servicios de terceros para la distribución
  • Combinación de ambos: modelo híbrido muy común en medianas empresas

Servicios de Entrega a Domicilio:

Este código incluye también los servicios de entrega a domicilio, con especial mención a la entrega de comida preparada (cuando no es realizada por el mismo establecimiento que prepara los platos). Esto es relevante para plataformas de delivery y empresas especializadas en reparto de alimentos.

Ejemplos Concretos de Empresas:

  • Empresas de mensajería privada (tipo MRW, Seur, DHL en sus operaciones nacionales)
  • Plataformas de delivery de comida (Glovo, Uber Eats, Deliveroo en operaciones de reparto puro)
  • Servicios de paquetería especializada
  • Empresas de logística de última milla
  • Recaderos profesionales con operaciones de reparto
  • Servicios de correo rápido (courier) privados

Cuándo Usar CNAE 53.20 vs. 53.10:

La distinción es clara: use CNAE 53.20 si su empresa no está obligada a prestar servicio universal (es decir, no es Correos). Si opera como operador postal público con obligaciones de cobertura universal, use CNAE 53.10.

Actividades Excluidas del CNAE 53.20

Es fundamental conocer qué NO está incluido en este código para evitar clasificaciones incorrectas:

Transporte de Mercancías General:

  • CNAE 49.20: Transporte por carretera de mercancías
  • CNAE 49.41: Transporte de mercancías por carretera
  • CNAE 50.20: Transporte marítimo de mercancías
  • CNAE 50.40: Transporte marítimo de mercancías
  • CNAE 51.21: Transporte aéreo de mercancías
  • CNAE 51.22: Transporte aéreo de mercancías

El transporte de mercancías según modalidad de transporte se clasifica en otros códigos CNAE específicos:

La diferencia clave: CNAE 53.20 se centra en correspondencia y paquetes pequeños, mientras que estos códigos cubren transporte general de mercancías de cualquier tamaño.

Entrega de Mobiliario:

La entrega de mobiliario, con o sin desembalaje e instalación, se clasifica bajo CNAE 49.41 (transporte de mercancías por carretera), no bajo 53.20. Esto aplica incluso si la empresa también realiza otras actividades de mensajería.

Comida Preparada por el Mismo Establecimiento:

Si la entrega a domicilio de comida preparada es realizada por la misma unidad que prepara los platos, debe clasificarse bajo la División 56 (Servicios de comidas y bebidas), no bajo 53.20. Esta exclusión es importante para restaurantes que realizan entregas propias.

Códigos Relacionados y Equivalencias

Equivalencia CNAE ↔ IAE:

El CNAE 53.20 se corresponde con dos códigos IAE principales:

  • Categoría: Telecomunicaciones
  • Aplicable para empresas que ofrecen servicios integrales combinando correos con otras telecomunicaciones
  • Requiere alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas

IAE 847 - Servicios Integrales de Correos y Telecomunicaciones:

  • Categoría: Transporte
  • Código más específico y comúnmente utilizado para empresas de mensajería pura
  • Requiere alta obligatoria en IAE
  • Es la opción preferente para la mayoría de empresas de CNAE 53.20

IAE 849.5 - Servicios de Mensajería, Recaderos y Reparto:

Códigos CNAE Relacionados:

  • Diferencia fundamental: obligación de servicio universal
  • Aplica a Correos y operadores autorizados
  • Regulación más restrictiva
  • Tarifas reguladas

CNAE 53.10 - Actividades Postales Sometidas a la Obligación del Servicio Universal:

Elegir entre 53.10 y 53.20 depende de si su empresa tiene autorización y obligación de prestar servicio universal. La mayoría de empresas privadas de mensajería usan 53.20.

Preguntas Frecuentes sobre CNAE 53.20

P: ¿Necesito alta en IAE si tengo CNAE 53.20?

R: Sí, es obligatorio. El CNAE 53.20 requiere alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Debe registrarse bajo el código IAE 849.5 (Servicios de mensajería, recaderos y reparto) o 847 (Servicios integrales de correos) según su actividad específica. El alta en IAE es requisito previo para iniciar actividades y debe realizarse ante la Administración Tributaria antes de comenzar operaciones. Incumplir esta obligación puede resultar en sanciones.

P: ¿Cuál es la diferencia entre CNAE 53.20 y transporte de mercancías (CNAE 49.20)?

R: La distinción es por tipo y volumen de envío. CNAE 53.20 se especializa en correspondencia y paquetes pequeños mediante servicios de mensajería, con énfasis en la recogida y clasificación. CNAE 49.20 (transporte de mercancías) es para transporte general de cualquier tipo de carga, incluyendo mercancías voluminosas. Si transportas paquetes de hasta 30 kg de forma regular como servicio de mensajería, es 53.20. Si transportas palets o cargas grandes, es 49.20. La línea divisoria está en el modelo de negocio: servicio de mensajería vs. transporte general.

P: ¿Puedo incluir delivery de comida en CNAE 53.20?

R: Sí, pero con matices. Si eres una empresa especializada en reparto que entrega comida preparada por otros establecimientos (como Glovo o plataformas similares), usas CNAE 53.20. Si eres un restaurante que entrega tu propia comida, debes usar División 56 (Servicios de comidas). La clave está en si tú preparas la comida o solo la entregas. Si es tu restaurante quien prepara y tú entregas, es División 56. Si eres empresa de reparto que entrega comida de múltiples restaurantes, es 53.20.

P: ¿Qué obligaciones fiscales tengo con CNAE 53.20?

R: Como empresa con CNAE 53.20, debes cumplir con: (1) IVA: generalmente al 21%, aunque algunos servicios pueden tener tipos reducidos; (2) Impuesto de Sociedades (si eres empresa) o IRPF (si eres autónomo); (3) IAE: alta obligatoria y pago anual; (4) Retenciones: si contratas a trabajadores, debes practicar retenciones de IRPF; (5) Declaración de la Renta: presentación de modelos 130 (estimación directa) o 131 (estimación objetiva) como autónomo, o 200 como sociedad. Recomendamos consultar con asesor fiscal para optimizar tu situación específica.

P: ¿Puedo combinar CNAE 53.20 con otras actividades?

R: Sí, es posible tener múltiples códigos CNAE si realizas actividades diferentes. Por ejemplo, podrías tener 53.20 (mensajería) y 49.41 (transporte de mercancías) si ofreces ambos servicios. Sin embargo, cada actividad debe ser registrada correctamente en tu documentación fiscal. La actividad principal (por volumen de ingresos) determina tu clasificación principal. Si realizas actividades secundarias, deben ser declaradas en el apartado correspondiente de tu declaración de impuestos.

Conclusión

El código CNAE 53.20 es esencial para empresas de mensajería, logística y servicios de reparto que operan sin obligación de servicio universal. Su correcta clasificación es crucial para cumplir obligaciones fiscales y administrativas. Recuerda que debe complementarse con el registro en IAE (preferentemente 849.5) y que existen diferencias clave con CNAE 53.10 (servicio universal) y códigos de transporte general. Para casos específicos o dudas sobre tu clasificación, utiliza herramientas de conversión CNAE-IAE y consulta con un asesor fiscal profesional.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Necesito alta en IAE si tengo CNAE 53.20?

Sí, es obligatorio. El CNAE 53.20 requiere alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Debe registrarse bajo el código IAE 849.5 (Servicios de mensajería, recaderos y reparto) o 847 (Servicios integrales de correos) según su actividad específica. El alta en IAE es requisito previo para iniciar actividades y debe realizarse ante la Administración Tributaria antes de comenzar operaciones. Incumplir esta obligación puede resultar en sanciones administrativas y fiscales. El registro debe actualizarse anualmente, incluso si no hay cambios en la actividad.

¿Cuál es la diferencia entre CNAE 53.20 y transporte de mercancías (CNAE 49.20)?

La distinción es fundamental por tipo y volumen de envío. CNAE 53.20 se especializa en correspondencia y paquetes pequeños mediante servicios de mensajería, con énfasis en la recogida, clasificación y distribución. CNAE 49.20 (transporte de mercancías) es para transporte general de cualquier tipo de carga, incluyendo mercancías voluminosas y palets. Si transportas paquetes de hasta 30 kg de forma regular como servicio de mensajería especializado, es 53.20. Si transportas palets, cargas grandes o mercancías diversas, es 49.20. La línea divisoria está en el modelo de negocio: servicio de mensajería versus transporte general de mercancías.

¿Puedo incluir delivery de comida en CNAE 53.20?

Sí, pero con matices importantes. Si eres una empresa especializada en reparto que entrega comida preparada por otros establecimientos (como plataformas Glovo, Uber Eats, Deliveroo), usas CNAE 53.20. Si eres un restaurante que entrega tu propia comida preparada, debes usar División 56 (Servicios de comidas y bebidas). La clave está en si tú preparas la comida o solo la entregas. Si es tu restaurante quien prepara y tú entregas, es División 56. Si eres empresa de reparto que entrega comida de múltiples restaurantes sin prepararla, es 53.20. Esta distinción es importante para clasificación fiscal correcta.

¿Qué obligaciones fiscales tengo con CNAE 53.20?

Como empresa con CNAE 53.20, debes cumplir con: (1) IVA generalmente al 21%, aunque algunos servicios pueden tener tipos reducidos; (2) Impuesto de Sociedades si eres empresa o IRPF si eres autónomo; (3) IAE con alta obligatoria y pago anual; (4) Retenciones de IRPF si contratas trabajadores; (5) Presentación de modelos 130 (estimación directa) o 131 (estimación objetiva) como autónomo, o modelo 200 como sociedad. También debes mantener registros contables, facturas y documentación de transporte. Recomendamos consultar con asesor fiscal para optimizar tu situación específica y cumplir todas las obligaciones.

¿Cuál es la diferencia entre CNAE 53.20 y CNAE 53.10?

La diferencia fundamental es la obligación de servicio universal. CNAE 53.10 (Actividades postales sometidas a obligación de servicio universal) aplica a operadores postales públicos como Correos que deben garantizar cobertura universal, tarifas reguladas y horarios fijos. CNAE 53.20 (Otras actividades postales y de mensajería) aplica a empresas privadas sin estas obligaciones, permitiendo establecer tarifas, horarios y cobertura geográfica libremente. Si tu empresa es privada y ofrece servicios de mensajería sin obligación de cobertura universal, debes usar CNAE 53.20. Solo si tienes autorización oficial como operador postal universal, usarías 53.10.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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