CNAE 74.91: Agentes de Patentes y Propiedad Intelectual
El CNAE 74.91 clasifica las actividades de intermediación, gestión y comercialización de patentes y derechos de propiedad intelectual.

CNAE 74.91: Agentes de Patentes y Servicios de Marketing
¿Qué es el CNAE 74.91?
El CNAE 74.91 clasifica las actividades de intermediación, gestión y comercialización de patentes y derechos de propiedad intelectual. Se trata de una clasificación profesional que engloba servicios especializados relacionados con la protección, gestión y explotación de derechos de autor, patentes, marcas comerciales, licencias y franquicias. En el contexto fiscal de 2026, este código es fundamental para empresarios y autónomos que se dedican a asesorar, gestionar o intermediar en materia de propiedad industrial e intelectual.
Esta clase incluye explícitamente:
- Intermediación y comercialización de patentes: Actividades de mediación entre titulares de patentes y posibles compradores o licenciatarios.
- Gestión de derechos de propiedad industrial: Administración de patentes, licencias, marcas comerciales y franquicias en nombre de terceros.
- Entidades de gestión colectiva de derechos: Organizaciones que recaudan y distribuyen derechos de autor y conexos.
- Gestión de propiedad intelectual: Administración de derechos de autor, derechos conexos e ingresos derivados de su explotación.
Lo que no incluye el CNAE 74.91 es el arrendamiento o cesión de uso de propiedad intelectual, que se clasifica en el CNAE 77.40.
¿Para quién es relevante el CNAE 74.91?
Este código es esencial para los siguientes profesionales y entidades en 2026:
1. Agentes de patentes: Profesionales que intermedian en la venta, licencia o gestión de patentes.
2. Consultores de propiedad intelectual: Asesores especializados en marcas, patentes y derechos de autor.
3. Gestores de derechos de autor: Profesionales que administran derechos de autor y conexos.
4. Entidades de gestión colectiva: Organizaciones como SGAE, VEGAP o similares que recaudan y distribuyen derechos.
5. Asesores en franquicias: Profesionales que gestionan y comercializan derechos de franquicia.
6. Consultores de marcas comerciales: Especialistas en gestión y protección de marcas.
7. Autónomos y pequeñas empresas: Profesionales independientes que ofrecen servicios de consultoría en propiedad intelectual.
Si tu actividad principal es intermediar, gestionar o asesorar sobre derechos de propiedad intelectual o industrial, debes estar clasificado en CNAE 74.91. Para verificar tu clasificación correcta, puedes Usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito.
Obligaciones Fiscales en 2026
Los profesionales del CNAE 74.91 tienen obligaciones fiscales específicas en 2026, especialmente considerando que nos encontramos en junio, final de la campaña de Renta 2025:
Declaraciones Tributarias
- Plazo: Antes del 30 de junio de 2026 para la Renta 2025.
- Régimen: Estimación directa (normal o simplificada), no pueden usar módulos IRPF.
- Base imponible: Ingresos totales menos gastos deducibles (honorarios, material, software, formación, etc.).
- Tipo impositivo: Del 19% al 45% según la base imponible.
1. Impuesto sobre la Renta (IRPF)
- Presentación: Trimestral mediante modelo 303 (próximo vencimiento: 20 de julio de 2026 para Q2).
- Tipo aplicable: 21% en servicios de consultoría y gestión de derechos.
- Obligación de factura: Todas las prestaciones de servicios deben documentarse con factura que incluya datos del cliente, descripción del servicio, base imponible y cuota de IVA.
- Factura electrónica: Obligatoria desde 2026 si la facturación anual supera 600.000 euros.
2. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Porcentaje: 15% sobre servicios profesionales cuando el cliente es una entidad obligada a practicar retención.
- Obligación de declaración: Modelo 347 anual para operaciones con terceros que superen 3.000 euros.
3. Retenciones de IRPF
Contabilidad y Registros
Los profesionales del CNAE 74.91 deben mantener:
1. Libro de ingresos y gastos (si facturan menos de 600.000 euros anuales y están en régimen simplificado).
2. Contabilidad completa (si superan 600.000 euros o están en régimen normal).
3. Facturas emitidas y recibidas con toda la información requerida.
4. Documentación de servicios prestados: Contratos, informes, gestiones realizadas.
5. Registros de derechos gestionados: Patentes, marcas, licencias, franquicias bajo administración.
6. Documentación de retenciones practicadas.
Toda la documentación debe conservarse durante 6 años según la normativa fiscal vigente en 2026.
Ejemplos Prácticos del CNAE 74.91
Caso 1: Agente de Patentes Independiente
- Emitir factura por los 5.000 euros con IVA (21%).
- Incluir este ingreso en su declaración de Renta 2025 (antes del 30 de junio de 2026).
- Presentar modelo 303 trimestral de IVA.
Juan es agente de patentes autónomo. Intermedió en la venta de una patente de una pequeña empresa a un fabricante extranjero por 50.000 euros. Cobró una comisión del 10% (5.000 euros). Debe:
Caso 2: Consultor de Marcas Comerciales
- Presentar trimestral modelo 303 de IVA.
- Mantener libro de ingresos y gastos.
- Declarar Renta 2025 antes del 30 de junio de 2026.
María ofrece servicios de registro y gestión de marcas comerciales. Factura 35.000 euros anuales. Está en régimen simplificado de IVA y puede usar libro de ingresos y gastos. Sus obligaciones en 2026:
Caso 3: Entidad de Gestión Colectiva de Derechos
- Declaración trimestral de IVA (modelo 303).
- Declaración anual de Impuesto de Sociedades.
- Retenciones del 19% a los autores sobre derechos distribuidos.
- Documentación detallada de cada derecho gestionado.
Una pequeña sociedad gestiona derechos de autor de músicos independientes. Recauda y distribuye 120.000 euros anuales. Obligaciones específicas:
Diferencia entre CNAE 74.91 y CNAE 77.40
Es fundamental no confundir estos dos códigos:
| Aspecto | CNAE 74.91 | CNAE 77.40 |
|--------|-----------|----------|
| Actividad | Gestión, intermediación y comercialización de derechos | Arrendamiento de propiedad intelectual |
| Ejemplo | Agente que vende una patente o gestiona derechos de autor | Empresa que alquila software o cede licencias de uso |
| Ingresos | Comisiones, honorarios por gestión | Rentas por cesión de uso |
| Implicación fiscal | Servicios profesionales (15% retención) | Rentas de capital (21% retención) |
Preguntas Frecuentes
¿Qué actividades se incluyen en el CNAE 74.91?
El CNAE 74.91 comprende la intermediación y comercialización de patentes, la gestión de derechos sobre propiedad industrial (patentes, licencias, marcas comerciales, franquicias), las actividades de entidades de gestión colectiva de derechos, y la gestión de derechos de propiedad intelectual como derechos de autor e ingresos derivados. No incluye el arrendamiento de propiedad intelectual, que se clasifica en CNAE 77.40.
¿Cuál es el código IAE equivalente al CNAE 74.91?
El código IAE asociado al CNAE 74.91 es el 983, que corresponde a las actividades de agentes de patentes y servicios de marketing relacionados con la propiedad intelectual e industrial.
¿Qué obligaciones fiscales tienen los profesionales del CNAE 74.91 en 2026?
Los profesionales del CNAE 74.91 deben: presentar declaración trimestral de IVA (modelos 303), realizar declaración anual de la Renta (Renta 2025 antes del 30 de junio de 2026), mantener contabilidad ordenada, emitir facturas con todos los datos requeridos, y cumplir con retenciones de IRPF del 15% en servicios profesionales. Si facturan más de 600.000 euros anuales, deben usar factura electrónica obligatoria.
¿Pueden los agentes de patentes tributar en régimen de módulos IRPF?
No, los agentes de patentes y gestores de derechos de propiedad intelectual no pueden acogerse al régimen de estimación objetiva (módulos IRPF) porque se clasifican como actividades profesionales. Deben tributar por estimación directa (normal o simplificada) según su volumen de facturación anual.
¿Qué diferencia hay entre CNAE 74.91 y CNAE 77.40?
El CNAE 74.91 comprende la gestión, intermediación y comercialización de patentes y derechos de propiedad intelectual. El CNAE 77.40 corresponde al arrendamiento de propiedad intelectual y productos similares. La diferencia clave es que 74.91 es gestión activa de derechos, mientras que 77.40 es alquiler o cesión de uso de estos derechos ya existentes.
¿Qué documentación debe mantener un agente de patentes en 2026?
Los agentes de patentes deben mantener: registros de clientes y contratos, documentación de servicios prestados, facturas emitidas y recibidas, registros de ingresos y gastos, documentación de derechos gestionados (patentes, marcas, licencias), justificantes de retenciones practicadas, y registros de gestión colectiva de derechos si aplica. Todo debe conservarse durante 6 años según normativa fiscal 2026.
Recursos Adicionales
Para profundizar en la clasificación CNAE y verificar tu código específico, te recomendamos:
- Consultar la guía completa CNAE para entender el sistema de clasificación.
- Conocer qué es el CNAE y su importancia fiscal.
- Utilizar el buscador CNAE para localizar códigos relacionados.
- Si eres autónomo, consulta nuestra guía sobre CNAE para autónomos.
Conclusión
El CNAE 74.91 es la clasificación correcta para profesionales y empresas dedicadas a la gestión, intermediación y comercialización de derechos de propiedad intelectual e industrial. En 2026, con la campaña de Renta 2025 finalizando el 30 de junio, es fundamental cumplir con todas las obligaciones fiscales: declaración de la Renta antes de la fecha límite, presentación trimestral de IVA, mantenimiento de contabilidad ordenada y documentación de todos los servicios prestados.
Si tu actividad no está claramente clasificada o tienes dudas sobre si corresponde a CNAE 74.91, te recomendamos usar Usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito o consultar con un asesor profesional a través del directorio de gestorías para asegurar una clasificación correcta y cumplimiento fiscal completo en 2026.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué actividades se incluyen en el CNAE 74.91?
El CNAE 74.91 comprende la intermediación y comercialización de patentes, la gestión de derechos sobre propiedad industrial (patentes, licencias, marcas comerciales, franquicias), las actividades de entidades de gestión colectiva de derechos, y la gestión de derechos de propiedad intelectual como derechos de autor e ingresos derivados. No incluye el arrendamiento de propiedad intelectual, que se clasifica en CNAE 77.40.
¿Cuál es el código IAE equivalente al CNAE 74.91?
El código IAE asociado al CNAE 74.91 es el 983, que corresponde a las actividades de agentes de patentes y servicios de marketing relacionados con la propiedad intelectual e industrial.
¿Qué obligaciones fiscales tienen los profesionales del CNAE 74.91 en 2026?
Los profesionales del CNAE 74.91 deben: presentar declaración trimestral de IVA (modelos 303), realizar declaración anual de la Renta (Renta 2025 antes del 30 de junio de 2026), mantener contabilidad ordenada, emitir facturas con todos los datos requeridos, y cumplir con retenciones de IRPF del 15% en servicios profesionales. Si facturan más de 600.000 euros anuales, deben usar factura electrónica obligatoria.
¿Pueden los agentes de patentes tributar en régimen de módulos IRPF?
No, los agentes de patentes y gestores de derechos de propiedad intelectual no pueden acogerse al régimen de estimación objetiva (módulos IRPF) porque se clasifican como actividades profesionales. Deben tributar por estimación directa (normal o simplificada) según su volumen de facturación anual.
¿Qué diferencia hay entre CNAE 74.91 y CNAE 77.40?
El CNAE 74.91 comprende la gestión, intermediación y comercialización de patentes y derechos de propiedad intelectual. El CNAE 77.40 corresponde al arrendamiento de propiedad intelectual y productos similares. La diferencia clave es que 74.91 es gestión activa de derechos, mientras que 77.40 es alquiler o cesión de uso de estos derechos ya existentes.
¿Qué documentación debe mantener un agente de patentes en 2026?
Los agentes de patentes deben mantener: registros de clientes y contratos, documentación de servicios prestados, facturas emitidas y recibidas, registros de ingresos y gastos, documentación de derechos gestionados (patentes, marcas, licencias), justificantes de retenciones practicadas, y registros de gestión colectiva de derechos si aplica. Todo debe conservarse durante 6 años según normativa fiscal 2026.
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Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


