Exención IBI y IAE por borrascas: cómo solicitar en 2026
El Gobierno ha abierto oficialmente el plazo para que los ciudadanos y empresarios afectados por el tren de borrascas soliciten la exención del IBI (Impuesto...

Exención IBI y IAE por borrascas: cómo solicitar en 2026
El Gobierno ha abierto oficialmente el plazo para que los ciudadanos y empresarios afectados por el tren de borrascas soliciten la exención del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) durante 2026. Esta medida de apoyo fiscal responde a los daños materiales sufridos en viviendas y locales comerciales por eventos climatológicos extremos. Si eres propietario de un inmueble o titular de una actividad económica afectada, debes conocer los plazos, requisitos y procedimientos para acceder a esta exención fiscal que puede significar un ahorro importante en tus obligaciones tributarias locales.
¿Quién puede acceder a la exención del IBI y el IAE?
La exención fiscal por daños de borrascas está dirigida a dos colectivos principales:
1. Propietarios de inmuebles: Personas físicas o jurídicas que sean titulares de viviendas, locales comerciales o naves industriales que hayan sufrido daños directos causados por el tren de borrascas.2. Titulares de actividades económicas: Autónomos y pequeñas empresas registradas en el IAE cuyo local de negocio haya resultado dañado por el evento climatológico.3. Arrendatarios con responsabilidad: En algunos casos, los arrendatarios pueden solicitar exención si tienen responsabilidad sobre el inmueble según el contrato de arrendamiento.
La condición fundamental es acreditar mediante documentación técnica que los daños fueron causados directamente por el fenómeno meteorológico y que afectan a la estructura, cubierta, instalaciones o elementos esenciales del inmueble.
Documentación necesaria para la solicitud
Para solicitar la exención del IBI y el IAE por borrascas, deberás reunir una documentación específica que acredite los daños:
Documentos obligatorios:
- Solicitud oficial en el modelo establecido por tu ayuntamiento o la administración competente
- Informe técnico de daños realizado por un profesional cualificado (arquitecto, ingeniero técnico o perito)
- Fotografías documentales que muestren claramente los daños ocurridos
- Presupuesto de reparación detallado emitido por una empresa especializada
- Copia del título de propiedad o contrato de arrendamiento
- DNI o NIF del solicitante
- Para actividades económicas: certificado del IAE y alta en el censo de actividades
- Informes de compañías aseguradoras (si has reclamado a tu seguro)
- Reportajes de prensa o documentación oficial del evento climatológico
- Comunicaciones con la administración local sobre los daños
Documentos complementarios recomendados:
Es fundamental que todos los documentos sean originales o copias autenticadas. Si tienes dudas sobre qué documentación presentar, consulta con tu ayuntamiento o un asesor fiscal.
Procedimiento de solicitud y plazos en junio de 2026
El plazo para solicitar la exención se abre a partir del martes de la semana en que se publica esta medida. El procedimiento es relativamente sencillo, aunque requiere diligencia administrativa:
Pasos a seguir:
1. Recopila toda la documentación mencionada anteriormente antes de acudir a presentar la solicitud.
2. Acude a tu ayuntamiento o descarga el formulario de solicitud desde la web municipal. Algunos municipios permiten presentación telemática a través de su sede electrónica.
3. Cumplimenta la solicitud con tus datos personales, descripción de los daños y documentación adjunta.
4. Presenta la solicitud antes de que venza el plazo (generalmente entre 2 y 3 meses desde la apertura).
5. Realiza seguimiento de tu expediente. La mayoría de ayuntamientos permiten consultar el estado online.
La resolución de la solicitud puede tardar entre 1 y 6 meses, dependiendo del volumen de solicitudes y la complejidad de cada caso. Una vez aprobada, la exención se aplica normalmente de forma retroactiva desde el ejercicio fiscal en el que ocurrieron los daños.
Exención del IAE: aspectos específicos para actividades económicas
Si eres autónomo o titular de una pequeña empresa, la exención del IAE tiene particularidades importantes. El IAE es un impuesto municipal que grava el ejercicio de actividades económicas, independientemente de la rentabilidad. La exención por daños de borrascas puede aplicarse a cualquier epígrafe de actividad registrado.
Es fundamental que tengas actualizado tu certificado del IAE y que verifiques que tu epígrafe IAE esté correctamente clasificado. Si necesitas revisar tu clasificación o tienes dudas sobre qué epígrafe corresponde a tu actividad, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para obtener la información exacta.
La exención afecta al pago del IAE durante el ejercicio fiscal afectado, lo que puede suponer un ahorro significativo, especialmente para pequeños negocios y autónomos. Consulta la guía completa sobre IAE para entender mejor cómo funciona este impuesto y cómo la exención puede beneficiarte.
Diferencias entre exención del IBI y del IAE
Aunque ambas exenciones se solicitan conjuntamente, es importante entender que son impuestos diferentes:
- Es un impuesto anual sobre la propiedad del inmueble
- Se paga independientemente de si el inmueble genera ingresos
- La exención reduce directamente la cuota tributaria del propietario
- Puede aplicarse a viviendas principales, secundarias, locales y naves
IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles):
- Es un impuesto municipal sobre el ejercicio de actividades económicas
- Solo afecta a autónomos y empresas que desarrollan actividad en el inmueble dañado
- La exención beneficia directamente a quienes tienen registrada una actividad económica
- Está vinculado a los epígrafes de actividad económica
IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas):
Para ambos casos, la exención es una medida temporal que generalmente cubre el ejercicio fiscal afectado y, en algunos casos, puede extenderse al siguiente si los daños son de gran envergadura.
Consideraciones importantes y recomendaciones finales
Antes de solicitar la exención, ten en cuenta estos aspectos:
- Acredita los daños correctamente: Sin documentación técnica sólida, es muy difícil que se apruebe la solicitud.
- No esperes al último momento: Aunque el plazo es amplio, los últimos días suelen coincidir con mayor congestión administrativa.
- Consulta con un asesor: Si tienes una actividad económica compleja, un gestor administrativo puede ayudarte a preparar mejor tu solicitud.
- Verifica tu situación fiscal: Asegúrate de que tu alta en el IAE está actualizada si eres autónomo.
- Guarda toda la documentación: Mantén copias de todo lo que presentes, ya que puede ser requerido posteriormente.
Esta exención fiscal es una oportunidad para aliviar la carga tributaria tras los daños sufridos. No dejes pasar el plazo y solicítala cuanto antes si cumples los requisitos.
Preguntas Frecuentes
¿Quién puede solicitar la exención del IBI y el IAE por daños de borrascas en 2026?
Pueden solicitar la exención los propietarios de inmuebles o titulares de actividades económicas (autónomos y pequeñas empresas) que hayan sufrido daños materiales directos causados por el tren de borrascas. Es necesario acreditar mediante documentación técnica los daños ocurridos en la vivienda o local de negocio.
¿Cuál es el plazo para solicitar la exención del IBI y el IAE por borrascas?
El Gobierno abre el plazo de solicitud a partir del martes (según la noticia de junio de 2026). Se recomienda consultar la web del Ministerio de Hacienda o de tu ayuntamiento para conocer la fecha exacta de cierre, que generalmente oscila entre 2 y 3 meses desde la apertura del plazo.
¿Qué documentación necesito para solicitar la exención del IAE por daños de borrascas?
Deberás presentar un informe técnico de los daños causados, fotografías documentales, presupuesto de reparación, y la solicitud oficial en el modelo establecido por tu ayuntamiento. Algunos municipios también pueden requerir un peritaje oficial que acredite la relación causal entre el evento climatológico y los daños.
¿Cómo afecta la exención del IAE a los diferentes epígrafes de actividad económica?
La exención del IAE puede aplicarse a cualquier epígrafe registrado, independientemente de su clasificación. Sin embargo, solo se concede si el inmueble donde se desarrolla la actividad ha sufrido daños comprobados. Consulta nuestro artículo sobre epígrafes IAE para identificar correctamente tu clasificación.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Quién puede solicitar la exención del IBI y el IAE por daños de borrascas en 2026?
Pueden solicitar la exención los propietarios de inmuebles o titulares de actividades económicas (autónomos y pequeñas empresas) que hayan sufrido daños materiales directos causados por el tren de borrascas. Es necesario acreditar mediante documentación técnica los daños ocurridos en la vivienda o local de negocio.
¿Cuál es el plazo para solicitar la exención del IBI y el IAE por borrascas?
El Gobierno abre el plazo de solicitud a partir del martes (según la noticia de junio de 2026). Se recomienda consultar la web del Ministerio de Hacienda o de tu ayuntamiento para conocer la fecha exacta de cierre, que generalmente oscila entre 2 y 3 meses desde la apertura del plazo.
¿Qué documentación necesito para solicitar la exención del IAE por daños de borrascas?
Deberás presentar un informe técnico de los daños causados, fotografías documentales, presupuesto de reparación, y la solicitud oficial en el modelo establecido por tu ayuntamiento. Algunos municipios también pueden requerir un peritaje oficial que acredite la relación causal entre el evento climatológico y los daños.
¿Cómo afecta la exención del IAE a los diferentes epígrafes de actividad económica?
La exención del IAE puede aplicarse a cualquier epígrafe registrado, independientemente de su clasificación. Sin embargo, solo se concede si el inmueble donde se desarrolla la actividad ha sufrido daños comprobados. Consulta nuestro artículo sobre epígrafes IAE para identificar correctamente tu clasificación.
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Fuentes: Fuente: content_sources

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


