Joyería en el IAE 491.1: equivalencias y alta
Qué entra en el epígrafe empresarial de joyería, desde el corte de piedras hasta la acuñación de monedas, y qué régimen de IVA se aplica al operar con oro de inversión.

Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE. Publicado: 3 de noviembre de 2026.
IAE 491.1 (Joyería) es el epígrafe empresarial que cubre el trabajo de piedras preciosas, semipreciosas y perlas, la acuñación de monedas y la fabricación de joyas, orfebrería, cubertería, medallas y condecoraciones en metales preciosos, plata de ley o metales comunes chapados. Además faculta para la venta al por mayor y al por menor.
¿Qué dice la AEAT sobre el epígrafe 491.1?
Según la descripción oficial de la AEAT, el epígrafe pertenece a la sección Empresarial y comprende el trabajo de piedras preciosas, semipreciosas y perlas (corte, tallado y pulido), la acuñación de monedas y la fabricación de joyas, orfebrería, cubertería, medallas y condecoraciones en metales preciosos, plata de ley o metales comunes chapados, así como la fabricación de piezas y accesorios de joyería. Las notas oficiales reproducen ese contenido y añaden una regla expresa: el epígrafe faculta para la venta al por mayor y al por menor. La ficha recoge también una precisión sobre el taller: permite tener bancos de trabajo donde se realicen las faenas industriales de trabajo de los metales empleados en joyería, siempre que formen parte del proceso de fabricación de las joyas.
El IAE 491.1 cubre la fabricación de joyas y orfebrería y faculta, por sí solo, para la venta al por mayor y al por menor.
¿Qué régimen de IVA e IRPF se aplica?
La información censal de la AEAT señala que la actividad está sujeta y no exenta de IVA y tributa en el régimen general. Si se realizan operaciones con oro de inversión o se prestan servicios de mediación en nombre y por cuenta ajena en esas operaciones, se aplica el régimen especial del oro de inversión, que es obligatorio y admite renuncia por cada operación: la renuncia se comunica por escrito al adquirente con carácter previo o simultáneo a la entrega, y en esas operaciones el adquirente declara e ingresa el IVA por inversión del sujeto pasivo. En el régimen general se puede optar por el régimen especial del criterio de caja, que retrasa el devengo y la declaración del IVA repercutido hasta el cobro, con el límite del 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que se efectuaron las operaciones. En IRPF, la ficha sitúa la actividad en estimación directa, en modalidad normal o simplificada; la simplificada deja de aplicarse cuando la cifra de negocios del año anterior supera 600.000 euros, y la renuncia se plantea en el mes de diciembre anterior o antes del inicio de la actividad.
¿Cómo se da de alta el epígrafe 491.1?
El alta exige fijar el lugar de realización: si la actividad se ejerce en un local determinado, ese lugar es el término municipal donde está situado el local, conforme a la regla 5.ª del Real Decreto Legislativo 1175/1990, y el concepto de local se define en la regla 6.ª del mismo texto. Junto al epígrafe hay que encajar el régimen de IVA y el método de IRPF que describe la ficha censal. Los formularios y plazos concretos del trámite no forman parte de los datos que manejamos: consultad con vuestra gestoría antes de presentar el alta. Si lleváis una gestoría, el detalle que más se consulta en este epígrafe es si la venta en el propio taller queda cubierta, y la respuesta oficial es que sí, porque la regla del epígrafe faculta para el comercio mayorista y minorista.
¿En qué se diferencia del CNAE 32.12?
El IAE es una clasificación fiscal y el CNAE una clasificación estadística, así que un mismo negocio aparece en las dos con códigos distintos. El conversor asocia al 491.1 dos CNAE: el 32.11 para la fabricación de monedas y el 32.12 para la fabricación de artículos de joyería y artículos similares, que es el que corresponde a un taller de joyería.
| Clasificación | Qué recoge |
|---|---|
| IAE 491.1 (Empresarial) | Trabajo de piedras y perlas, acuñación de monedas, fabricación de joyas, orfebrería, cubertería, medallas y condecoraciones, y venta al por mayor y al por menor |
| CNAE 32.11 | Fabricación de monedas |
| CNAE 32.12 | Fabricación de artículos de joyería y artículos similares |
La equivalencia completa está en la ficha del epígrafe 491.1 del Conversor IAE CNAE, y los dos códigos estadísticos tienen su página propia: Fabricación de monedas y Fabricación de artículos de joyería y artículos similares.
¿Cómo se aplica en un caso concreto?
Un taller que corta y engasta piedras y vende las piezas en su propio local declara el 491.1: la descripción oficial cubre el corte, tallado y pulido de las piedras, la fabricación de la joya y también la venta al por mayor y al por menor, de modo que esa venta no exige un epígrafe de comercio aparte. El banco de trabajo del taller encaja en la misma ficha mientras las faenas industriales formen parte del proceso de fabricación. En IVA la actividad está sujeta y no exenta en régimen general; si además se compra y vende oro de inversión, esas operaciones siguen su propio régimen especial.
Suscribíos a nuestra newsletter
Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consultad con vuestra gestoría.
Redactado con asistencia de IA a partir de datos oficiales de la AEAT y del catálogo del Conversor IAE CNAE.
Próximos pasos
Antes de daros de alta, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE y contrastadla con los CNAE asociados al 491.1.
¿Integráis estos datos en vuestro software o en vuestro agente IA? API y MCP gratis hasta 250 llamadas al día.
Preguntas frecuentes
¿Qué actividades incluye el epígrafe 491.1?
Incluye el trabajo de piedras preciosas, semipreciosas y perlas, la acuñación de monedas y la fabricación de joyas, orfebrería, cubertería, medallas y condecoraciones en metales preciosos, plata de ley o metales comunes chapados, además de piezas y accesorios de joyería.
¿Puede vender al por menor un negocio dado de alta en el 491.1?
Sí. La regla oficial del epígrafe faculta para la venta al por mayor y al por menor, de modo que la venta en el propio local queda cubierta sin necesidad de un epígrafe de comercio separado.
¿Qué CNAE corresponde al epígrafe 491.1?
El conversor asocia al 491.1 los CNAE 32.11, fabricación de monedas, y 32.12, fabricación de artículos de joyería y artículos similares.
Fuentes: AEAT (tarifas del IAE) — datos verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es
Códigos relacionados

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


